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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE ALGAIDA

Núm. 318058
Constitución bolsa de trabajo de ingeniero/a técnico/a industrial del Ayuntamiento de Algaida

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Por Decreto de Alcaldía 2024-0354 de fecha 20 de mayo de 2024 se resolvió constituir una bolsa de trabajo de ingeniero/a técnico/a industrial del Ayuntamiento de Algaida, así como publicar su texto en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, por lo cual se hace público el mencionado acuerdo y el texto íntegro:

“Por Decreto de Alcaldía 2024-0115, de fecha 19 de febrero, se resolvió aprobar las bases reguladoras para la creación de una bolsa de ingeniero técnico/a industrial del Ayuntamiento de Algaida, las cuales fueron publicadas en el BOIB n.º 26, de 22 de febrero de 2024.

Una vez finalizado el proceso selectivo y vista la propuesta de nombramiento realizada por el Tribunal Calificador en fecha 17 de mayo de 2024.

Atendido el anterior, en ejercicio de las competencias que me atribuye el artículo 21.1 h) de la LBRL, como Jefa del personal, y de acuerdo con el previsto en la base novena de la convocatoria, ACUERDO:

1. Constituir una bolsa de trabajo de ingeniero/a técnico/a industrial, en la orden de prelación siguiente:

 

Aspirante

DNI

TOTAL

1

Maria del Pilar Faro Lloret

***6773**

28,40

2

Francisco Bergas Bermúdez

***1144**

20,70

3

Eva Maria Díaz Molina

***0729**

16,90

4

Antonia Martínez Mateu

***7571**

16,75

5

Miquel Mestre Puig

***7293**

9,00

6

Jaume Pau Puigros Gornals

***5922**

8,05

7

Antonio Nadal Barbero Mas

***4262**

7,05

8

Guillem Pons Genovart

***0727**

3,20

9

Penélope Súarez Sánchez

***4417**

2,00

2. Determinar que la gestión de esta bolsa se llevará a cabo en conformidad con el que establecen las bases de la convocatoria.

3. Publicar esta resolución en el tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento y al Boletín Oficial de las Islas Baleares.”

“Contra esta resolución que agota la vía administrativa se pueden interponer, alternativamente, el recursos siguientes:

a) Directamente el recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal que resulte competente, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de la notificación del presente acuerdo.

b) Recurso potestativo de reposición ante el órgano que ha dictado esta resolución, en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a la desestimación presunta. No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto en conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.”

 

Algaida, a fecha de la firma electrónica (20 de mayo de 2024)

La alcaldesa Margarita Fullana Arrom