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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

Núm. 302478
Aprobación definitiva de la modificación presupuestaria 02.2024

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la LRHL, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial del Consell Insular de Formentera, adoptado en fecha 28 de febrero de 2024, sobre expediente de modificación de crédito 02.2024 en la modalidad de transferencia de créditos entre partidas de diferente grupo de función:

INGRESOS

Capítulo

Denominación

Importe

1

Impuestos directos

9.475.000,00

2

Impuestos indirectos

800.000,00

3

Tasas y otros ingresos

9.755.000,00

4

Transferencias corrientes

18.779.000,00

5

Ingresos patrimoniales

10.215,00

6

Enajenación de inversiones reales

0

7

Transferencias de capital

4.740.785,00

8

Activos financieros

4.000.000,00

9

Pasivos financieros

0,00

 

TOTAL INGRESOS

47.560.000,00

GASTOS

Capítulo

Denominación

Importe

1

Gastos de personal

18.001.500,00

2

Gastos en bienes corrientes y servicios

18.198.500,00

3

Gastos financieros

30.000,00

4

Transferencias corrientes

2.499.600,00

6

Inversiones reales

8.520.400,00

7

Transferencias de capital

310.000,00

8

Pasivos financieros

0

 

TOTAL GASTOS

47.560.000,00

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

 

Formentera, 10 de mayo de 2024.

El presidente Lorenzo Córdoba Marí