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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

Núm. 339065
Concesión de subvención directa nominativa al Fons Pitiús de Cooperació para el año 2024

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La Junta de Gobierno del Consejo Insular de Formentera, en sesión de carácter ordinario celebrada el 10 de mayo de 2024, y en ejercicio de sus competencias en base a aquello propuesto (conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas), y en el artículo 132 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de Consejo Insulares, a propósito de la composición y competencias de la Junta de Gobierno, y en virtud del Decreto de Estructura organizativa y competencial del Consejo Insular de Formentera, así como de las delegaciones de presidencia y del Pleno, para el mandato 2023-2027, publicado en el BOIB 112 de 12 de agosto de 2023, adoptó, por unanimidad, el siguiente acuerdo:

(...)

PROPUESTA DE ACUERDO

PRIMERO. - Conceder una subvención directa al Fons Pitiús de Cooperació, con CIF G57008559, por un importe de 45.000,00 € (cuarenta y cinco mil euros) para el año 2024.

SEGUNDO. - La gestión de la subvención se llevará a cabo de acuerdo con las siguientes condiciones:

•  NORMATIVA APLICABLE: Ley 38/2003 y bases de ejecución del Presupuesto.

•  FINALIDAD DE LA SUBVENCIÓN: Cooperación al desarrollo.

•  PLAZO DE REALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD SUBVENCIONADA: Desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024.

•  PLAZO DE JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN: Antes de 15 de agosto de 2025.

•  FORMA DE JUSTIFICACIÓN SUBVENCIÓN: Mediante presentación de estados contables.

•  IMPORTE DE GASTOS A JUSTIFICAR: La cuantía a justificar tendrá que ser como mínimo el importe de la cantidad concedida.

•  MOTIVOS DE LA PÉRDIDA DE LA SUBVENCIÓN: La falta de justificación de la actividad o el objeto de la subvención supondrá la pérdida de la subvención.

•  OBLIGACIÓN DE COMUNICAR la concesión otras ayudas o subvenciones públicas.

•  PAGO: anticipado.

•  RÉGIMEN DE GARANTÍAS: Se exime de la presentación de garantías [arte.20.3 L8/2023, de 27 de marzo, de cooperación para la transformación social].

TERCERO. - Autorizar y disponer el gasto con cargo a la partida presupuestaria 2024/01/924/48.000/02 a favor del beneficiario “Fons Pitiús de Cooperació” con CIF G57008559 por un importe de 45.000,00€ (cuarenta y cinco mil euros)

CUARTO. - Reconocer la obligación, ordenar el pago y pagar el importe íntegramente de la subvención y registrar la operación como pendiente de justificar hasta que el beneficiario no proceda a la justificación de esta de acuerdo con las normas de la concesión.

QUINTO. - Notificar este acuerdo al Fons Pitiús de Cooperació para su conocimiento y efectos oportunos.

SEXTO. - Publicar el acuerdo en el BOIB, en el tablón de anuncios y en la página web del Consejo.

SÉPTIMO. - Dar cuenta a la Base de datos Nacional de Subvenciones. (...)

Lo que se hace público para general conocimiento.

 

Formentera, en la fecha de la firma electrónica ( 24 de mayo de 2024 )

La vicepresidenta primera y presidenta en funciones del Consejo Insular de Formentera Verónica Castelló Pérez