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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ES MERCADAL

Núm. 304107
Resolución de alcaldía sobre los horarios y prestaciones del servicio de la zona azul de Mercadal

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Desde la Alcaldía del Ayuntamiento de Es Mercadal, día 10 de mayo de 2024, se ha dictado la resolución de alcaldía núm. 437 sobre los horarios y prestaciones del servicio de la zona azul, que dice:

«El Ayuntamiento de Es Mercadal tiene atribuidas las competencias de tráfico, estacionamiento de vehículos y movilidad en conformidad con el artículo 25.2.g) de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL),

Añade el artículo 25.3 de la LRBEL que las competencias municipales en las materias enunciadas al apartado 2.º se determinarán por Ley, y habrá que evaluar la conveniencia de la implantación de los servicios locales de acuerdo con los principios de descentralización, eficiencia, estabilidad y sostenibilidad financiera.

El art. 7 del Real decreto legislativo 6/2015, de 30 de octubre, que aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a motor y seguridad vial (TRLT), prevé que será competencia de los municipios la regulación mediante ordenanza municipal de circulación de los usos de las vías urbanas, haciendo compatible la equitativa distribución de los aparcamientos entre todos los usuarios con la necesaria fluidez del tráfico rodado y con el uso de peatones de las calles, así como el establecimiento de medidas de estacionamiento limitado para garantizar la rotación de los aparcamientos, prestando especial atención a las necesidades de las personas con discapacidad que tienen reducida su movilidad y que utilizan vehículos, con el fin de favorecer su integración social (letra b).

Además en Mercadal en materia de regulación del estacionamiento se dispone de las siguientes ordenanzas:

1.- Ordenanza de circulación del excelentísimo Ayto. De Es Mercadal.

2.- Ordenanza de Circulación reguladora del servicio público de vigilancia a zonas de aparcamiento de vehículos sujetos a control horario regulado por parquímetros.

De acuerdo con esta última Ordenanza municipal de circulación reguladora del servicio público de vigilancia a zonas de aparcamiento de vehículos sujetos a control horario regulado por parquímetro dispone en el artículo 2 lo siguiente:

"El objeto de la presente ordenanza es regular el servicio público de vigilancia de aparcamiento de vehículos a las vías publicas, mediante el establecimiento de medidas de estacionamiento limitado, a fin de garantizar la dotación de los estacionamientos, y medidas correctoras a las zonas limitadas, incluyendo la retirada o la inmovilización del vehículo en la forma y los supuestos que se señalan en esta Ordenanza.

El servicio público de estacionamiento limitado se presentará mediante control horario regulado por aparatos automáticos expendedores de ticket (parquímetros)"

Por otro lado, el anexo de esta misma ordenanza dispone que el servicio de estacionamiento limitado se establece a las vías siguientes:

  • Calle Nou
  • Pl. Constitució
  • Calle Dr. Llansó (hasta la intersección con la calle d'Era Vella)
  • Calle General Albertí (hasta la intersección con el de la Mirada del Toro)
  • Av.Mestre Garí (hasta la intersección con la calle Dr. Fleming)
  • Calle de Enmig

A causa del elevado número y constante crecimiento de vehículos en el municipio está comportando una serie de problemas de diferente tipología, entre los cuales se tiene que destacar la necesidad de equilibrar el uso de los viales y calles del municipio que, como espacio limitado en el que confluyen usos de diferentes operadores, tiene que ser necesariamente racionalizado.

Este uso intensivo de los viales públicos exige establecer mecanismos dirigidos, por un lado, a implantar aquellas dotaciones de estacionamiento que el sector privado, por diferentes motivos no establece suficientemente, y, por otro lado, a racionalizar y reequilibrar el uso de las calles por los conductores que estacionan en aquellas zonas donde el comercio y los servicios se configuran como un "centro de atracción".

La experiencia de los últimos años acredita que el sistema de aparcamiento regulado, temporal, con pago posibilitado mediante la instalación de parquímetros (zonas azules) a determinadas zonas del municipio comporta una mayor movilidad en el estacionamiento de los vehículos y una reducción del número que está aparcado durante un periodo largo de tiempo.

Por lo tanto, la voluntad municipal es la de controlar este servicio de zonas azules a los efectos de dar más agilidad, facilidad y rotación al acceso al estacionamiento de vehículos en zonas determinadas del municipio.

Considerando que el Ayuntamiento, mediante Decreto de Alcaldía, podrá variar la relación enunciativa de las ordenanzas referenciadas, así como el número de plazas de estacionamiento limitado, basándose en criterios de ordenación racional del tráfico y de distribución de reservas de servicios públicos, minusvalias y carga y descarga, entre otros, cuando las circunstancias lo aconsejen.

De acuerdo con el informe del subinspector jefe de la Policía local des Mercadal, de fecha de 10 de mayo de 2024 que consta al expediente, los horarios y las prestaciones de los servicios de inspección y control de las zonas de estacionamiento regulado de vehículos, denominado zona azul, en varias calles del municipio de Es Mercadal, durante el año 2024 tendrían que ser las que se transcriben de su informe:

"Calles afectadas por la zona azul:

  • C/ Doctor Llanso (del inicio hasta la altura del número 62)
  • C/ Mestro Gari (desde la Plaza Gral Galbis hasta lo cruce C/Fleming)
  • C/ Metge Camps (desde Plaza General Galbis hasta C/ Lepanto)
  • C/ Pla de Ses Eres (desde C/ Carnisseries a C/ Tramontana hasta la altura del cruce de la Calle de Baix)

Situación de las máquinas:

  • C/ Doctor Llanso,frente n.º 26 y 42
  • Plaza GeneralGalbis
  • C/ Pla de Ses Eres,frente n.º 31

Fechas y horarios:

Del día 15 de mayo al 31 de mayo del 2024 ambos inclusive:

Mañanas de lunes a sábado de 9'00 a 13'00 h. Tardes, noches, domingos y festivos libres.

Del día 1 de junio al 30 de septiembre del 2024 ambos inclusive:

Mañanas de lunes a sábado de 9'00 a 13'00 h., tardes de lunes a viernes de 17'00 a 20'30 h.

Sábados tarde, noches, domingos y festivos libre.

En uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

RESUELVO

PRIMERO.- Iniciar desde día 15 a 31 de mayo de 2024 de lunes a sábado de las 9 h hasta las 13h (las tardes, domingos y festivos el servicio será gratuito) la zona de parquímetro regulado (zona azul) en las calles que se especifican en el informe del subinspector jefe de la Policía local des Mercadal transcrito en parte suficiente más arriba.

SEGUNDO.-Ampliar el horario y la zona de aparcamientos regulado (la zona azul) a partir de día 1 de junio hasta el día 30 de septiembre de 2023, de lunes a viernes de 9 h a 13 h y de 17 h a 20.30 h, sábados de 9 h a 13 h, y domingos y festivos gratuito, según especifica el artículo 7 de la ordenanza municipal de Circulación reguladora del servicio público de vigilancia a zonas de aparcamiento de vehículos sujetos a control horario regulado por parquímetro.

TERCERO.- Establecer como calles donde se llevará a cabo el aparcamiento regulado como zona azul las siguientes calles:

  • c. Doctor Llansó (desde el inicio hasta la altura del n.º 62).
  • c. Mestre Gari (desde la pl. General Galbis hasta el cruce del C. Fleming).
  • c. Metge Camps (desde la plaza General Galbis hasta la calle Lepanto).
  • c. Pla de ses Eres (desde la calle Carnisseries a c. Tramontana hasta la altura del cruce de la calle de Baix.).
 

CUARTO.- Comunicar este acuerdo en el jefe de la Policía local des Mercadal.

QUINTO.- Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares»

 

Es Mercadal en la fecha de la firma electrónica (13 de mayo de 2024)

El alcalde Joan Palliser Riudavets