Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 293291
Resolución de la consejera ejecutiva del Departamento de Economía y Servicios Generales n.º 2024/577, de fecha 3 de mayo, por la cual se nombra nuevos miembros de los tribunales de las diferentes convocatorias del proceso de estabilización de las administraciones locales de Menorca
Que la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, publicada en el BOE núm. 312 de 29 de diciembre de 2021, establece para todas las administraciones la estabilización de las plazas estructurales que, dotadas presupuestariamente, han estado ocupadas de forma ininterrumpida desde las fechas establecidas en la normativa de aplicación.
Que en aplicación de este mandato el Consejo Ejecutivo y todos los ayuntamientos de Menorca, en sesión de carácter ordinario de 23 de mayo de 2022, aprobaran sus ofertas públicas de empleo para la estabilización extraordinaria del personal de sus plantillas antes de 1 de junio de 2022 .
Que de acuerdo con el arte. 121 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, la Oferta pública de empleo del Consell se presentó conjuntamente con el personal del Consorcio Sociosanitario de Menorca, el Consorcio de Residuos y Energía, y el Consorcio para la Protección de la Legalidad Urbanística en Suelo Rústico de la Isla de Menorca.
Que el Decreto ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en la ocupación de las Islas Baleares, publicado en el BOIB núm. 78 de fecha 16 de junio de 2022, validado por el Pleno del Parlamento de las Illes Balears en sesión de 28 de junio de 2022, aprobó las bases generales con los criterios generales que deben regir los procesos selectivos de estabilización para el ingreso o el acceso como funcionario de carrera o personal laboral fijo de las administraciones de las Illes Balears. Este Decreto ley fue modificado por el Decreto ley 7/2022 de 11 de julio, de prestaciones sociales de carácter económico de las Islas Baleares.
Que la Disposición adicional primera de la Ley 20/2021, establece que los municipios, podrán encomendar la gestión material de la selección del personal a los consejos insulares. De acuerdo con esta normativa, el Consejo Insular de Menorca firmó con todos los ayuntamientos de Menorca un convenio de encargo de la gestión material del proceso extraordinario de la oferta pública de empleo de estabilización de las ofertas públicas municipales.
Que con fecha 18 de noviembre de 2022, el BOIB núm. 149, publicó las mismas bases específicas para todas y cada una de las administraciones locales de Menorca. Este mismo boletín publicó las convocatorias de las ofertas públicas del Consejo Insular de Menorca, las de todos los ayuntamientos y la del Instituto Menorquín de Estudio, y las modificaciones del Ayuntamiento de Ciutadella y del Instituto Menorquín de Estudios publicadas en el BOIB núm. 150 de 19 de noviembre de 2022.
Que de acuerdo con el informe de la jefa del Servicio de Gestión de Personas SGP 4/2022, de 12 de enero de 2022, relativo a la constitución y funcionamiento de los tribunales de valoración de la Oferta pública de empleo extraordinario.
Que en fecha 16 de enero de 2023 mediante Resolución núm. 2023/36, de la consejera ejecutiva del Departamento de Servicios Generales se nombran los tribunales de las convocatorias de las ofertas públicas de ocupación extraordinaria por estabilización del Consejo Insular de Menorca y entes dependientes, de todos los ayuntamientos de Menorca y del Instituto Menorquín de Estudios. Estos nombramientos deben modificarse a petición de los Servicios de atención directa al ciudadano, dada la dificultad de adaptar el trabajo por turnos y ser miembros de los tribunales. Posteriormente y por causas alegadas por los miembros de los Tribunales, se han nombrado nuevos miembros de los Tribunales, para sustituir a los miembros que han cesado.
En fecha 30 de enero de 2024 mediante Resolución núm. 2024/81 de la consejera ejecutiva del Departamento de Servicios Generales relativa al nombramiento de nuevos miembros de los tribunales de las diferentes convocatorias del proceso de estabilización de las administraciones locales de Menorca, se nombra a Judith Aisa Garbayo como Presidenta del tribunal calificador que apoyará a los miembros de los tribunales calificadores de las convocatorias de los siguientes grupos y subgrupos: subgrupo C1 y C2 de administración especial, subgrupo C1 y C2 de administración general y grupo AP.
Que desde el 16 de abril de 2024, Judith Aisa Garbayo se encuentra en situación de incapacidad temporal de larga duración, por lo que resulta necesario nombrar a un nuevo miembro del tribunal que la supla.
Como titular del Departamento de Economía y Servicios Generales, en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 33 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, en relación al Decreto de presidencia núm. 227/2023 de 17 de noviembre, de extinción de un departamento y reestructuración del resto de departamentos (BOIB núm. 158 de 21 de noviembre de 2023),
RESUELVO
PRIMERO. Modificar y nombrar a los miembros del tribunal calificador que da apoyo a las convocatorias subgrupos C1 y C2 de administración especial, subgrupos C1 y C2 de administración general y grupo AP, en el siguiente sentido:
NOMBRE Y APELLIDOS |
|
TITULACIÓN |
ADMIN |
NOMBRAMIENTO |
---|---|---|---|---|
DE LLANOS VILLALONGA, ANDREA |
F |
Licenciada en Pedagogía |
CIM |
PRESIDENTA TITULAR 4R. |
RAFOLS CENTELLES, JUDIT |
F |
Técnica especialidad jardín de infancia (FPII) |
CIM |
VOCAL TITULAR 4R. |
JORDI SINTES PONS |
F |
Diplomado en Relaciones Laborales |
CIM |
VOCAL TITULAR 4R |
SEGUNDO. Establecer la dedicación parcial de Jordi Sintes Pons, que apoyará al tribunal, la jornada de su actuación será de las 8 a las 14 horas, en días alternativos y como máximo de tres días semanales .
TERCERO. Los nuevos miembros del Tribunal calificador se abstendrán de intervenir y los aspirantes podrán recusarlos, en la o las convocatorias afectadas por los motivos establecidos en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
CUARTO. Los miembros de los tribunales tendrán, en todo caso, derecho a indemnización por su participación con arreglo al Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
QUINTO. Publicar esta resolución en el BOIB, en la página oficial del opositor del Consell Insular (https://oposicions.cime.es) y en el tablón de edictos en la Sede de Ciutadella y Maó.
SEXTO. Notificar estos acuerdos a los interesados.
Lo que os comunico para su conocimiento y tenga los efectos que correspondan, al tiempo que os hago saber que contra el acuerdo precedente, que no agota la vía administrativa, podéis interponer, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la fecha de recepción de esta notificación, recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno del Consejo Insular, sin perjuicio de que podáis utilizar cualquier otro recurso que consideréis procedente en derecho.
El mencionado recurso se entenderá desestimado si no se os ha notificado la resolución cuando hayan transcurrido tres meses desde su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo podréis interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma.
Maó, 7 de mayo de 2024
La consejera ejecutiva de Economía y Servicios Generales Maria Antònia Taltavull Fernández