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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 305466
Departamento de Gestión Urbanística. GCI 21/03. Aprobación definitiva Proyecto de reparcelación por el sistema de compensación de la UE/71-04 C/ Callao - Fachada Marítima – Nou Llevant

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Texto

 

I21030224 ANU-cast

ÁREA DE URBANISMO, VIVIENDA Y PROYECTOS ESTRATÉGICOS

GERENCIA DE URBANISMO

DEPARTAMENTO DE GESTIÓN URBANÍSTICA

SERVICIO JURÍDICOADMINISTRATIVO DE GESTIÓN URBANÍSTICA

La Junta de Gobierno de Palma, en sesión que tuvo lugar en fecha 8 de mayo de 2024, adoptó el siguiente acuerdo:

“El 13-12-2023 fue aprobado inicialmente el Proyecto de reparcelación por el sistema de compensación de la UE/71-04 C/ Callao - Fachada Marítima – Nuevo Levante, formulado por METROVACESA SA, según el informe emitido el 10-11-2023 por el Servicio de Valoraciones y Proyectos. En la memoria se añade que esta actuación urbanística no está sujeta a la cesión del aprovechamiento urbanístico que corresponde. Al respecto, el Servicio de Valoraciones informó el 28-09-2023 que la actuación urbanística no altera los aprovechamientos incluidos en la UE y no da ningún incremento de edificabilidad o cambio de uso.

El proyecto fue publicado en el BOIB núm. 10, de 20-01-2024 y en la dirección o en el punto de acceso electrónico correspondiente, sin que en el plazo de información pública, que finalizó el 20/febrero, consten formuladas alegaciones al respecto.

Se ha aportado certificación del Registro de la Propiedad expresando que las fincas que conforman el ámbito de actuación están afectadas por la reparcelación, de acuerdo con el art. 5 del Reglamento sobre inscripción en el Registro de la Propiedad de actos de naturaleza urbanística, RD 1093/1997.

Por eso, conforme con lo que dispone el artículo 127.1.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, en la redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas de modernización del Gobierno Local, el art. 83.4 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears, 122.3 c) del Reglamento general de la Ley 12/2017 LUIB, los artículos 172 y 175 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, el TAG suscribiente propone a la Junta de Gobierno de Palma que adopten el siguiente

ACUERDO

1.Aprobar definitivamente Proyecto de reparcelación por el sistema de compensación de la UE/71-04 C/ Callao - Fachada Marítima – Nuevo Levante, formulado por METROVACESA SA, según el informe emitido el 10-11-2023 por el Servicio de Valoraciones y Proyectos.

2. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears, según el artículo 213.5 c) del Reglamento general de la Ley 2/2014. Así mismo se tendrá que publicar en la dirección o en el punto de acceso electrónico correspondiente, donde se insertará su contenido íntegro para facilitar su consulta.

3.- Dar traslado de este acuerdo a Patrimonio Municipal, a Información Urbanística, al IMI y a la Sección de tramitación de proyectos de urbanización, para su conocimiento.”

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, pueden interponer, con carácter potestativo, RECURSO DE REPOSICION ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con lo que dispone el art. 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo para interponerlo es de UN MES a contar desde el día siguiente de esta publicación, no pudiendo, en este caso, interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.

El RECURSO DE REPOSICION potestativo se tendrá que presentar en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a las cuales hace mención el art. 16.4, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución, en el plazo de UN MES, a contar a partir del día siguiente a su interposición, quedando en este caso expedita la vía contenciosa administrativa.

De no utilizar el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, de conformidad con lo establecido en el artículo antes mencionado y en los arts. 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo, de conformidad con el art. 8 de la Ley orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, que reforma la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, en el plazo de DOS MESES, a contar desde el día siguiente de esta publicación. Todo esto, sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que estime pertinente.

En cumplimiento del artículo 83 de la Ley 12/2017 de 29 de diciembre de Urbanismo de las Illes Balears; del Reglamento general de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, LUIB; el 70.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, modificada por la Ley 11/99, de 21 de abril, se publica, junto con la documentación técnica aprobada que pueden consultar en la Sección de Información Urbanística del Área Urbanismo, Vivienda y Proyectos Estratégicos (Avda. Gabriel Alomar, núm 18, bxos, Edif. Municipal Avenidas) y en la sede electrónica municipal en la dirección https://urbanisme.palmademallorca.es/IMI/URBANISME/PRD/Planejament_urbanistic_pdf/Images%20Arxiu/GCI-Compensacions/GCI-202100030000/GCI-20210003_PORTADA.pdf para que se tome general conocimiento y a los efectos pertinentes.

Si se trata de sujeto obligado a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones públicas –según el artículo 14.2 de la Ley 39/15- tenéis que presentar vuestros escritos, obligatoriamente, en la sede electrónica de la web del Ayuntamiento de Palma, con indicación expresa y clara de aquello de que se trata y haciendo constar el número de expediente. Si se trata de una persona física, podrá utilizar la mencionada sede electrónica o bien presentar la documentación en cualquiera de las oficinas municipales de Atención a la Ciudadanía, la ubicación de las cuales se puede consultar en la web www.palma.cat, o en las dependencias a que se refiere el art. 16.4 de la Ley 39/2015.

 

(Firmado electrónicamente: 14 de mayo de 2024)

La jefa del Servicio de Gestión Urbanística María Ortíz Fernández P.d. Decreto de Alcaldía núm. 3000, de 26 de febrero de 2014 publicado en el BOIB 30 de 04/03/2014