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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA

Núm. 331631
Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se acepta el desistimiento de las solicitudes de subvención para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector (NEXTG45) y se declarada concluido el procedimiento

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Texto

Hechos

1. El 11 de septiembre de 2021, se publicó la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable mediante la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021.

2. Las personas  que figuran en el anexo de esta Resolución presentaron una solicitud de subvención en el marco de la convocatoria.

3. Los titulares de los expedientes que aparecen en el anexo han presentado un escrito en el que indican que desisten de la solicitud de subvención presentada.

Fundamentos de derecho

1. El consejero de Empresa, Empleo y Energía es el órgano competente para resolver este procedimiento dada la estructura orgánica del Gobierno de les Illes Balears y de acuerdo con la Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la cual se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía.

2. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

3. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).

4. El artículo 94, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, prevé que la Administración, en el supuesto de renuncia de la persona interesada a sus derechos, aceptará la renuncia completamente y resolverá el procedimiento declarando esta circunstancia, con indicación de los hechos producidos y las normas aplicables.

5. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (BOIB nº. 125, de 11 de septiembre de 2021).

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Aceptar el desistimiento de la solicitud de subvención presentada por los titulares de los expedientes que aparecen al anexo.

2. Declarar concluido el procedimiento y por tanto, archivar el expediente.

3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de les Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Empleo y Energía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso‑administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Palma, 23 de mayo de 2024

El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez Por delegación del  consejero de Empresa, Empleo y Energía (BOIB núm.103, de 22/07/2023)

 

ANEXO Lista de beneficiarios que han desistido de la solicitud de subvención

Expediente

Solicitante

NIF

NEXTG45-1547/2021

INSTITUT BALEAR DE L'ENERGIA

***0074**

NEXTG45-1548/2021

INSTITUT BALEAR DE L'ENERGIA

***0074**

NEXTG45-1549/2021

INSTITUT BALEAR DE L'ENERGIA

***0074**

NEXTG45-3791/2021

INSTITUT BALEAR DE L'ENERGIA

***0074**

NEXTG45-3792/2021

INSTITUT BALEAR DE L'ENERGIA

***0074**

NEXTG45-4064/2021

INSTITUT BALEAR DE L'ENERGIA

***0074**

NEXTG45-4112/2021

INSTITUT BALEAR DE L'ENERGIA

***0074**

NEXTG45-4192/2021

INSTITUT BALEAR DE L'ENERGIA

***0074**

NEXTG45-4193/2021

INSTITUT BALEAR DE L'ENERGIA

***0074**

NEXTG45-4566/2021

INSTITUT BALEAR DE L'ENERGIA

***0074**

NEXTG45-4576/2021

INSTITUT BALEAR DE L'ENERGIA

***0074**

NEXTG45-4747/2021

INSTITUT BALEAR DE L'ENERGIA

***0074**

NEXTG45-4750/2021

INSTITUT BALEAR DE L'ENERGIA

***0074**

NEXTG45-4751/2021

INSTITUT BALEAR DE L'ENERGIA

***0074**

NEXTG45-4754/2021

INSTITUT BALEAR DE L'ENERGIA

***0074**

NEXTG45-4755/2021

INSTITUT BALEAR DE L'ENERGIA

***0074**

NEXTG45-4772/2021

INSTITUT BALEAR DE L'ENERGIA

***0074**