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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA

Núm. 316271
Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se deniegan las subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, en el sector servicios y otros sectores productivos de la economía; y para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (Programas 1, 2 y 3)

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Texto

Hechos

1. El 11 de septiembre de 2021, en el BOIB núm.125, se publicó la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, en el sector servicios y otros sectores productivos de la economía; y para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo mediante la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021, modificada por la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 19 de octubre de 2022 (BOIB núm.137, de 22 de octubre de 2022).

2. Las personas o entidades que figuran en el anexo de esta Resolución presentaron una solicitud de subvención en el marco de la convocatoria.

3. Los técnicos de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático han examinado las solicitudes y han emitido un informe desfavorable sobre las solicitudes de subvención descritas en el anexo con la motivación que también figura en él.

4. En fecha 18 de abril de 2024, se emitió la Propuesta de resolución provisional del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático por la cual se deniegan subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector servicios y otros sectores productivos de la economía, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (Programas 1, 2 y 3) (BOIB nº54, de 23 de abril de 2024).

5. Se ha agotado el plazo de diez días que se concedía para presentar alegaciones sin que se hayan presentado.

6. El 15 de mayo de 2024 se emitió la Propuesta de resolución definitiva del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático por la cual se deniegan subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector servicios y otros sectores productivos de la economía, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (Programas 1, 2 y 3).

 

Fundamentos de derecho

1. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

2. El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

3. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).

4. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley de Finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 122, de 2 de septiembre de 2004).

5. El Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo.

6. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, en el sector servicios y otros sectores productivos de la economía; y para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (BOIB n.º 125, de 11 de septiembre de 2021).

7. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática por la cual se modifica y amplía el crédito de la Resolución de consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021 por la cual se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, en el sector de servicios y otros sectores productivos de la economía, y para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector de servicios y otros sectores productivos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo NextGenerationEU (BOIB nº137, de 22 de octubre de 2022).

8. La Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la cual se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como por la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la cual se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las entidades del sector público para el seguimiento del cumplimiento de los hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

9. La Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la cual se modifica la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021 por la cual se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, en el sector de servicios y otros sectores productivos de la economía, y para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector de servicios y otros sectores productivos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo «NextGenerationEU» (BOIB núm.41, de 26 de marzo de 2024).

Por todo ello, dicto la siguiente

 

​​​​​​​Resolución

1. Denegar la concesión de una subvención a los beneficiarios que figuran en el anexo, de acuerdo con el motivo que figura en él.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Empleo y Energía en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También cabe interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

Palma, 17 de mayo de 2024

​​​​​​​El director general de Economía Circular,  ​​​​​​​Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez ​​​​​​​Por delegación del consejero de Empresa,  Empleo y Energía (BOIB nº103, de 22/07/2023)

 

ANEXO I Lista de beneficiarios a los cuales se les deniega la subvención​​​​​​​

Expediente

Fecha registro entrada

Solicitante

NIF

Tipo de inversión

Motivo de la denegación

NEXTG123-112/2021

06/10/2021

INVROIG MARTORELL SL

***3736**

Instalación FV 1.8 kWp conectada a red.

En la documentación aportada existe un justificante de pago de día 09/09/2021 donde se indica haber pagado un presupuesto. De acuerdo con el artículo 4 apartado a) de la convocatoria, las actuaciones objeto de ayuda deben realizarse dentro del período desde la fecha de registro de la solicitud hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento . En este caso, uno de los pagos es anterior a la fecha de registro de la solicitud, 06/10/2022.

NEXTG123-1212/2021

21/12/2022

,INVROIG MARTORELL SL

***3736**

Instalación fotovoltaica de 1,82 kWp

En el punto A1 del Anexo I del RD 477/2021, que regula esta convocatoria, se indica que [...] sólo será elegible una actuación por destinatario último de la ayuda y por ubicación o ligadas al mismo consumo o consumos. Ya tenía otro expediente en la misma convocatoria, NEXTG112-1112/2021, con el mismo CUPS. Además, en la documentación aportada se indica que el presupuesto se ha pagado con dos transferencias, una de 09/09/2021 y otra de 07/10/2021. De acuerdo con el artículo 4 apartado a) de la convocatoria, el pago de las actuaciones objeto de ayuda deben realizarse dentro del período desde la fecha de registro de la solicitud hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento. En este caso, los dos pagos que se indican son anteriores a la fecha de registro de la solicitud, 21/12/2022.

NEXTG123-1223/2021

22/12/2022

FINHIP SL.

***3284**

Instalación fotovoltaica de 4.50 kWp

En el punto A1 del Anexo I del RD 477/2021, que regula esta convocatoria, se indica que, [...] sólo será elegible una actuación por destinatario último de la ayuda y por ubicación o ligadas al mismo consumo o consumos. Ya tenía otro expediente dentro de la misma convocatoria, NEXTG123-625/2021, con el mismo CUPS

NEXTG123-1244/2021

02/01/2023

PLANET GREEN SPACE

***6197**

Instalación autoconsumo fotovoltaico de 4,5kWp

De acuerdo con el artículo 4 apartado a) de la convocatoria, las actuaciones objeto de ayuda deben realizarse dentro del período desde la fecha de registro de la solicitud hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento . En este caso, la fecha de la factura (30/12/2022) es anterior a la fecha de registro de la solicitud, 02/01/2023.

NEXTG123-1248/2021

03/01/2023

PALLISER ROMERO SL

***5465**

Instalación solar fotovoltaica por autoconsumo de 24,84kWp e inversor de 20kW

En el punto A1 del Anexo I del RD 477/2021, que regula esta convocatoria, se indica que, [...] sólo será elegible una actuación por destinatario último de la ayuda y por ubicación o ligadas al mismo consumo o consumos. Ya tenía otro expediente dentro de la misma convocatoria, NEXTG123-1245/2021, con el mismo CUPS

NEXTG123-1253/2021

03/01/2023

PALLISER ROMERO SL

***5465**

Instalación solar fotovoltaica por autoconsumo de 24,84kWp e inversor de 20kW

En el punto A1 del Anexo I del RD 477/2021, que regula esta convocatoria, se indica que, [...] sólo será elegible una actuación por destinatario último de la ayuda y por ubicación o ligadas al mismo consumo o consumos. Ya tenía otro expediente dentro de la misma convocatoria, NEXTG123-1245/2021, con el mismo CUPS

NEXTG123-1254/2021

03/01/2023

PALLISER ROMERO SL

***5465**

Instalación solar fotovoltaica por autoconsumo de 24,84kWp e inversor de 20kW

En el punto A1 del Anexo I del RD 477/2021, que regula esta convocatoria, se indica que, [...] sólo será elegible una actuación por destinatario último de la ayuda y por ubicación o ligadas al mismo consumo o consumos. Ya tenía otro expediente dentro de la misma convocatoria, NEXTG123-1245/2021, con el mismo CUPS

NEXTG123-1296/2021

21/01/2023

BARCELO PLANAS ESTETICA SLU

***9651**

Instalación de autoconsumo fotovoltaico de 20kWp.

En el punto A1 del Anexo I del RD 477/2021, que regula esta convocatoria, se indica que, [...] sólo será elegible una actuación por destinatario último de la ayuda y por ubicación o ligadas al mismo consumo o consumos. Ya tenía otro expediente dentro de la misma convocatoria, NEXTG123-523/2021, con el mismo CUPS

NEXTG123-1301/2021

24/01/2023

VILLAS CIUTADELLA MENORCAHOME S.L.

***9710**

Ampliación de la instalación fotovoltaica con 8 placas de 455 W más con un inversor de 6 kW monofásico en lugar del de 4.2 kW existente, y con la incorporación de dos baterías de litio de 2.56 kW

La persona o entidad solicitante ya tiene solicitada una subvención, NEXTG123-507/2021 por importe de 2.189,01€ que es incompatible con ésta. Publicada la Resolución de concesión en el BOIB nº. 146, de 12 de noviembre de 2022. En el punto A1 del Anexo I del RD 477/2021, que regula esta convocatoria, se indica que, […] sólo será elegible una actuación por destinatario último de la ayuda y por ubicación o ligadas al mismo consumo o consumos.

NEXTG123-1331/2021

28/01/2023

CRIMON SA

***0699**

Instalación de autoconsumo fotovoltaico de 54,5kWp.

En el punto A1 del Anexo I del RD 477/2021, que regula esta convocatoria, se indica que, [...] sólo será elegible una actuación por destinatario último de la ayuda y por ubicación o ligadas al mismo consumo o consumos. Ya tenía otro expediente dentro de la misma convocatoria, NEXTG123-1252/2021, con el mismo CUPS