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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 338774
Notificación de Resolución de concesión a los beneficiarios de las ayudas, R1 de fecha 26 de mayo de 2024, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 14 de abril de 2023 por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para el Fomento de la Producción Integrada, para el año 2023

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Texto

El apartado 8.3. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 14 de abril de 2023 por la que se aprueba la convocatoria para el Fomento de la Producción Integrada, para el año 2023,  especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, con fecha 26 de mayo de 2024, firmó la siguiente resolución,

"INFORME/ PROPUESTA RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN

Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020

Medida 65011_01- Fomento de la Producción Integrada

Convocatoria 2023

Document: resolució

Código SIA: 3004334

Emisor: Código DIR3: A04026954

Fecha: 17/05/2024

Código DBNS: 688202

Antecedentes

1. Con fecha 6 de abril de 2023, se publica en el BOIB núm. 43, la Orden de la consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco de las intervenciones para el desarrollo rural de las Islas Baleares 2023-2027. 

2. Con fecha 18 de abril de 2023, se publicó el BOIB núm. 49 la Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se aprueba, para el año 2023, la convocatoria de ayudas destinadas al fomento de producción integrada.

3. Con fecha 30 de mayo de 2023, se publica en el BOIB núm. 71, la Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se modifica la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 27 de febrero de 2023, de convocatoria, para el año 2023, de las ayudas correspondientes a las intervenciones en forma de pagos directos que prevé el Plan estratégico de la PAC (PEPAC), así como otras resoluciones de convocatoria de ayudas que prevén las intervenciones en el desarrollo rural.

4. De conformidad con el apartado sexto de la subsanada Resolución, el plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria terminó día 30 de junio de 2023. Se registraron un total de 300 solicitudes.

5. Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han llevado a cabo el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada de acuerdo con las bases reguladoras de estas ayudas, constatando que no cumplen algunos de los requisitos establecidos en la convocatoria.

6. Con fecha 20 de febrero de 2024, se publica en el BOIB núm. 25 la Resolución de denegación a los beneficiarios de las ayudas, Rd1conjunta de la Sección II, por el incumplimiento del requisito previsto en el apartado 7 del punto tercero de la convocatoria de estar al corriente de las obligaciones tributarias.

7. Con fecha 15 de marzo de 2024, se publica en la página web del FOGAIBA la primera propuesta provisional de concesión de la línea de producción integrada de 2023.

8. Con fecha 22 de abril de 2024, se publica en la página web del FOGAIBA la segunda propuesta provisional de concesión de la línea de producción integrada de 2023. 

9. Con fecha 25 de abril de 2024, se publica en el BOIB núm. 55 la Resolución de denegación a los beneficiarios de las ayudas, Rd1conjunta de la Sección II.

10. Los interesados del anexo I cumplen total o parcialmente con los requisitos de la ayuda y por eso se propone a concesión la superficie que cumple (superficie comprometida) y se proponen para denegar aquellos recintos y/o productos (superficie no auxiliable ).

Fundamentos de derecho

1. Resolución de la Presidenta del fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 18 de abril de 2023 por la que se aprueba la convocatoria para el año 2023 al fomento de producción integrada.

2. La orden 10/2023 de la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 5 de abril de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco de las intervenciones para el desarrollo rural de las Islas Baleares 2023-2027.

3. Punto tercero de la convocatoria referente al compromiso de adoptar o mantener las prácticas y métodos de producción integrada definidos en las normas técnicas respectivas, de acuerdo con lo que establece el Decreto 131/1997, de 24 de octubre, de creación la denominación genérica Agricultura Integrada.

4. Punto tercero de la convocatoria referente a los requisitos de las personas beneficiarias y de las explotaciones, apartado 2, 2º de disponer de una superficie mínima de los grupos de cultivo y que cumplan las normas genéricas y específicas sobre producción integrada.

Propuesta de Resolución de concesión

Por todo ello, se informa y propone al vicepresidente del FOGAIBA que dicte resolución en los siguientes términos:

1. Conceder la ayuda solicitada a los beneficiarios por los importes y con los plazos detallados en el anexo 1, que son un total de 218 expedientes y que comienza con MIGUEL ARBONA CARRERAS y termina con CARLOS TUGORES ROJO,  relativa a la línea de ayudas Fomento de la producción integrada 2023.

2. Autorizar y disponer el gasto señalado en cada una de las personas beneficiarias con los porcentajes de cofinanciación detallados en el anexo 1.

3. Determinar la superficie comprometida por persona beneficiaria y grupo de cultivo detallados en el anexo 1.

4. Determinar que, de acuerdo con lo que establece la convocatoria de referencia, las obligaciones de los beneficiarios serán las indicadas la convocatoria.

5. Informar als beneficiaris que els seus expedients es troben a la seva disposició i consulta al Servei d'Ajudes al Desenvolupament Rural del FOGAIBA (carrer de Reina Constança, núm. 4 de Palma).

6. Notificar la resolución a los interesados en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución -que no agota la vía administrativa- se puede interponer recurso de alzada ante la consellera de Agricultura, Pesca y Medio Natural, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015,  del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Palma, a fecha de la firma electrónica

La Jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural

Gemma Canós Franch

 

Conforme con la propuesta, dicto resolución

Palma, a fecha de la firma electrónica

El vicepresidente del FOGAIBA

Fernando Fernández Such”

 

Palma, a fecha de la firma electrónica (27 de mayo de 2024)

El director gerente del FOGAIBA Joan Josep Coll Bibilon

Documentos adjuntos