Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
AYUNTAMIENTO DE LLUCMAJOR
Núm. 298662
Nombramiento de un (1) Técnico Medio de Administración General funcionario de carrera de la Escala administración general, subescala Gestión, del grupo A, subgrupo A2, del Ayuntamiento de Llucmajor
Por Resolución de esta Alcaldía de día 8 de mayo de 2024, se ha dictado lo siguiente:
Antecedentes
Primero.- Vista la convocatoria del proceso de estabilización por el sistema de concurso-oposición para la cobertura de una (1) plaza de personal funcionario de carrera de la Escala administración general, subescala Medio, del grupo A, subgrupo A2, del Ayuntamiento de Llucmajor las bases de la cual se publicaron en el BOIB n.º 154 de 26 de noviembre de 2022 y el anuncio de la cual se publicó en el BOE n.º 304 de 20 de diciembre de 2022.
Segundo.- Con fecha 29 de abril de 2024 el Tribunal calificador de las pruebas selectivas para el abastecimiento de una plaza de Técnico Medio de Administración General ha publicado la lista definitiva de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo, proponiendo a la Alcaldesa del Ayuntamiento de Llucmajor que sean nombrados/as como personal funcionario de carrera.
Tercero.- Con fecha 29 de abril de 2024 se publicó la Resolución del regidor delegado de recursos humanos y función publica nº. 2024001425 de día 29 de abril de 2024 en la cual se establece que el Sr. Matias Veñy Orell ha superado el proceso selectivo de concurso-oposición.
Cuarto.- Con fecha 24 de abril de 2024 se publicó el anuncio de valoración de méritos y requisitos de las personas aspirantes realizado por el Tribunal.
Dado que en las Bases que regulan esta convocatoria se prevé que los aspirantes que se declaren seleccionados por el Tribunal calificador tendrán que ser nombrados funcionarios de carrera.
En consecuencia,
RESUELVO
PRIMERO.- Nombrar FUNCIONARIO DE CARRERA de la escala de Administración general, subescala Medio, del grupo A, subgrupo A2, derivada de la Oferta de Ocupación Pública extraordinaria del Ayuntamiento de Llucmajor a la siguiente persona:
SEGUNDO.- Una vez publicado el nombramiento, para adquirir la condición de funcionario de carrera se tiene que efectuar el juramento o la promesa de acatar la Constitución, el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y el ordenamiento vigente y tomar posesión en el plazo reglamentario.
TERCERO.- El aspirante nombrado funcionario de carrera en la parte dispositiva primera de la presente resolución tendrá que efectuar la toma de posesión en el plazo de tres días hábiles a contar a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución de nombramiento en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Antes de tomar posesión del puesto adjudicado, la persona interesada tiene que hacer constar que no ocupa ningún puesto de trabajo ni realiza ninguna actividad en el sector público de las que se comprenden en el artículo 1 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas. Si llevan a cabo alguna actividad privada, incluidas las de carácter profesional, lo tiene que declarar en el plazo de diez días hábiles a contar a partir del día siguiente a la toma de posesión, para que el órgano competente acuerde la declaración de compatibilidad o de incompatibilidad.
CUARTO.- Notificar el presente acuerdo a la persona aspirante nombrada funcionario de carrera en la parte dispositiva primera de la presente resolución.
QUINTO.- Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la página web del Ayuntamiento de Llucmajor.
SEXTO.- Dar traslado de esta Resolución al Pleno del Ayuntamiento, así como a la Unidad de Recursos Humanos por su conocimiento y efectos oportunos.
Contra esta resolución los interesados podrán interponer un recurso potestativo de reposición ante este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar del día siguiente de la publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
También podrán interponer alternativamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo con sede en Palma, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en los artículos 30, 112.3 y 114.1 c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
En caso de optar por interponer el recurso de reposición, no se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo hasta que se haya notificado la resolución expresa del recurso de reposición o haya transcurrido un mes desde su interposición sin haber recibido la notificación, fecha en que se podrá entender desestimado por silencio administrativo.
Todo ello sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno.
Llucmajor, 9 de mayo de 2024
La alcaldesa María Francisca Lascolas Rosselló