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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TERRITORIO Y MOVILIDAD

Núm. 299587
Resolución de la consejera de Vivienda, Territorio y Movilidad, a propuesta de la directora general de Movilidad, por la que se autoriza la revisión de las tarifas del servicio de transporte urbano de viajeros en taxi del municipio de Manacor

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Texto

Hechos

1. El ayuntamiento de Manacor presentó a la Dirección General de solicitud para la revisión de las tarifas del servicio de transporte urbano de viajeros con taxi de su municipio.

2. La jefa de Gestión Económica del Consorcio de Transporte de Mallorca ha emitido el correspondiente informe técnico en relación con la propuesta de revisión de las tarifas anteriores.

3. La Sección de Precios de Transporte Urbano, en la sesión de día 25 de abril de 2024 ha examinado el expediente y ha adoptado el siguiente acuerdo:

Dictaminar favorablemente sobre la revisión de las tarifas del servicio de transporte urbano de viajeros en taxi solicitada por el ayuntamiento que se relaciona a continuación:

MANACOR

Abaixament de bandera dia

2,18 €

Abaixament de bandera nit o dia festiu

2,18 €

Tarifa 1: quilòmetre recorregut en dia laborable

0,96 €

Tarifa 2: quilòmetre recorregut en dia festiu o nit

1,10 €

Hora d'espera en dia laborable

17,65 €

Hora d'espera nit o festiu

17,65 €

Suplements:

Radiotelèfon

1,02 €

Maletes

0,55 €

 

Fundamentos de derecho

1. El Real Decreto 2226/1977, de 27 de agosto, sobre autorizaciones de aumento de tarifas de servicios de competencia local (BOE núm. 207, de 30 de agosto).

2. La Orden ministerial de 30 de septiembre de 1977, por la que se dictan normas complementarias del Real Decreto 2226/1977, de 27 de agosto, sobre tramitación de expedientes de modificación de tarifas de los servicios de competencia local (BOE núm. 241, de 8 de octubre).

3. El Real decreto 2695/1977, de 28 de octubre, sobre normativa en materia de precios (BOE núm. 260, de 31 de octubre).

4. El Real decreto ley 7/1996, de 7 de junio, sobre medidas urgentes de carácter fiscal y de fomento y liberalización de la actividad económica (BOE núm. 139, de 8 de junio).

5. El Decreto 30/2013, de 14 de junio, por el que se crea la Comisión de Precios del Agua y los Transportes Urbanos y se regula su composición y funcionamiento (BOIB núm. 85, de 15 de junio de 2013).

6. Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB ext. nº 21, de 15 de febrero de 2021).

 

Propuesta de resolución

Propongo a la consejera de Vivienda, Territorio y Movilidad, que dicte resolución en los siguientes términos:

1. Autorizar, de acuerdo con el dictamen de la Sección de Precios de Transporte Urbano, la revisión de las tarifas del servicio de transporte urbano de viajeros en taxi del municipio de Manacor de acuerdo con el hecho tercero de esta Resolución.

2. Notificar la resolución a las entidades interesadas.

3. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

4. Esta resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar su resolución en los mismos términos.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante la consellera de Vivienda, Territorio y Movilidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la notificación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la notificación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, 8 de mayo de 2024

La consejera de Vivienda, Territorio y Movilidad Marta Vidal Crespo

La directora general que propone María Lorena del Valle Alonso