Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 331474
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 24 de mayo de 2024 de rectificación de errores materiales observados en el Acuerdo del Consell de Govern de 23 de febrero de 2024 por el cual se autoriza la ocupación urgente de los terrenos afectados por la expropiación correspondiente al proyecto de «Construcción de paseo peatonal entre los barrios de Els Molins, centro urbano y CEIP Antònia Alzina», en el término municipal de Lloret de Vistalegre
El 24 de febrero de 2024 se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears, núm. 28, el Acuerdo del Consell de Govern de 23 de febrero de 2024 por el cual se autoriza la ocupación urgente de los terrenos afectados por la expropiación correspondiente al proyecto de «Construcción de paseo peatonal entre los barrios de Els Molins, centro urbano y CEIP Antònia Alzina», en el término municipal de Lloret de Vistalegre.
El 21 de marzo de 2024 se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears, núm. 39, la Rectificación de errores en el listado de propietarios afectados por el proyecto de «Construcción de paseo peatonal entre los barrios de Els Molins, centro urbano y CEIP Antònia Alzina», en el término municipal de Lloret de Vistalegre, que corrige los titulares de las siguientes fincas:
Pol. |
Par. |
Referencia catastral |
Superficie Parcela |
M² a Expropiar |
Titular |
1 |
78 |
07028A001000780000EX |
863 |
37,3 |
María Magdalena Gelabert Cerdà |
1 |
75 |
07028A001000750000EK |
744 |
31,8 |
Catalina Amengual Gili |
1 |
74 |
07028A001000740000EO |
797 |
32,5 |
Ángel Amengual Alonso |
El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que éstas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos que haya en sus actos.
Por otra parte, el artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dispone que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponde al órgano que haya dictado el acto o disposición.
Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas, en la sesión de 24 de mayo de 2024, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:
Primero. Corregir el error material detectado en el anexo 1 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de febrero de 2024 por el cual se autoriza la ocupación urgente de los terrenos afectados por la expropiación correspondiente al proyecto de «Construcción de paseo peatonal entre los barrios de Els Molins, centro urbano y CEIP Antònia Alzina», en el término municipal de Lloret de Vistalegre, según la forma que se indica a continuación:
Donde dice:
Pol. |
Par. |
Referencia catastral |
Superficie Parcela |
M² a Expropiar |
Titular |
1 |
78 |
07028A001000780000EX |
863 |
37,3 |
Magdalena Gelabert Cerdà |
1 |
75 |
07028A001000750000EK |
744 |
31,8 |
Margarita Picorell Florit |
1 |
74 |
07028A001000740000EO |
797 |
32,5 |
Margalida Gelabert Rossinyol |
Debe decir:
Pol. |
Par. |
Referencia catastral |
Superficie Parcela |
M² a Expropiar |
Titular |
1 |
78 |
07028A001000780000EX |
863 |
37,3 |
María Magdalena Gelabert Cerdà |
1 |
75 |
07028A001000750000EK |
744 |
31,8 |
Catalina Amengual Gili |
1 |
74 |
07028A001000740000EO |
797 |
32,5 |
Ángel Amengual Alonso |
Segundo. Notificar este Acuerdo a las personas interesadas y publicarlo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Contra este Acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consell de Govern en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la notificación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso- administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la notificación del Acuerdo, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa.
Palma, 24 de mayo de 2024
La secretaria del Consejo de Gobierno Antònia Maria Estarellas Torrens