Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE SANT ANTONI DE PORTMANY
Núm. 310887
Extracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno Local ordinaria de fecha 2 de mayo 2024 para la aprobación de las bases reguladoras y convocatoria para la concesión de Becas destinadas a deportistas individuales de Sant Antoni de Portmany para el año 2023
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (www.infosubvenciones.es) en la sede electrónica y página web del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany.
Código identificador BDNS: 760343
Primero. Objeto.
El objeto de las presentes bases es la concesión de becas a los deportistas individuales del municipio de Sant Antoni de Portmany, según los méritos obtenidos en el año 2023, en el desempeño de su modalidad deportiva.
La finalidad de esta beca es el apoyo a la progresión de los deportistas del municipio, que con sus logros promocionan el nombre de nuestro municipio a nivel nacional e internacional.
La concesión de las becas contempladas en la presente convocatoria se sujetará a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
Segundo. Beneficiarios.
Podrán solicitar la beca los deportistas empadronados en Sant Antoni de Portmany con al menos dos años de anterioridad a la fecha de aprobación de estas bases, los deportistas naturales del municipio de Sant Antoni o bien, que pertenezcan a algún club o asociación deportiva inscrita en el registro municipal de asociaciones del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany, desde al menos las dos temporadas anteriores a la publicación de estas bases.
Tercero. Bases reguladoras: Convocatoria.
Estas subvenciones se regirán por lo establecido en la presente convocatoria; en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Reglamento General de la Ley de Subvenciones aprobado por Real Decreto 886/2006, de 21 de julio; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas; en la Ordenanza General de Subvenciones, publicada en el Boletín Oficial de Illes Balears nº 17 con fecha 9 de febrero de 2017, y en las restantes normas de derecho administrativo que en su caso sean aplicables, y en su defecto, las normas de derecho privado.
La convocatoria para las subvenciones para la concesión de becas individuales a deportistas destacados de Sant Antoni de Portmany para el ejercicio 2023. Publicadas en la página web municipal (http://www.santantoni.net) y Tablón de Anuncios digital de la sede electrónica (http://santantoni.sedelectronica.es/board)
Cuarto. Cuantía.
Se otorga un importe global detallado en la partida presupuestaria específica núm. 3410.489003 (código funcional 3410; código económico 489003) aprobada en el Presupuesto Municipal del año 2024, con un importe máximo de 13.000€.
De estos 13.000€, 8.500 irán destinados a los deportistas de hasta 17 años incluidos(en adelante categoría joven) y los 4.500 restantes a los deportistas de 18 años en adelante (categoría adulta).
A efectos de pertenecer a una categoría u otra, se tendrá en cuenta la edad a 31 de diciembre de 2023.
Se becará a 22 deportistas, 15 deportistas de categoría joven y 7 deportistas de categoría adulto.
Estos deportistas becados serán los que mayor puntuación hayan obtenido de acuerdo con los criterios establecidos en las presentes bases
El importe a recibir por cada deportista becado se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
Categoría joven:
El deportista que quede primero, recibirá 1.500€ y el resto, desde el 2º al 15º, recibirán según el importe resultante de la siguiente fórmula.
Q = 7.000 / n
Siendo Q la cantidad a recibir por cada premiado y n el número de premiados.
Categoría adulta:
El deportista que quede primero, recibirá 1.500€ y el resto, desde el 2º al 7º, recibirán según el importe resultante de la siguiente fórmula.
Q = 3.000 / n
Siendo Q la cantidad a recibir por cada premiado y n el número de premiados.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes se dirigirán al Alcalde y se formularán en el modelo disponible en el trámite “Deportes. Convocatoria para la concesión de becas a deportistas individuales” que figura en la sede electrónica del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany en el apartado de subvenciones. Se presentarán de forma telemática a través del citado trámite, en el Registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 10 días hábiles desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Illes Balears.
Sant Antoni de Portmany, (firmado electrónicamente: 10 de mayo de 2024)
La alcaldesa accidental Neus Mateu Roselló