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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA E INNOVACIÓN

Núm. 334138
Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 24 de mayo de 2024 por la que se modifica el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2024-2026, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de abril de 2024

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Texto

Hechos

1. Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de abril (BOIB núm. 52, de 20 de abril), se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2024-2026.

2. La Consejería de Turismo, Cultura y Deportes ha instado a la modificación del mencionado anexo del Plan Estratégico de Subvenciones, concretamente dentro del punto 6 («Fomento de la actividad física y del deporte») del objetivo III («Mejora de la calidad de vida de los ciudadanos»), con el fin de posibilitar, la convocatoria de ayudas destinadas al fomento de la práctica de la actividad física y del deporte de las personas con discapacidad física, psíquica, sensorial o mixta, de acuerdo con lo previsto en el artículo 21 de la Ley 2/2023, de 7 de febrero, de la actividad física y el deporte de las Illes Balears.

3. El apartado tercero del mencionado Acuerdo del Consejo de Gobierno establece que la aprobación y las eventuales modificaciones del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones se delegan en la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Corresponde, por tanto, al consejero de Economía, Hacienda e Innovación aprobar y modificar el anexo del Plan Estratégico de subvenciones.

4. De acuerdo con el apartado 9 de la Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 27 de julio de 2023 de delegación de competencias y de delegación de firma en determinados órganos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, otras consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la Agencia Tributaria de las Illes Balears y del Servicio de Salud de las Illes Balears, y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, se delega en la secretaria general de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación la firma de las resoluciones de modificación del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Fundamentos de derecho

1. Los artículos 25 y 31 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por los decretos de la presidenta de las Illes Balears 16/2023, de 20 de julio,17/2023, de 23 de agosto, 1/2024, de 4 de enero y 4/2024, de 17 de mayo.

3. El Decreto 9/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears, en el que se nombra al señor Antoni Costa Costa consejero de Economía, Hacienda e Innovación.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Modificar el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Baleares para los ejercicios 2024-2026, aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de abril de 2024, en el sentido de añadir una nueva línea, la línea III.6.13, con el siguiente contenido:

III.6.13

Dirección general: Dirección General de Deportes

Fuente de financiación: capítulo 4

Descripción: ayudas al fomento de la práctica de la actividad física y del deporte de las personas con discapacidades físicas, psíquicas, sensoriales o mixtas.

Finalidades y efectos: fomentar la práctica de la actividad física y el deporte de las personas deportistas afectadas por alguna discapacidad y eliminar todo tipo de barreras y obstáculos que impidan el acceso y el desarrollo de dicha actividad, de forma que sirva de estímulo y de herramienta de inclusión social

Convocatoria: anual

Coste: 240.000 €

Indicadores: número personas con discapacidad física, psíquica, sensorial o mixta de las Illes Balears que han participado en los programas y actividades adaptadas, así como el número de deportes practicados

Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado

2. Disponer que esta Resolución produzca efectos desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma  en la fecha de la firma electrónica (24 de mayo de 2024)

La secretaria general Catalina Mir Ferrer Por delegación de firma del consejero de Economía, Hacienda e Innovación (BOIB n.º 106, de 29/07/2023)