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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

Núm. 338005
Resolución de corrección de errores de la resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de fecha 25 de mayo de 2023, mediante la cual se aprueba la lista definitiva del procedimiento extraordinario para el encuadre del personal funcionario y laboral incluido en el ámbito de aplicación del Acuerdo en materia de carrera profesional horizontal aprobada por el Pleno del Consejo de Mallorca en sesión de día 9 de marzo de 2023

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Texto

En fecha 17 de mayo de 2024, el consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo ha resuelto:

«Visto:

En fecha 25 de mayo de 2023, el consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo de Hacienda y Función Pública dictó resolución mediante la cual se aprobó la lista definitiva del procedimiento extraordinario para el encuadre del personal funcionario y laboral incluido en el ámbito de aplicación del Acuerdo en materia de carrera profesional horizontal aprobada por el Pleno del Consejo de Mallorca en sesión de día 9 de marzo de 2023, previa resolución de las alegaciones presentadas a la lista provisional publicada.

El anexo de la resolución anterior contiene una relación detallada del personal incluido dentro del ámbito de aplicación con indicación de su categoría, grupo o subgrupo y nivel de carrera.

La resolución anterior y su anexo se publicó en el BOIB nº. 73 de fecha 3 de junio de 2023.

En fecha 19 de marzo de 2024, la funcionaria interina Sra. Marina Cobas Prieto, presentó escrito donde pide la corrección de errores a la lista definitiva aprobada mediante resolución del consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo de Hacienda y Función Pública de fecha 25 de mayo de 2023, dado que no figura incluida a pesar de haber prestado servicios dentro de la categoría de trabajador-a social durante un periodo superior a 5 años.

Examinado el expediente personal de la Sra. Cobas Prieto, resulta que, a fecha 1 de abril de 2023, tiene reconocidos servicios prestados en la categoría de trabajador-a social por un plazo de 5 años, 3 meses y 14 días, por<A[por|para]> lo cual le corresponde la inclusión en la lista definitiva con el nivel I del subgrupo A2. Se ha comprobado que la Sra. Marina Cobas Prieto no fue incluida a la lista definitiva, por<A[por|para]> un error material en la incorporación dentro de la resolución que aprobó la lista definitiva, de los datos referentes a los servicios prestados que figuran en el Sistema Integral de Recursos Humanos.

FUNDAMENTOS<A[FUNDAMENTOS|CIMIENTOS]> JURÍDICOS

El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, dispone que “las administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.

Visto el anterior, una vez emitida informe jurídica favorable, informe económico e informe de fiscalización, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1.Rectificar los errores materiales cometidos a la resolución del consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo de Hacienda y Función Pública de fecha 25 de mayo de 2023, mediante la cual se aprueba la lista definitiva del procedimiento extraordinario para el encuadre del personal funcionario y laboral incluido en el ámbito de aplicación del Acuerdo en materia de carrera profesional horizontal del Consejo de Mallorca, en el sentido de incluir a la Sra. Marina Cobas Prieto de conformidad con los datos siguientes:

NIF: ***6018**

Nombre: Marina Cobas Prieto

Categoría: Trabajadora Social

Grupo, Subgrupo: A2

Nivel de Carrera: I

Remanente años: -

Remanente meses: 3

Remanente días: 14

2. Esta resolución tendrá efectos económicos con fecha de 1 de abril de 2023

3.Notificar esta resolución a la interesada.

4.Disponer la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares »

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podéis interponer el recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno del Consejo Insular de Mallorca, en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de recibir esta notificación.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado contencioso Administrativo de Palma que corresponda en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no habéis recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.

No obstante el anterior, podéis interponer, si procede<A[pega|ocurre]>, cualquier otro recurso que consideráis oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Palma en la fecha de la firma electrónica (21 de mayo de 2024)

El consejero<A[Consejero|Conseller]> ejecutivo de Hacienda y Función Pública Rafael Angel Bosch Sans (Decreto 27-08-2019, BOIB nº. 123, de 7 de septiembre de 2019)