Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 310250
Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se incrementa el crédito de la Resolución de la presidenta del FOGAIBA por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2023, de las ayudas destinadas al fomento y a la protección de variedades autóctonas en riesgo de erosión genética

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En fecha 20 de abril del 2023 se publicó en el BOIB núm. 50 la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 18 de abril de 2023, por la que se aprueba, para el año 2023, la convocatoria de las ayudas destinadas al fomento y a la protección de variedades autóctonas en riesgo de erosión genética.

Esta convocatoria fue modificada por la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 25 de mayo de 2023 (BOIB núm. 71, de 30 de mayo de 2023); por la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 23 de junio de 2023 (BOIB núm. 87, de 27 de junio de 2023); la Resolución del presidente del FOGAIBA de 5 de diciembre de 2023 (BOIB núm. 167, de 9 de diciembre de 2023); por la Resolución del presidente del FOGAIBA de 23 de enero de 2024 (BOIB núm. 12, de 25 de enero de 2024), e incrementada por la Resolución del presidente del FOGAIBA (BOIB núm. 56, de 27 de abril de 2024).

En vista de ello, la convocatoria señalada destina un importe final máximo de cuatro millones quinientos mil euros (4.500.000,00 €), con la posibilidad de incrementarlo con una financiación con cargo a los porcentajes que se indican de cofinanciamiento a cargo del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) y de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (CAIB).

Por todo ello, considerando que esta línea de ayudas está en proceso de tramitación y que la demanda de ayudas destinadas al fomento y a la protección de variedades autóctonas en riesgo de erosión genética se ha incrementado respecto de lo previsto inicialmente y dada la disponibilidad presupuestaria, se estima conveniente incrementar de nuevo la cuantía destinada a esta convocatoria.

Por todo ello, en virtud de las competencias que tengo atribuidas y a propuesta del director gerente del FOGAIBA, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero

Incrementar en doscientos cincuenta mil euros (250.000,00 €) el crédito previsto en la Resolución del presidente del FOGAIBA de 18 de abril de 2023, por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2023, de las ayudas destinadas al fomento y a la protección de variedades autóctonas en riesgo de erosión genética, por lo que queda destinado un crédito final para esta línea de ayudas de cuatro millones setecientos cincuenta mil euros (4.750.000,00 €).

Segundo

Modificar el apartado segundo de la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 18 de abril de 2023, por la que se aprueba, para el año 2023, la convocatoria de las ayudas destinadas al fomento y a la protección de variedades autóctonas en riesgo de erosión genética, que queda redactado de la siguiente manera:

“1. Para esta convocatoria se destina un importe máximo de cuatro millones setecientos cincuenta mil euros (4.750.000,00 €), con posibilidad de ampliar sus créditos con cargo a los presupuestos del FOGAIBA. Este importe se distribuirá de la siguiente manera:

  • Año 2024: 950.000,00 €
  • Año 2025: 950.000,00 €
  • Año 2026: 950.000,00 €
  • Año 2027: 950.000,00 €
  • Año 2028: 950.000,00 €
 

2. Dichas ayudas se cofinanciarán de la siguiente manera:

  • Hasta un importe de 950.000,00 €, en un 54,00% a cargo del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER); en un 10,80% a cargo del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), y en un 35,20% a cargo de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (CAIB).
  • Hasta un importe de 3.800.000,00 €, en un 100% a cargo de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (CAIB).

3. No obstante lo previsto en el punto 1 anterior, esta convocatoria queda sujeta a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar el cumplimiento de las obligaciones generadas en las anualidades 2025 a 2028 por un importe conjunto de 3.800.000,00 €”.

Tercero

Esta resolución deberá comunicarse a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y deberá publicarse en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (15 de mayo de 2024)

El presidente del FOGAIBA Joan Simonet Pons