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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TERRITORIO Y MOVILIDAD
Núm. 338116
Resolución de la consejera de Vivienda, Territorio y Movilidad por la cual se somete a información pública el Proyecto de Orden de la consejera de Vivienda, Territorio y Movilidad para la aprobación de un modelo homologado de hoja de encargo
Hechos
1. En fecha 9 de mayo de 2024 se emitió la memoria justificativa del director general de Vivienda y Arquitectura por la cual se justifica la necesidad de elaborar y aprobar una Orden de la consejera de Vivienda, Territorio y Movilidad para la aprobación de un modelo homologado de hoja de encargo.
2. Mediante la Resolución del consejero de Vivienda, Territorio y Movilidad de 17 de mayo de 2024 se ordenó el inicio del procedimiento y la tramitación de la mencionada Orden, designando a la Dirección General de Vivienda y Arquitectura como órgano responsable de este procedimiento.
Fundamentos de derecho
1. La Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Islas Baleares.
Por todo esto dicto la siguiente
Resolución
1. Someter a información pública el proyecto de Orden de la consejera de Vivienda, Territorio y Movilidad para la aprobación de un modelo homologado de hoja de encargo y ponerlo a disposición de las personas interesadas, para su consulta, en la Dirección General de Vivienda y Arquitectura, situada en C/ camí dels Reis, n.º 308, 07010, de Palma y en la web http://habitatge.caib.es/ .
2. Fijar el plazo de información pública en diez días hábiles desde el día 3 de junio de 2024. Las alegaciones tendrán que presentarse en la sede de la Consejería de Vivienda, Territorio y Movilidad , situada en la c/ de La Palma, 4, 07003, de Palma, o en cualquier de los lugares determinados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3. Habilitar la posibilidad de presentar alegaciones por medios telemáticos a través del apartado «Participación en elaboración normativa» de la página web Participación Ciudadana (http://participaciociutadana.caib.es) del Gobierno de las Islas Baleares, dentro del plazo establecido en el apartado anterior, de acuerdo con el artículo 34.2.f) de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Siempre que las alegaciones presentadas mediante la web incorporen la identificación de la persona o entidad que las realiza, se incluirán en el expediente de elaboración normativa, aunque no consten en el registro de entrada electrónico de la Administración de la Comunidad Autónoma. A tal efecto, el funcionario o la funcionaria del órgano competente de la tramitación del procedimiento normativo que las reciba electrónicamente tendrá que emitir una diligencia de las alegaciones presentadas.
4. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, (firmado electrónicamente: 27 de mayo de 2024)
La consejera de Vivienda, Territorio y Movilidad Marta Vidal Crespo