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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES

Núm. 313052
Resolución de la Presidencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales de día 14 de mayo de 2024 por la que se establece el régimen ordinario de suplencia de la Gerencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS) a favor del/la director/a insular de Servicios Sociales, Infancia y Familia

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Texto

Antecedentes

1. El artículo 12.3 de los Estatutos del IMAS (BOIB núm. 67, de 18 de mayo de 2019) establece:

« 3. En caso de vacante, ausencia, enfermedad o imposibilidad física, el director gerente o directora gerente es sustituido/a en sus funciones por el director o directora insular competente (o directores y directoras competentes) en materia de servicios sociales y menores del Consell de Mallorca, que haya designado la presidencia; en su defecto y con carácter excepcional, por el funcionario o la funcionaria de más antigüedad de la gerencia. Esta designación debe recaer en un director o directora insular o persona funcionaria que cumpla los requisitos establecidos en el apartado 1 de este artículo».

2. La resolución de la Presidencia del IMAS de fecha 18 de julio de 2023 estableció el régimen ordinario de suplencia de la Gerencia del IMAS, de tal manera que en los supuestos de vacante, ausencia, enfermedad o imposibilidad física del director o directora gerente sea sustituido/a en sus funciones por el/la director/a insular de Servicios Sociales, Infancia y Familia.

Fundamentos jurídicos

1. Las funciones de la Gerencia están definidas en el artículo 12.4 de los Estatutos del IMAS y tienen gran trascendencia práctica dentro del funcionamiento del IMAS, el cual supone que una vacante o ausencia de su titular podría provocar graves perjuicios al funcionamiento de toda la organización.

2. El artículo 13 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público prevé que los titulares de los órganos administrativos pueden ser suplidos temporalmente en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad, así como en los casos en que se haya declarado su abstención o recusación, que la suplencia no implica alteración de la competencia y que por su validez no será necesaria su publicación. La suplencia se determinará tal como disponga cada Administración Pública y si no designa a ningún suplente, la competencia del órgano administrativo debe ejercerla quien designe el órgano administrativo inmediato superior de quien dependa.

3. El artículo 12.3 de los Estatutos del IMAS determina el régimen de suplencias de la Gerencia.

4. En fecha 12 de julio de 2023 (BOIB número 97 de 13 de julio) la señora Apol·lònia Isabel Socias Socias ha sido nombrada Directora Insular de Servicios Sociales, Infancia y Familia, la cual reúne los requisitos establecidos en el artículo 12.1 de los Estatutos.

5. El artículo 12.1 de los Estatutos del IMAS atribuye a la presidencia del IMAS la competencia para nombrar y cesar al director gerente, de quien depende.

6. Es necesario introducir el caso de imposibilidad por otra causa legal al régimen ordinario de suplencias del director gerente que no establecen los Estatutos del IMAS.

Por todo lo expuesto,

Resuelvo

1. Establecer el régimen ordinario de suplencia de la Gerencia del IMAS, de tal manera que en caso de vacante, ausencia, enfermedad, imposibilidad física u otra causa legal del director o directora gerente sea sustituido/a en sus funciones por el/la director/a insular de Servicios Sociales, Infancia y Familia.

2. Mantener la vigencia del régimen de suplencias excepcional establecido en la resolución de Presidencia de día 11 de julio de 2019, como funcionario de mayor antigüedad de la gerencia que reúna los requisitos del artículo 12.3 de los Estatutos, por el siguiente orden, que corresponde a las personas siguientes:

  • Francesc Serra Buades
  • Isabel Moragues Marquès

3. En las resoluciones y actos que se dicten mediante la suplencia se hará constar esta circunstancia, se especificará el titular del órgano y quien efectivamente está realizando la suplencia.

4. Esta resolución de suplencia no altera la competencia de la Gerencia y sustituye la resolución de la Presidencia del IMAS de día 18 de julio de 2023 por la que se establece el régimen ordinario de suplencia de Gerencia del IMAS (BOIB núm. 103, de 22 de julio de 2023).

5. Notificar a las personas Interesadas.

6. Dar traslado de esta resolución al Servicio de Gestión Económica, al Departamento de Recursos Humanos, a la Intervención Delegada, al Equipo de Trabajo de Inmersión Digital y a la Tesorería del Consell de Mallorca.

 

Palma, (firmado electrónicamente: 15 de mayo de 2024)

El consejero ejecutivo de Bienestar Social y presidente del IMAS  Guillermo Sánchez Cifre