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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 348281
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 31 de mayo de 2024 por el que se autoriza la modificación de los Estatutos de la Fundación Balear de Innovación y Tecnología

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Texto

Por acuerdo del Consejo de Gobierno de 7 de febrero de 2020 (BOIB núm. 17, de 8 de febrero) se otorgó la autorización previa para la modificación estatutaria de la Fundación Balear de Innovación y Tecnología, cuyo anexo incluyó asimismo los Estatutos vigentes de la citada Fundación. Posteriormente, por acuerdo del Consejo de Gobierno de 28 de julio de 2023 (BOIB núm. 106, de 29 de julio) se autorizó la modificación de los Estatutos de la Fundación.

La Fundación Balear de Innovación y Tecnología está adscrita a la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, de conformidad con el anexo 1 del Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. El Decreto 12/2023 se modificó por los decretos 16/2023, de 20 de julio, 17/2023, de 23 de agosto, 1/2024, de 4 de enero, y 4/2024, de 17 de mayo.

El Patronato de la Fundación Balear de Innovación y Tecnología, en la sesión de 22 de mayo de 2024, aprobó una propuesta de modificación de los Estatutos.

El artículo 57.3 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece, en síntesis, que las modificaciones de los estatutos de las fundaciones del sector público han de elevarse al Consejo de Gobierno para que proceda a su autorización previa. Este acuerdo se adoptará a propuesta de la consejería interesada, con el informe preceptivo de la consejería competente en materia de hacienda y presupuestos.

El 28 de mayo de 2024 la Secretaría General de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, por medio del jefe del Servicio del Sector Público Instrumental, emitió un informe relativo a la propuesta de modificación de los Estatutos de la Fundación Balear de Innovación y Tecnología.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno a propuesta del consejero de Economía, Hacienda e Innovación, en la sesión del día 31 de mayo de 2024 adoptó, entre otros, el Acuerdo siguiente:

Primero. Autorizar la modificación de los Estatutos de la Fundación Balear de Innovación y Tecnología en los siguientes términos:

– Se añade una nueva letra, la letra b), en el apartado b) del artículo 12 de los Estatutos, con la siguiente redacción:

b) Vicepresidentes:

a) […]

b) La persona titular de la dirección general competente en materia de impulso, fomento y divulgación de la innovación.

– El apartado c) del artículo 12 de los Estatutos queda modificado de la siguiente manera:

c) Vocales:

a) La persona titular de la secretaría general de la consejería de adscripción.

b) La persona titular de la dirección general competente en materia de presupuestos.

c) La personal titular de la dirección general competente en materia de promoción de políticas de investigación y de información sanitarias.

d) La persona titular de la dirección general competente en materia de planificación y ordenación económicas generales y promoción de la economía productiva.

e) La persona titular de la dirección general competente en materia de fomento de la actividad industrial.

f) La persona titular de la dirección general competente en materia de fondos europeos.

g) La persona titular de la dirección general competente en materia de fomento y promoción del autoempleo y el emprendimiento empresarial.

 

– El apartado 1 del artículo 24 de los Estatutos queda modificado de la siguiente manera:

El Patronato, a propuesta del presidente, podrá nombrar a un gerente como órgano de dirección de la Fundación con funciones de gestión, sin perjuicio de que en caso de vacante, ausencia o enfermedad de este todas las funciones propias de la gerencia correspondan al vicepresidente del Patronato que sea titular de la dirección general competente en materia de impulso, fomento y divulgación de la innovación. El nombramiento del gerente de la Fundación, de haberlo, se comunicará al Consejo de Gobierno, de acuerdo con la Ley 7/2010, el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de alta dirección, y el resto de la normativa aplicable.

Segundo. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears y disponer que despliegue efectos desde el momento de esta publicación. 

 

Palma, 31 de mayo de 2024

La secretaria del Consejo de Gobierno Antònia Maria Estarellas Torrens