Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ES MERCADAL
Núm. 338396
Resolución de Alcaldia del Ayuntamiento de Es Mercadal sobre la ampliación del horario de las terrazas
Desde la Alcaldía del Ayuntamiento de Mercadal, día 28 de mayo de 2024, se ha dictado la Resolución núm. 497, que deice:
"Dado que la Asociació de comerciantes de Es Mercadal el día 8 de mayo de 2024 con registro de entrada número 2490 nos solicitan autorización para que las terrazas de los establecimientos puedan permanecer abiertas hasta las 2'00h.
Dado que la Ordenanza municipal que regula los horarios de establecimientos de restauración, espectáculos públicos y actividades recreativas establece en el artículo 3 que el horario de las terrazas o espacios abiertos al aire libre vinculados a cualquier tipo de actividad deben cerrar y recoger a las 24.00 horas, aunque durante los meses de 1 de mayo y 31 de octubre pueda autorizarse expresamente que puedan prolongar su actividad hasta las 02.00 horas.
Dado que este es un municipio inminentemente turístico por lo que resulta conveniente autorizar una ampliación del horario nocturno, y a partir del mes junio empieza el mercado de verano donde se prevé la asistencia que asista una gran afluencia de gente.
Haciendo uso de las atribuciones que me han sido conferidas esta Alcaldía,
RESUELVE
1. Autorizar que las terrazas del municipio puedan prolongar su actividad hasta las 02.00 horas des del día 1 de junio hasta el 30 de septiembre de 2024.
2. Publicar esta Resolución al BOIB.
3. Comunicar esta Resolución a la Policía local a los efectos oportunos.”
Es Mercadal, en la fecha de la firma electrónica (28 de mayo de 2024)
El alcalde Joan Palliser Riudavets