Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA
Núm. 299898
Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se conceden las subvenciones para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas dentro del Programa Operativo FEDER 2021- 2027 (FOTOPAR 2024)
Hechos
1. El 26 de diciembre de 2023, en el BOIB nº. 164, se publicó la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 22 de diciembre de 2023 por la que por la que se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública de subvenciones para el año 2024 para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas en el Programa FEDER 2021-2027.
2. Las personas que figuran en el anexo de esta resolución presentaron una solicitud de subvención en el marco de la convocatoria de referencia.
3. Los técnicos de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático han examinado las solicitudes y han emitido un informe favorable de los siguientes aspectos:
4. Los técnicos de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático, en aplicación del procedimiento de concesión que establece el apartado séptimo de la citada Resolución, han informado favorablemente sobre la concesión de las subvenciones descritas en el anexo, las que se han calculado de acuerdo con la Resolución de convocatoria de estas ayudas.
5. En fecha 12 de abril de 2024 se emitió la propuesta de resolución estimatoria provisional del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático (BOIB n.º 49, de 13 de abril de 2024).
6. Se ha agotado el plazo que se concedía para presentar alegaciones sin que se hayan presentado.
7. El 29 de abril de 2024 se emitió la Propuesta de resolución estimatoria definitiva del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático.
Fundamentos de derecho
1. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
3. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).
4. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el que se despliegan determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears (BOIB núm. 122, de 2 de septiembre de 2004).
5. La Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 22 de diciembre de 2023 por la que por la que se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública de subvenciones para el año 2024 para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas dentro del Programa FEDER 2021-2027 (BOIB núm. 174, de 26 de diciembre de 2022).
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar la concesión de una subvención para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas en el Programa Operativo FEDER 2021-2027 (FOTOPAR 2024) por un importe total de 11.160,00 euros y 4 beneficiarios . En el anexo de esta resolución figuran los datos de cada beneficiario sobre la concesión de la subvención.
2. Autorizar la posibilidad de llevar a cabo la actuación con una empresa vinculada, dado que la contratación se realiza a precios de mercado.
3. Autorizar y disponer el gasto de 11.160,00 euros a los 4 beneficiarios que figuran en el anexo y por los importes que se detallan por cada uno de ellos, con cargo a la partida presupuestaria indicada en el anexo de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears. Esta ayuda está cofinanciada con un 60% a cargo del Programa Operativo FEDER 2021-2027 de les Illes Balears.
4. Disponer que las inversiones objeto de la solicitud deben realizarse dentro del período que va desde el día en que se presente la solicitud hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento. Este plazo no puede ser superior a los cuatro meses a contar desde la publicación en el BOIB de la resolución de otorgamiento.
5. Establecer que el plazo para justificar la realización de las actividades subvencionadas en ningún caso puede ser posterior al quinto día hábil desde la fecha máxima de ejecución de la actividad.
6. Establecer que el pago y la justificación deben realizarse de acuerdo con lo que dispone el apartado décimo de la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 22 de diciembre de 2023.
7. Establecer que los beneficiarios están obligados a cumplir lo dispuesto en el apartado undécimo de la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 22 de diciembre de 2023, así como los supuestos establecidos en el apartado decimotercero en relación a la concurrencia de ayudas.
8. Disponer que toda alteración de las condiciones establecidas para la concesión de la subvención, así como la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras administraciones públicas o entes públicos, nacionales o internacionales, da lugar a la revisión parcial o total de la subvención y, por tanto, al reintegro de la cantidad correspondiente más los intereses de demora.
9. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de les Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Empleo y Energía en el plazo de un mes contando desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También cabe interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Palma, 6 de mayo de 2024
El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez Por delegación del consejero de Empresa, Empleo y Energía (BOIB núm. 103, de 22/07/2023)
ANEXO Lista de beneficiarios a los que se les otorga la subvención para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas en el Programa Operativo FEDER 2021-2027 (FOTOPAR 2024)
Número |
Expediente |
Fecha registro entrada |
Solicitante |
NIF |
Partida presupuestaria |
Tipo de inversión |
Importe inversión (€) |
Importe subvención (€) |
CONCE |
1 |
FOTOPAR24-57/2024 |
15/01/2024 |
ROSELLO ROSELLO, ISABEL |
***2855** |
2024/G/731A01/77000/00/19701/31111 |
Instalación fotovoltaica individual conectada a red de 3.6 kWp |
3.216,20 |
2.160,00 |
0000005833/2024 |
2 |
FOTOPAR24-177/2024 |
15/01/2024 |
VERGER AMENGUAL, MIGUEL |
***8928** |
2024/G/731A01/77000/00/19701/31111 |
Instalación fotovoltaica individual conectada a red de 5.5 kWp. |
8.007,25 |
3.000,00 |
0000005834/2024 |
3 |
FOTOPAR24-761/2024 |
23/02/2024 |
PONS FERRA, CATALINA THOMAS |
***4944** |
2024/G/731A01/77000/00/19701/31111 |
Instalación fotovoltaica individual conectada a red de 6.4 kWp |
10.116,12 |
3.000,00 |
0000005835/2024 |
4 |
FOTOPAR24-822/2024 |
27/02/2024 |
FRANCO MARTIN, DANIEL |
***8373** |
2024/G/731A01/77000/00/19701/31111 |
Instalación fotovoltaica individual conectada a red de 11.28 kWp |
11.088,50 |
3.000,00 |
0000005836/2024 |
Total expedientes: 4
Primer beneficiario: ROSSELLO ROSSELLO, ISABEL
Último beneficiario: FRANCO MARTIN, DANIEL
Total subvención: 11.160,00 €