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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA E INNOVACIÓN

Núm. 350806
Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación por la que se modifica la Resolución de 21 de mayo de 2024 de nombramiento de la liquidadora de la Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción en las Illes Balears

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Texto

Antecedentes

1. El 23 de mayo 2024 se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) núm. 68 la Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 21 de mayo de 2024 por la que se nombra la liquidadora de la Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción en las Illes Balears. Esta Resolución se dictó sobre la base de la disposición adicional primera de la Ley 2/2024, de 11 de abril, de creación del Registro de Transparencia y Control del Patrimonio y de las Actividades de los Cargos Públicos de las Illes Balears, que en el apartado 1 prevé que en un plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la presente Ley la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación debe liquidar los derechos y las obligaciones de la Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción en las Illes Balears.

El punto 2 de la mencionada Resolución dispone que:

2. Determinar que la disposición de fondos que resulte, en su caso, de la liquidación de la Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción en las Illes Balears debe realizarse con la firma mancomunada de la secretaria general de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación y de la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio.

2. En relación con la suplencia, el artículo 32.3 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, prevé que las suplencias podrán establecerse para un ámbito general o para un ámbito específico, y también para supuestos concretos. Además, el artículo 32.4 de esta Ley dispone que podrán coexistir simultáneamente distintas suplencias de un mismo titular, y en este caso se entenderá que la de ámbito específico prevalece sobre la de ámbito general, y que ambas pueden quedar en suspenso si se establece una para un supuesto concreto.

El régimen de suplencia de ámbito general de las personas titulares de los órganos directivos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación está establecido en la Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 27 de julio de 2023 de delegación de competencias y de delegación de firma en determinados órganos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, de otras consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la Agencia Tributaria de las Illes Balears y del Servicio de Salud de las Illes Balears, y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación (BOIB núm. 106, de 29 de julio).

Ahora bien, en relación con la disposición de fondos mencionada en el punto 2 de la Resolución señalada en el antecedente 1, se considera conveniente establecer un régimen de ámbito específico de suplencia para la secretaria general de la Consejería de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación y la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, de manera que los suplentes de estos cargos sean, de forma indistinta, el director general de Presupuestos y Financiación y la directora general de Fondos Europeos.

Fundamentos de derecho                     

1. La disposición adicional primera de la Ley 2/2024, de 11 de abril, de creación del Registro de Transparencia y Control del Patrimonio y de las Actividades de los Cargos Públicos de las Illes Balears.

2. Los artículos 32 y 33.1.a) de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Este Decreto se modificó por los decretos 16/2023, de 20 de julio, 17/2023, de 23 de agosto, 1/2024, de 4 de enero, y 4/2024, de 17 de mayo.

Por todo ello, dicto la siguiente

 

Resolución

1. Modificar el punto 2 de la Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 21 de mayo de 2024 por la que se nombra la liquidadora de la Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción en las Illes Balears, que queda redactado de la siguiente manera:

2. Determinar que la disposición de fondos que resulte, en su caso, de la liquidación de la Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción en las Illes Balears debe realizarse con la firma mancomunada de la secretaria general de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación y de la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio. Los suplentes de estos cargos son, de forma indistinta, el director general de Presupuestos y Financiación y la directora general de Fondos Europeos.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y disponer que despliegue efectos desde el 23 de mayo de 2024.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (31 de mayo de 2024)

El consejero de Economía, Hacienda e Innovación Antoni Costa Costa