Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 306896
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de corrección de error material advertido en la publicación de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 11 de marzo de 2024 por la que se establece el procedimiento relativo a la prestación de determinados productos del Catálogo de material ortoprotésico de las Islas Baleares y el procedimiento de adhesión de asociaciones y/o establecimientos dispensadores
Antecedentes
1. En el BOIB núm. 37, de 16 de marzo de 2024, se publicó la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 11 de marzo de 2024 por la que se establece el procedimiento relativo a la prestación de determinados productos del Catálogo de material ortoprotésico de las Islas Baleares y el procedimiento de adhesión de asociaciones y/o establecimientos dispensadores.
2. Se ha advertido un error material en el anexo 1 de la Resolución de 11 de marzo de 2024, que debe rectificarse.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que estas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos que existan en sus actos.
2. El artículo 56.1 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dispone que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponde al órgano que haya dictado el acto o disposición.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Rectificar el error material que se ha advertido en el anexo 1 de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 11 de marzo de 2024 por la que se establece el procedimiento relativo a la prestación de determinados productos del Catálogo de material ortoprotésico de las Islas Baleares y el procedimiento de adhesión de asociaciones y/o establecimientos dispensadores, en los términos siguientes:
Donde dice:
3. Resolución de las solicitudes de los establecimientos de adhesión
[…] el director general dictará y notificará resolución motivada por la que conceda o deniegue la solicitud de habilitación. […]
debe decir:
3. Resolución de las solicitudes de los establecimientos de adhesión
[…] el director de Asistencia Sanitaria debe dictar y notificar una resolución motivada por la que conceda o deniegue la solicitud de habilitación. […]
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de esta resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
(Firmado electrónicamente: 13 de mayo de 2024)
El director general Javier Ureña Morales