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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

Núm. 306409
resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública relativo a la actualización del baremo de indemnizaciones derivadas de la colaboración en la realización de actividades formativas y de perfeccionamiento, incluidas dentro del Plan de Formación del Consell de Mallorca

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Texto

Hechos

1. El 1 de abril de 2015 el Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca aprobó un acuerdo relativo a la aprobación del baremo de indemnizaciones derivadas de la colaboración en la realización de actividades formativas y de perfeccionamiento, incluidas dentro del Plan de Formación del Consejo de Mallorca.

2. El 29 de marzo de 2017 el Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca emitió acuerdo de modificación del baremo de indemnizaciones derivadas de la colaboración en la realización de actividades formativas y de perfeccionamiento, incluidas dentro del Plan de Formación del Consejo de Mallorca.

3. El 18 de febrero de 2023 la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad emite resolución por la cual se actualiza el baremo de las indemnizaciones que se tienen que percibir por colaborar en las actividades formativas previstas en el Decreto 62/2011, de 20 de mayo,

4. El 22 de febrero de 2024 el consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública emitió resolución por la que se aprueba el Plan de Formación del Consejo de Mallorca para el año 2024, donde se incluyen las modalidades de colaboración en las actividades formativas que son análogas a las modalidades previstas en el Decreto 62/2011 del Gobierno.  

5. Visto que las cuantías del baremo de indemnizaciones derivadas de la colaboración en la realización de actividades formativas y de perfeccionamiento aprobado por el Consejo de Mallorca no se han actualizado desde febrero de 2017 y que es necesario actualizar el baremo actual de indemnizaciones aplicable en el Consejo de acuerdo con los términos del Decreto 62/2011

6. El 3 de mayo de 2024 la jefa de servicio de Formación y Planificación y la directora insular de Función Pública emitieron informe propuesta para dejar sin efectos el Acuerdo del Consejo Ejecutivo de 1 de abril de 2015 relativo a la aprobación del baremo de indemnizaciones derivadas de la colaboración en la realización de actividades formativas y de perfeccionamiento, incluidas dentro del Plan de Formación del Consejo de Mallorca.

7. El 3 de mayo de 2024 la técnica jurídica del Servicio de Formación y Planificación emite informe favorable

Consideraciones jurídicas

1. Visto el artículo 29 del Decreto 16/2016, de 8 de abril, por el cual se aprueba el texto consolidado del decreto por el cual se regulan las indemnizaciones en razón del servicio del personal al servicio de la administración autonómica de las Islas Baleares, que establece que Las indemnizaciones que se tienen que percibir por la colaboración en las actividades de formación y perfeccionamiento se tienen que ajustar a los baremos que a este efecto los órganos competentes de los institutos, escuelas u organismos aprueben y publiquen en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

2. Visto el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas donde se establecen los principios de buena regulación en el ejercicio de la iniciativa legislativa y potestad reglamentaría.

3. Visto el artículo 64 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, el Consejo de Mallorca tiene que ejercer sus competencias atendiendo a la legislación estatal y autonómica pertinente.

4. Visto el artículo 190 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares donde se establece el régimen jurídico del personal al servicio de las entidades locales.

5. Visto el Acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca de 28 de septiembre de 2022 por el que se delega en el consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública todas sus atribuciones en materia de personal, excepto la aprobación de la relación de puestos de trabajo, la sanción de separación del servicio de los funcionarios y el despido del personal laboral y la aprobación del número y régimen del personal eventual.

Por todo eso,

Resuelvo

1. Dejar sin efectos el Acuerdo del Consejo Ejecutivo de 1 de abril de 2015 relativo a la aprobación del baremo de indemnizaciones derivadas de la colaboración en la realización de actividades formativas y de perfeccionamiento, incluidas dentro del Plan de Formación del Consejo de Mallorca, así como también el Acuerdo del Consejo Ejecutivo de 29 de marzo de 2017 de modificación del Acuerdo del Consejo Ejecutivo de 1 de abril de 2015.

2. Establecer el Decreto 62/2011, de 20 de mayo, por el cual se regulan las modalidades de colaboración en las actividades formativas y en los procesos selectivos y de provisión organizados por la Escuela Balear de Administración Pública como norma de aplicación con respecto a las indemnizaciones derivadas de la colaboración en la realización de actividades formativas y de perfeccionamiento, incluidas dentro del Plan de Formación del Consejo de Mallorca.

3. Disponer la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares

 

Palma, a la fecha de la firma electrónica (8 de mayo de 2024)

El consejero ejecutivo del Departamento de Hacienda y Función Pública (por delegación del Consejo Ejecutivo, según acuerdo de día 28 de septiembre de 2022, BOIB nº. 128, de 1 de octubre de 2022) Rafael Àngel Bosch Sans