Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA
Núm. 301130
Propuesta de aprobación de subvención nominativa del Consell Insular de Formentera al Grupo Deportivo Espalmador (Eventos)
La Junta de Gobierno del Consell Insular de Formentera, en sesión de carácter Ordinario de 22 de marzo de 2024, celebrada en forma presencial, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
(...)
Primero.- APROBAR el otorgamiento de la subvención nominativa directa por el importe de 30.000,00€, al GRUPO DEPORTIVO ESPALMADOR con CIF G-57664542, para llevar a cabo la promoción, la planificación, la organización y la ejecución de los diferentes eventos deportivos de larga trayectoria que se llevarán a cabo en la isla de Formentera durante el año 2024, el cual se adjunta en el Anexo I.
Segundo.- LA GESTIÓN de la subvención se llevará a cabo de acuerdo con la firma del convenio anexo a la propuesta.
Tercero.- AUTORIZAR Y DISPONER EL GASTO con cargo a la partida presupuestaria 2024.1.341.4800001 de los presupuestos para el año 2024.
Cuarto.- RECONOCER la obligación del importe concedido, ordenar el pago y pagar el importe del 50% de 30.000,00 € de la subvención y registrar la operación como pendiente de justificar hasta que el beneficiario no proceda a la justificación de la misma de acuerdo con las normas de la concesión.
Quinto.- FACULTAR al Sr. Presidente del Consell Insular de Formentera, para que una vez esté aprobada esta subvención de concesión nominativa directa, pueda firmar el convenio anexo, según lo estipulado en el artículo 21 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejo insulares.
Sexto.- GUARDAR copia de este convenio en el Registro de Convenios que se encuentra ubicado en la secretaría de la Corporación.
Séptimo.- NOTIFICAR este acuerdo al Grupo Deportivo Espalmador.
Octavo.- PUBLICAR el Convenio en el BOIB y en la página web del Consell Insular de Formentera.
ANEXO I Convenio de colaboración entre el Consell Insular de Formentera y el Grupo Deportivo Espalmador para promocionar, organizar y ejecutar eventos de larga trayectoria para el año 2024.
REUNIDOS
De una parte, don Lorenzo Córdoba Marí, mayor de edad, vecino de Formentera, domiciliado en la plaza de la constitución núm. 1 en Formentera, con Documento Nacional de Identidad núm. ***5363**
El Sr. Juan Jose Escandell Mayans, mayor de edad, con DNI.***4079**, y domicilio a efectos de notificaciones en a C/Mallorca, 29 1er 3a Sant Ferran, Formentera.
INTERVIENEN
El Sr. Lorenzo Córdoba Marí, como presidente del Consell Insular de Formentera, que actúa en nombre y representación de esta Corporación, con CIF P0702400C y con domicilio en la plaza de la Constitución núm. 1, de Sant Francesc (Formentera), en virtud del Decreto de Presidencia de 26 de junio de 2023, de atribuciones competenciales a los miembros del equipo de Govern, publicado en el BOIB núm. 112, de 12 de agosto de 2023 y los Decretos de 26 de febrero de 2024, publicados en el BOIB núm. 33, de 7 de marzo de 2024, de acuerdo con el artículo 136 del Reglamento Orgánico del Consell Insular de Formentera (ROC) y en virtud del artículo 21.1.b de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de régimen electoral general y del artículo 21 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares en relación al Título IX de esta Ley sobre Régimen especial de Formentera, asistido por el secretario de la Corporación, el Sr. Angel Custodio Navarro Sánchez, de conformidad con el artículo 161 del ROC.
El Sr. Juan Jose Escandell Mayans, presidente del Grupo Deportivo Espalmador de Formentera, quien actúa en representación del citado Club, el cual dispone de CIF G57664542, según el Acta de la Asamblea General ordinaria del Grupo Deportivo Espalmador, de fecha 02 de octubre de 2019.
Ambas partes actúan en representación de sus respectivas entidades, se reconocen mutuamente plena capacidad jurídica para obrar, y,
MANIFIESTAN
PRIMERO.- Que, a los efectos de dar uso a las instalaciones deportivas del Consell Insular de Formentera para este año 2024, con el fin de ejercer los intereses del Consell Insular de Formentera, éste se encuentra habilitado para promover el deporte y dar servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones del municipio de Formentera, dada la competencia establecida por el artículo 70.9 de la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero, que modifica el Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares. Además, de forma específica, la Ley 2/2023, de 7 de febrero, de la actividad física y el deporte en las Islas Baleares, establece en su artículo 9, entre otros, la competencia del Consell Insular de Formentera para colaborar, en su ámbito territorial, con las entidades en el desarrollo del deporte.
SEGUNDO.- Que el Grupo Deportivo Espalmador está interesado en hacer la promoción, la planificación, la organización y ejecución de los diferentes eventos deportivos de Larga Trayectoria para 2024.
TERCERO.- Que es voluntad del Consell Insular de Formentera colaborar con el Grupo Deportivo Espalmador para que se lleve a cabo las pruebas deportivas siguientes:
1. XIV Trofeo Ciclismo en Ruta.
2. VIII Carrera y Caminata de Faro a Faro.
3. X Caminata y Carrera de la Mujer.
4. IX Volta BTT Ciclista
5. XXIX Milla Urbana y 5 km de Los Pujols.
6. XXVI Subida a La Mola.
7. XXX BTT La Mola + BTT Niños
8. XLV Carrera de la Constitución Memorial John Tunks.
En virtud de lo expuesto anteriormente, ambas partes acuerdan formalizar este convenio, de acuerdo con las siguientes:
CLÁUSULAS
Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es regular la colaboración entre el Consell Insular de Formentera y el Grupo Deportivo Espalmador para llevar a cabo la promoción, la planificación, la organización y la ejecución de los diferentes eventos deportivos de larga trayectoria que se llevarán a cabo en la isla de Formentera durante el año 2024.
Obligaciones del Grupo Deportivo Espalmador en cuanto a la promoción organización y ejecución de eventos deportivos.
Por parte del Grupo Deportivo Espalmador:
El Grupo Deportivo Espalmador se responsabiliza de que los acontecimientos deportivos y todo lo referente a la promoción, planificación, organización y ejecución de los acontecimientos antes nombrados.
En los eventos deportivos objetos de este convenio, tanto los dorsales de todos los deportistas que participen como todas las pancartas, carteles de salida y llegada y página web de cada evento, debe aparecer siempre el logotipo del Consell Insular de Formentera.
El Grupo Deportivo Espalmador añadirá en todo sus reglamentos deportivos de las pruebas incluidas en este convenio, una cláusula donde esté bien claro que es obligación de los participantes velar por la correcta limpieza y la clasificación de los residuos que se producen durante las pruebas, pendiente el Consell Insular de Formentera sancionarlos por no cumplir la normativa vigente de recogida selectiva.
Por parte del Consell Insular de Formentera:
El Consell Insular de Formentera se compromete a supervisar y velar por el correcto desarrollo de las actividades descritas en este convenio de colaboración y comprobar que se llevan a cabo con total normalidad.
Forma de pago.
La forma de pago por parte del Consell Insular de Formentera, será la siguiente:
El Técnico del área de deportes emitirá un informe favorable donde diga que la contratación conveniada se lleva a cabo con normalidad, dentro de los objetivos marcados en este convenio.
Durante el más de enero de 2025 el Grupo Deportivo Espalmador deberá justificar el 100% de su actuación. Éste será requisito indispensable para poder firmar un nuevo convenio con el Consejo. Ello, no exenta de devolver la cantidad correspondiente en el caso de no poder justificar el 100% de las cantidades recibidas.
El beneficiario está eximido de presentar garantías atendiendo a la naturaleza de las actividades subvencionadas y sus características como beneficiario, de conformidad con el artículo 42 y siguientes del Real Decreto 88/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
En Cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 11 del decreto legislativo 2/2005, de 25 de diciembre, texto refundido de la ley de subvenciones de las Islas Baleares, el Grupo Deportivo Espalmador queda sometido, entre otros, a las siguientes obligaciones:
Justificación.
El Grupo Deportivo Espalmador de Formentera presentará en el registro general de entrada del CIF, ubicado en la OAC, dirigida al Área de Deportes de este Consell, antes del 31 de enero de 2025:
El técnico del área de Deportes del Consell de Formentera deberá emitir un informe el cual corrobore que efectivamente se ha realizado este gasto y que todo es correcto para cerrar el expediente.
En caso de que la documentación no se presente dentro del plazo establecido, el Consell Insular de Formentera hará un requerimiento el grupo Deportivo Espalmador para que en el plazo de 15 días presente la documentación correspondiente a la justificación del convenio. En caso de que no se atienda este requerimiento, el Consejo llevará a cabo los trámites necesarios para el reintegro de la subvención.
Reintegro.
Se establece la aplicación por parte del Grupo Deportivo Espalmador de Formentera de reintegrar los fondos en el supuesto de incumplimiento de los requisitos y obligaciones establecidas para la concesión, y en todo caso, en los supuestos regulados en el artículo 44 del decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, texto refundido de la ley de subvenciones de las Islas Baleares.
Además, el CIF se reserva el derecho a disminuir proporcionalmente su aportación, en el supuesto de incumplimiento parcial del Convenio, o bien en el caso de que los gastos justificados no lleguen al total de los gastos presupuestados.
Compatibilidad con otras subvenciones.
El Grupo Deportivo Espalmador deberá informar al Consell Insular de Formentera, a través del órgano competente en la materia, la subvención o subvenciones que reciba para la misma finalidad. En esta comunicación hará constar el dinero obtenido, así como todas las condiciones aplicables.
En ningún caso, la cuantía total de las subvenciones podrá superar el coste total de la actividad, ya que si es así, la subvención concedida por esta Corporación se reducirá de manera proporcional.
Vigencia del convenio.
Este convenio es vigente desde el día de su firma hasta el día 31 de diciembre de 2024 y tiene efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2024.
Este convenio se podrá resolver, con audiencia previa de las partes, entre otras, por las siguientes causas:
Procedimiento de otorgamiento y naturaleza del presente convenio
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y constituye el instrumento a través del cual se canaliza una subvención por el procedimiento de concesión directa previsto en el artículo 7.1 c) del decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, texto refundido de la ley de subvenciones de las Islas Baleares, y en el artículo 22.2 c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, para que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario que dificultan su convocatoria pública, de acuerdo con los informes que constan en el Área de Deportes del Consell Insular de Formentera.
Normativa de aplicación
En lo no previsto en el presente Convenio habrá que ajustarse a lo dispuesto en las bases de ejecución del presupuesto general del Consell Insular de Formentera para 2024, a la citada Ley de consejos insulares, artículo 96.2 de y disposición adicional 9ª sobre Normativa en materia de subvenciones; al Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, texto refundido de la ley de subvenciones de las Islas Baleares; a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y al Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 de la citada Ley 38/2003 y los artículos 10 y siguientes del Reglamento antes mencionado así como considerando lo establecido en el artículo 6 y concordantes del citado Decreto legislativo 2/2005.
Se deja patente que se actúa en sintonía con lo que significó el Plan Estratégico de Subvenciones 2016-2019 del Consell Insular de Formentera, aprobado en la sesión plenaria de 24 de junio de 2016 y publicado en el BOIB núm. 93, de 23-07-2016 y el Plan Estratégico de Subvenciones para el año 2019 del Consell Insular de Formentera publicado en el BOIB núm. 47, de 11-04-2019; el Plan Estratégico de Subvenciones para el periodo 2020-2021, aprobado en la sesión plenaria de 22 de diciembre de 2020 y publicado en el BOIB núm. 4, de 9 de enero de 2021, el Plan Estratégico de Subvenciones del Consell Insular de Formentera para el periodo de 2022 y primer semestre de 2023, prorrogado para el segundo semestre de 2023, y en particular el propio Presupuesto general del Consell Insular de Formentera para el año 2024 citado anteriormente.
Se menciona que el Plan Estratégico de subvenciones del Consell Insular para el periodo 2024-2025 se ha aprobado por acuerdo del Pleno de 21 de marzo de 2024, publicado en el BOIB el 23/03/2024, con múm. Edicto 13008-13024.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman este convenio de colaboración por duplicado.
Formentera, ____ d__________ de 2024.
El presidente del Consell Insular de Formentera |
El presidente del Grupo Deportivo Espalmador |
Ante mí, el secretario Sr. Ángel Custodio Navarro Sánchez”.
Lo cual se hace público por conocimiento
Formentera, a fecha de la firma electrónica (30 de abril de 2024)
El presidente Lorenzo Córdoba Marí