Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
Núm. 338779
Resolución del director general de Personal Docente y Centros Concertados de 28 de mayo de 2024 por la que se rectifican los errores advertidos en la Resolución del director general de Personal Docente y Centros Concertados de 26 de marzo de 2024 por la que se convocan las pruebas selectivas de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades a los cuerpos docentes en las Illes Balears, publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears de 4 de abril de 2024
Con fecha 26 de marzo de 2024, el director general de Personal Docente y Centros Concertados dictó la Resolución por la que se convocan las pruebas selectivas de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades a los cuerpos docentes de profesores de enseñanza secundaria, de profesores de escuelas oficiales de idiomas, de profesores de música y artes escénicas, de profesores de artes plásticas y diseño, de maestros de taller de artes plásticas y diseño, de maestros y de profesores especialistas en sectores singulares de formación profesional en las Illes Balears (BOIB núm. 45, de 4 de abril de 2024)
Posteriormente a la publicación de la Resolución de 26 de marzo de 2024 se han advertido una serie de errores de transcripción, que se proceden a corregir, de acuerdo con lo establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante la presente Resolución.
Por otro lado se han advertido errores referentes a la normativa vigente sobre ordenación curricular, recogida en el anexo 5 de la Resolución de 26 de marzo de 2024, que se proceden a corregir, con el fin de ajustar el procedimiento selectivo a la normativa vigente.
Resolución
Primero. Corregir el error de transcripción advertido en la redacción del segundo párrafo, del punto 7.3.2.1, del anexo 1 de la Resolución del director general de Personal Docente y Centros Concertados de 26 de marzo de 2024.
Donde dice:
Los aspirantes admitidos en el procedimiento selectivo, así como los excluidos que hayan interpuesto un recurso de reposición pendiente de resolución, deben entregar telemáticamente la programación didáctica/planificación anual de acuerdo con lo establecido en el anexo 3 de la convocatoria.
Debe decir:
Los aspirantes admitidos en el procedimiento selectivo, así como los excluidos que hayan interpuesto un recurso de reposición pendiente de resolución, deben entregar telemáticamente la programación didáctica/planificación anual de acuerdo con lo establecido en el anexo 4 de la convocatoria.
Segundo. Corregir el error de transcripción advertido en la redacción del punto 7.3.3.1, en el primer párrafo de la segunda prueba del anexo 1 de la Resolución del director general de Personal Docente y Centros Concertados de 26 de marzo de 2024.
Donde dice:
Los aspirantes admitidos en el procedimiento selectivo, así como los excluidos que hayan interpuesto un recurso de reposición pendiente de resolución, deben entregar telemáticamente una programación didáctica/planificación anual de acuerdo con lo establecido en el anexo 3 de la convocatoria.
Debe decir:
Los aspirantes admitidos en el procedimiento selectivo, así como los excluidos que hayan interpuesto un recurso de reposición pendiente de resolución, deben entregar telemáticamente una programación didáctica/planificación anual de acuerdo con lo establecido en el anexo 4 de la convocatoria.
Tercero. Corregir el error de transcripción advertido en la redacción del punto 7.3.3.1, en el tercer párrafo de la Parte B de la segunda prueba: preparación y exposición de una unidad didáctica/situación de aprendizaje del anexo 1 de la Resolución del director general de Personal Docente y Centros Concertados de 26 de marzo de 2024.
Donde dice:
En la elaboración de la situación de aprendizaje deben incluirse, como mínimo, los apartados que se establecen en el anexo 3 de los diferentes decretos de currículo que corresponden a cada una de las etapas educativas.
Debe decir:
En la elaboración de la situación de aprendizaje deben incluirse, como mínimo, los apartados que se establecen en el anexo 4 de los diferentes decretos de currículo que corresponden a cada una de las etapas educativas.
Cuarto. Corregir el error de transcripción advertido en la redacción del anexo 6, de la Resolución del director general de Personal Docente y Centros Concertados de 26 de marzo de 2024, Características de la parte práctica, a la Especialidad 590103 Asesoría y procesos de imagen personal, en el segundo párrafo.
Donde dice:
Cada una de las dos opciones de prueba consiste en el planteamiento y/o análisis de actividades de enseñanza-aprendizaje, y en la realización de pruebas prácticas o simulaciones y/o resolución de ejercicios y supuestos, en cualquier caso relacionados con uno de los ámbitos siguientes:
Debe decir:
Cada una de las dos opciones de prueba consiste en el planteamiento y/o análisis de actividades de enseñanza-aprendizaje, y en la realización de pruebas prácticas o simulaciones y/o resolución de ejercicios y supuestos, en cualquier caso relacionados con alguno, algunos o todos los ámbitos siguientes:
Quinto. Rectificar los errores advertidos en la normativa vigente sobre ordenación curricular, recogida en el anexo 5 de la Resolución del director general de Personal Docente y Centros Concertados de 26 de marzo de 2024.
Donde dice:
Educación primaria
Decreto 32/2014, de 18 de julio, por el que se establece el currículo de la educación primaria en las Illes Balears (BOIB núm. 97, de 19 de julio), modificado por el Decreto 28/2016, de 20 de mayo (BOIB núm. 64, de 21 de mayo).
Orden de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de día 21 de julio de 2014 por la que se desarrolla el currículo de la educación primaria en las Illes Balears (BOIB núm. 100, de 24 de julio), modificada por la Orden del consejero de Educación y Universidad de 23 de mayo de 2016 (BOIB núm. 65, de 24 de mayo).
Orden de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 6 de marzo de 2015 sobre la evaluación del aprendizaje de los alumnos de la educación primaria en las Illes Balears (BOIB núm. 37, de 17 de marzo), modificada por la Orden del consejero de Educación y Universidad de 23 de mayo de 2016 (BOIB núm. 65, de 24 de mayo).
Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria (BOE núm. 52, de 2 de marzo).
Decreto 31/2022, de 1 de agosto, por el que se establece el currículo de la educación primaria en las Illes Balears (BOIB núm. 101, de 2 de agosto).
Resolución del director general de Planificación, Ordenación e Infraestructuras Educativas de 26 de septiembre de 2023 por la que se aprueban las instrucciones para evaluar el aprendizaje de los alumnos de la Educación Primaria en las Illes Balears para el curso 2023-2024 (BOIB núm. 133, de 28 de septiembre).
Resolución del director general de Planificación, Ordenación e Infraestructuras Educativas de 15 de diciembre de 2023 por la que se aprueban las instrucciones relativas al registro de la calificación de los resultados del proceso de aprendizaje de los alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo y de los alumnos de programas de escolarización compartida matriculados en las enseñanzas de educación primaria y educación secundaria obligatoria en las Illes Balears (BOIB núm. 170, de 16 de diciembre).
Educación secundaria obligatoria
Decreto 34/2015, de 15 de mayo, por el que se establece el currículo de la educación secundaria obligatoria en las Illes Balears (BOIB núm. 73, de 16 de mayo), modificado por el Decreto 29/2016, de 20 de mayo (BOIB núm. 64, de 21 de mayo).
Orden de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 20 de mayo de 2015 por la que se desarrolla el currículo de la educación secundaria obligatoria en las Illes Balears (BOIB núm. 76, de 21 de mayo), modificada por una orden del consejero de Educación y Universidad de 23 de mayo de 2016 (BOIB núm. 65, de 24 de mayo).
Orden de la consejera de Educación y Cultura de 22 de diciembre de 2008, sobre la evaluación del aprendizaje del alumnado de educación secundaria obligatoria en las Illes Balears (BOIB núm. 2, de 3 de enero de 2009), modificada por la Orden del consejero de Educación y Cultura de 30 de julio de 2010 (BOIB núm. 123, de 21 de agosto).
Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria (BOE núm. 76, de 30 de marzo).
Decreto 32/2022, de 1 de agosto, por el que se establece el currículo de la educación secundaria obligatoria en las Illes Balears (BOIB núm. 101, de 2 de agosto).
Resolución del director general de Planificación, Ordenación e Infraestructuras Educativas de 26 de septiembre de 2023 por la que se aprueban las instrucciones para evaluar el aprendizaje de los alumnos de la educación secundaria obligatoria en las Illes Balears para el curso 2023-2024 (BOIB núm. 133, de 28 de septiembre).
Resolución del director general de Planificación, Ordenación e Infraestructuras Educativas de 15 de diciembre de 2023 por la que se aprueban las instrucciones relativas al registro de la calificación de los resultados del proceso de aprendizaje de los alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo y de los alumnos de programas de escolarización compartida matriculados en las enseñanzas de educación primaria y educación secundaria obligatoria en las Illes Balears (BOIB núm. 170, de 16 de diciembre).
Bachillerato
Orden de la consejera de Educación y Cultura de 27 de abril de 2009 sobre el desarrollo del bachillerato en las Illes Balears (BOIB núm. 69, de 12 de mayo).
Decreto 35/2015, de 15 de mayo, por el que se establece el currículo del bachillerato en las Illes Balears (BOIB núm. 73, de 16 de mayo de 2015), modificado por el Decreto 30/2016, de 20 de mayo (BOIB núm. 64, de 21 de mayo).
Orden de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 20 de mayo de 2015 por la que se desarrolla el currículo del bachillerato en las Illes Balears (BOIB núm. 76, de 21 de mayo), modificada por la Orden del consejero de Educación y Universidad de 23 de mayo de 2016 (BOIB núm. 65, de 24 de mayo).
Decreto 48/2019, de 14 de junio, por el que se modifican el Decreto 35/2015, de 15 de mayo, por el que se establece el currículo del bachillerato en las Illes Balears, y la Orden de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 20 de mayo de 2015 por la que se desarrolla el currículo del bachillerato en las Illes Balears (BOIB núm. 80, de 15 de junio).
Real Decreto 243/2022, de 5 de abril, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas del Bachillerato (BOE núm. 82, de 6 de abril).
Decreto 33/2022, de 1 de agosto por el que se establece el currículo del bachillerato en las Illes Balears (BOIB núm. 101, de 2 de agosto).
Resolución del director general de Planificación, Ordenación e Infraestructuras Educativas de 26 de septiembre de 2023 por la que se aprueban las instrucciones para evaluar el aprendizaje de los alumnos de bachillerato en las Illes Balears para el curso 2023- 2024 (BOIB núm. 133, de 28 de septiembre).
Debe decir:
Educación primaria
Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria (BOE núm. 52, de 2 de marzo).
Decreto 31/2022, de 1 de agosto, por el que se establece el currículo de la educación primaria en las Illes Balears (BOIB núm. 101, de 2 de agosto).
Resolución del director general de Planificación, Ordenación e Infraestructuras Educativas de 26 de septiembre de 2023 por la que se aprueban las instrucciones para evaluar el aprendizaje de los alumnos de la Educación Primaria en las Illes Balears para el curso 2023-2024 (BOIB núm. 133, de 28 de septiembre).
Resolución del director general de Planificación, Ordenación e Infraestructuras Educativas de 15 de diciembre de 2023 por la que se aprueban las instrucciones relativas al registro de la calificación de los resultados del proceso de aprendizaje de los alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo y de los alumnos de programas de escolarización compartida matriculados en las enseñanzas de educación primaria y educación secundaria obligatoria en las Illes Balears (BOIB núm. 170, de 16 de diciembre).
Educación secundaria obligatoria
Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria (BOE núm. 76, de 30 de marzo).
Decreto 32/2022, de 1 de agosto, por el que se establece el currículo de la educación secundaria obligatoria en las Illes Balears (BOIB núm. 101, de 2 de agosto).
Resolución del director general de Planificación, Ordenación e Infraestructuras Educativas de 26 de septiembre de 2023 por la que se aprueban las instrucciones para evaluar el aprendizaje de los alumnos de la educación secundaria obligatoria en las Illes Balears para el curso 2023-2024 (BOIB núm. 133, de 28 de septiembre).
Resolución del director general de Planificación, Ordenación e Infraestructuras Educativas de 15 de diciembre de 2023 por la que se aprueban las instrucciones relativas al registro de la calificación de los resultados del proceso de aprendizaje de los alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo y de los alumnos de programas de escolarización compartida matriculados en las enseñanzas de educación primaria y educación secundaria obligatoria en las Illes Balears (BOIB núm. 170, de 16 de diciembre).
Bachillerato
Real Decreto 243/2022, de 5 de abril, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas del Bachillerato (BOE núm. 82, de 6 de abril).
Decreto 33/2022, de 1 de agosto por el que se establece el currículo del bachillerato en las Illes Balears (BOIB núm. 101, de 2 de agosto).
Resolución del director general de Planificación, Ordenación e Infraestructuras Educativas de 26 de septiembre de 2023 por la que se aprueban las instrucciones para evaluar el aprendizaje de los alumnos de bachillerato en las Illes Balears para el curso 2023- 2024 (BOIB núm. 133, de 28 de septiembre).
Sexto. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears., de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, en fecha de la firma electrónica (28 de mayo de 2024)
El director general de Personal Docente y Centros Concertados Ismael Alonso Sánchez Por delegación del consejero de Educación y Universidades (BOIB núm. 19, de 08/02/2024)