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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 338672
Escuela Municipal de Formación. Aprobación provisional de los resultados de la valoración de mèritos de las personas inscritas a la ampliación del Registro de personas docentes de la Escuela Municipal de Formación del Ayuntamiento de Palma

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Texto

En fecha 22 de febrero de 2024 se publicó en el BOIB n.º 26 la resolución n.º 1422 de 31/01/2024 por la cual se aprueba la ampliación del Registro de personas docentes de la Escuela Municipal y Formación con los anexos 1 y 2 así como el artículo 10 sobre inscripciones de oficio del anexo 1.

Dado que en el artículo 3 del anexo 1, se establecía la ampliación de la Base de datos generales del profesorado en los artículos 4 y 5 del mencionado anexo, los procedimientos de inscripción a la Base de datos así como los criterios de valoración de méritos.

Revisadas las solicitudes, se ha obtenido la valoración de méritos provisional.

Por todo esto, y según las competencias delegadas por el Decreto de alcaldía n.º 202400793, de 18/01/2024 (BOIB n.º 11, de 23/01/2024) y el acuerdo de la Junta de Gobierno, de 05/07/2023 (BOIB.º 95 de 11/07/2023) y las titularidades asignadas por el Decreto de alcaldía n.º 202400797, de 18/01/2024 (BOIB n.º 11, de 23/01/2024) propongo a la Regidora del Área de Hacienda, Función Pública y Gobierno Interior que dicte una resolución en los términos siguientes

La Regidora del Àrea de Hacienda, Función Pública y Gobierno Interior, mediante resolución número 1988 de 10 de mayo de 2024, ha resuelto lo siguiente:

Resolución

1.- Aprobar, provisionalmente, los resultados de la valoración de méritos de las personas inscritas a la ampliación del Registro de personas docentes de la Escuela Municipal de Formación que se relacionan en el anexo, de acuerdo a la resolución número 1233 de 31/01/2024, publicada en el BOIB número. 26 de 22 de febrero de 2024, que establece la ampliación del Registro de personas docentes de la Escuela Municipal de Formación conforme a los anexos 1 y  2 del mencionado decreto.

2.- Publicar en el BOIB, en la web del Ayuntamiento de Palma y en la intranet municipal, una vez aprobada, la Resolución así como el anexo 1 (relación de los resultados provisionales de la valoración de los méritos por DNI)

3.- Establecer un plazo de 10 días a partir del día siguiente de la publicación en el BOIB de la presente Resolución, a los efectos de que se puedan presentar alegacions/reclamaciones por cualquier de las vías legalmente admitidas, así como a través de correo electrónico a la siguiente dirección:  escolamunicipaldeformacio@palma.cat

4.- Una vez resueltas las alegaciones/reclamaciones presentadas se emitirá Decreto de aprobación definitiva de los resultados de la valoración de méritos mencionada.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer por parte de las personas interesadas recurso potestativo dereposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que las haya aprobado, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 deoctubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En caso de no interponer el recurso potestativo de reposición se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo, según el artículo antes mencionado y 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en elplazo de dos meses a contar del día siguiente de la publicación al BOIB.                                

  

Palma, firmado electrónicamente: 28 de mayo de 2024

El jefe de servicio de la Escuela Municipal de Formación Macià Ensenyat Estarelles p.d. el Decreto núm. 15417, de 18 de agosto de 2011 (BOIB 140, de 17 de  septiembre de 2011)

Documentos adjuntos