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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE FELANITX

Núm. 336502
Lista definitiva bolsa de trabajador/a familiar

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Expediente 2498/2023

La cláusula novena de las Bases que rigen el concurso oposición para proveer en propiedad, mediante contratación laboral fija, una plaza de trabajador/a familiar del Ayuntamiento de Felanitx, establece que los resultados de las pruebas darán lugar a la constitución de un bolsín de personas aspirantes para el nombramiento o contratación interina de personal.

La Junta de Gobierno Local en sesión de día 21 de mayo de 2024, acordó entre otros constituir una bolsa de trabajo para el nombramiento o contratación interina de personal de la categoría de trabajador/a familiar, la cual estará integrada por las siguientes personas aspirantes y según el orden de prelación establecido:

ORDEN

DÍAS

APELLIDO

1

***3812**

Cristina Milagros Pol Bernabé

2

***2026**

Rosa Maria Segura Lujan

Según lo establecido en la convocatoria esta bolsa tendrá una vigencia máxima de 3 años desde su publicación en el BOIB.

Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, se pueden interponer, alternativamente, los siguientes recursos:

a) Directamente el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de su publicación en el BOIB.

b) El recurso de reposición potestativo ante la alcaldesa del Ayuntamiento de Felanitx, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la publicación de este acuerdo en el BOIB. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse recurso contencioso administrativo, en el plazo de seis meses, a contar a partir del día siguiente de la presunta desestimación.

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Felanitx, documento firmado electrónicamente (24 de mayo de 2024)

La alcaldesa Catalina Soler Torres