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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 330215
Notificación de Resolución de concesión a los beneficiarios de las ayudas, de fecha 10 de mayo de 2024, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 12 de abril de 2023 por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para el Fomento de la Agricultura Ecológica, para el año 2023

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Texto

El apartado 8.3. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 12 de abril de 2023 por la que se aprueba la convocatoria para el Fomento de la Agricultura Ecológica, para el año 2023, especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, con fecha 10 de mayo de 2024, firmó la siguiente resolución, 

" INFORME/ PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Compromisos agroambientales en superficies agrarias. Compromisas de cultivos sostenibles

Intervención 6503_1.  Fomento de la Agricultura Ecológica 

Documento: Proposta de resolución

Código SIA 2987441

Emisos (DIR3): A04026954

Fecha: 03/05/2024

Código BDNS: 687674 

Antecedentes

1. Con fecha 6 de abril de 2023, se publica en el BOIB núm. 43, la Orden de la consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco de las intervenciones para el desarrollo rural de las Islas Baleares 2023-2027.

2. Con fecha 15 de abril de 2023, se publica en el BOIB núm. 48, la Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2023, de las ayudas destinadas para el fomento de la agricultura ecológica.

3. Con fecha 30 de mayo de 2023, se publica en el BOIB núm. 71, la Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se modifica la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 27 de febrero de 2023, de convocatoria, para el año 2023, de las ayudas correspondientes a las intervenciones en forma de pagos directos que prevé el Plan estratégico de la PAC (PEPAC), así como otras resoluciones de convocatoria de ayudas que prevén las intervenciones en el desarrollo rural.

4. Con fecha 30 de junio de 2023, se han recibido 551 solicitudes por la ayuda destinada para el fomento de la agricultura ecológica.

5. Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han realizado el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de esta ayuda.

6. Con fecha 20 de febrero de 2024, se publica en el BOIB núm. 25 la Resolución de denegación a los beneficiarios de las ayudas, Rd1conjunta de la Sección II, por el incumplimiento del requisito previsto en el apartado 7 del punto tercero de la convocatoria de estar al corriente de las obligaciones tributarias.

7. Con fecha 6 de abril de 2024, se publica en el BOIB núm. 46 la Resolución de revocación parcial de la denegación al solicitante Finca Savantry CB con número de expediente 04003976 y NIF E57990400, en fecha 4 de mayo de 2024 se publica en el BOIB núm. 59 la Resolución de revocación parcial de la denegación al solicitante AOVE Artà SL, con número de expediente 04004999 y NIF B57770125, respectivamente.

8. Los expedientes que aparecen en el anexo I de esta resolución han solicitado el desistimiento de la ayuda, y han sido aceptadas totalmente.

9. En las fechas 15 de marzo y 15 de abril de 2024 se notifica, mediante publicación en la página web del FOGAIBA, las propuestas provisionales de resolución y se concede un plazo de 10 días hábiles para presentar alegaciones. Los expedientes que así lo han hecho aparecen en el anexo II de esta resolución, indicando la estimación favorable o no de estas alegaciones.

10. Una vez evaluadas las alegaciones por los órganos gestores y de acuerdo con el informe/propuesta provisional de resolución, los interesados que figuran en el anexo III no cumplen con alguno o algunos de los requisitos de la convocatoria que no les permite la concesión de la ayuda. Junto al Anexo III se incluye la tabla de motivos de denegación de la ayuda.

11. Los interesados que figuran en el anexo IV cumplen totalmente con los requisitos de la ayuda y por eso se propone a concesión la superficie comprometida, tal y como se detalla en el anexo IV, así como y los importes concedidos con las correspondientes anualidades y cofinanciaciones.

12. Los interesados del anexo V cumplen parcialmente con los requisitos de la ayuda y por eso se propone a concesión la superficie que cumple los requisitos (superficie comprometida)y, finalmente, se proponen para denegar aquellos recintos (superficie no auxiliable) que incumplen alguno o algunos puntos de la convocatoria. Se detallan los importes concedidos con las correspondientes anualidades y cofinanciaciones para cada beneficiario en el Anexo VI. Junto al anexo VI se incluye la mesa de motivos de incumplimiento de cada recinto afectado.

Fundamentos de derecho

1. Con fecha 6 de abril de 2023, se publica en el BOIB núm. 43, la Orden de la consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco de las intervenciones para el desarrollo rural de las Islas Baleares 2023-2027.

2. Resolución de la Presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 12 de abril de 2023 por la que se aprueba la convocatoria para el año 2023 de las ayudas destinadas para el fomento del agricultura ecológica, publicada en el BOIB núm. 48 de día 15 de abril de 2023.

3. Punto tercero de la convocatoria referente a los requisitos de las personas beneficiarias y de las explotaciones, apartado 1 letra a) en lo que se refiere a seguir las prácticas y métodos que define el Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre producción ecológica y etiquetado de los productos ecológicos.

4. Punto tercero de la convocatoria referente a los requisitos de las personas beneficiarias y de las explotaciones, apartado 1 letra b) que estén inscritas en el Consejo Balear de Producción Agraria Ecológica (CBPAE).

5. Punto tercero de la convocatoria referente a los requisitos de las personas beneficiarias y de las explotaciones, apartado 2, 2º de disponer de una superficie mínima de los grupos de cultivo indicados y la densidad de plantación determinada.

6. Punto cuarto de la convocatoria referente a la actividad subvencionable.

7. Punto sexto apartado 2 de la convocatoria que establece el plazo de presentación de la solicitud de ayuda.

8. Artículo 11 apartado 1 del RD 1048/2022, de 27 de diciembre sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes dentro del marco del PEPAC, y la regulación de la solicitud única del SIGC.

9. Artículo 12 apartado 5 y 6 del RD 1048/2022, de 27 de diciembre.

10. Punto 13 del apartado 1 del anexo VI del RD 1048/2022.

11. Artículo 31 del RD 147/2023, de 28 de febrero, por el que se establecen las normas para la aplicación de penalizaciones en las intervenciones contempladas en el PEPAC, y se modifiquen diferentes reales decretos por los que se regulan diferentes aspectos relacionados con la aplicación en España de la PAC para el período 2023-2027.

Informe y Propuesta de Resolución

Por todo esto, se informa  y se propone al vicepresidente  en Materia Agraria del FOGAIBA que dicte una resolución en los siguientes términos:

1. Aceptar el desistimiento de los expedientes del anexo I.

2. Denegar las solicitudes presentadas por los interesados que figuran en el anexo III, por incumplimiento de los requisitos indicados.

3. Conceder la superficie de compromiso que aparece en el anexo IV y en el anexo V.

4. Denegar la superficie no auxiliable que aparece en el anexo V, por incumplimiento de los requisitos indicados.

5. Notificar la resolución a los interesados en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución - que no agota la vía administrativa. Se puede interponer recurso de alzada ante el conseller de Agricultura, Pesca y Medio Natural, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de acuerdo  con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

La jefe de Sección II de Ayudas para el Desarrollo Rural María José Lorente García

 

Con forme con el informe, se propone

La jefe del Servicio de Ayudas para el Desarrollo Rural Gema Canós Franch

 

Conforme con la propuesta, dicto Resolución

El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA Fernando Fernández Such”

 

Palma, en fecha de la firma electrónica (23 de mayo de 2024)

El director gerente del FOGAIBA  Joan Josep Coll Bibiloni

Documentos adjuntos