Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
Núm. 313100
Resolución de emplazamiento a las personas interesadas en el recurso contencioso administrativo que se sigue por los trámites del Procedimiento Abreviado 550/2022 y los Procedimientos Abreviados acumulados 609/22 y 623/22, ante el Juzgado Contencioso Administrativo número 3 de Palma de Mallorca
Hechos
El recurso contencioso administrativo que ha interpuesto la procuradora de los tribunales Sra. Sara Teresa Coll Sabrafin, en representación del Sr. José Miguel Gomis Ramon, que ha originado las Actuaciones de Procedimiento Abreviado 550/2022, que se tramita en el Juzgado Contencioso Administrativo número 3 de Palma de Mallorca, contra el Acuerdo del Tribunal calificador de fecha 28 de julio de 2022 por el cual se proponen las personas aspirantes que han superado el concurso oposición de las pruebas selectivas para la provisión de 32 plazas de bombero conductor/bombera conductora que tienen que ser nombradas funcionarias en prácticas, las que tienen que ser nombradas funcionarias de carrera en adscripción provisional y la convocatoria de las personas aspirantes que tienen que realizar el curso básico de bomberos del Consejo de Mallorca.
Al mencionado expediente judicial se han acumulado el procedimiento abreviado 609/22 interpuesto contra la Resolución de 25 de agosto de 2022 de nombramientos de personal funcionario de carrera en adscripción provisional de personas aspirantes que han superado el concurso oposición de las pruebas selectivas para la provisión de 32 plazas de bombero conductor y el procedimiento abreviado 623/22 interpuesto contra la Resolución de 31 de agosto de 2022 de nombramientos de personal funcionario en prácticas de personas aspirantes que han superado el concurso oposición de las pruebas selectivas para la provisión de 32 plazas de bombero-a conductor-a.
Fundamentos de derecho
El artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, en relación con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Por lo tanto, vistas las atribuciones que me confiere el vigente Decreto de organización del Consejo Insular de Mallorca,
Resuelvo
Emplazar a las personas interesadas en el expediente correspondiente al recurso contencioso administrativo que se sigue por los trámites del Procedimiento Abreviado 550/2022, y los Procedimientos Abreviados acumulados 609/22 y 623/22 ante el juzgado Contencioso Administrativo número 3 de Palma de Mallorca, a fin de que puedan comparecer como demandadas en el plazo de nueve días desde la publicación de esta Resolución
Palma, en la fecha de la firma electrónica (9 de mayo de 2024)
El consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública (Decreto de 27-08-2019, BOIB nº. 23, de 7 de septiembre) Rafael Ángel Bosch Sans