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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE FAMILIAS Y ASUNTOS SOCIALES

Núm. 294841
Extracto de la resolución de la consejera de Familias y Asuntos Sociales por la que se aprueba, con carácter de urgencia, la convocatoria de subvenciones para la organización de actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil que lleven a cabo entidades locales y asociaciones de familias de alumnado de las Illes Balears para facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral durante las vacaciones escolares 2024-2025

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Texto

De conformidad con lo que prevén los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Entes, entidades y personas beneficiarias

Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las siguientes personas jurídicas:

a) En cuanto a la Línea A:

Ayuntamientos, entidades locales menores y mancomunidades, así como sus dependientes.

b) En cuanto a la línea B:

Asociaciones de familias de alumnado de centros docentes, inscritas en el censo de asociaciones de padres y madres de alumnos regulado en el artículo 6 del Decreto 188/2003, de 28 de noviembre, por el cual se regulan las asociaciones de padres y madres de alumnos y las federaciones o confederaciones de éstas, o bien en el Registro de Entidades Jurídicas que gestiona la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, como asociaciones de padres y madres de centros docentes.

Segundo. Objeto

El objeto de esta convocatoria es subvencionar la organización de actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil que lleven a cabo entidades locales y asociaciones de familias de alumnado de centros docentes radicadas en las Illes Balears para facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral durante las vacaciones escolares 2024-2025, especialmente entre aquellas unidades familiares con mayor necesidad de protección.

La convocatoria se desarrolla mediante las dos líneas siguientes:

Línea A: ayudas a entidades locales de las Islas Baleares.

Línea B: ayudas a asociaciones de familias de alumnos de las Islas Baleares.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de día 5 de marzo de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de servicios sociales y de juventud (BOIB núm. 34, de 11 de marzo de 2021 ).

Cuarto. Crédito

Se destina a esta convocatoria la cantidad global de 1.050.000 €, distribuidos de la siguiente manera:

a) Línea A (entidades locales): 900.000,00 €, con cargo a las siguientes partidas de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2024:

— 300.000,00 € con cargo a la partida 17201 323A01 46001 00 (transferencias corrientes justificables a ayuntamientos).

— 300.000,00 € con cargo a la partida 17201 323A01 46401 00 (transferencias corrientes justificables a empresas públicas y otros entes públicos de corporaciones locales).

— 300.000,00 € con cargo a la partida 17201 323A01 46901 00 (transferencias corrientes justificables a otros entes territoriales).

b) Línea B (asociaciones de familias de alumnado): 150.000,00 €, con cargo a la partida 17201 323A01 48000 00 (transferencias corrientes a familias y entidades sin ánimo de lucro).

En el momento de la concesión estas partidas deben quedar debidamente territorializadas. Esta territorialización no requerirá modificación alguna de la convocatoria.

Quinto. Importe

El importe de la subvención será el que se indica en el cuadro del punto 6.1 de la convocatoria.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes deben presentarse en los dos plazos siguientes:

— En cuanto a las actividades de Navidad de 2023, Semana Santa de 2024 y verano de 2024, en un plazo de diez días hábiles desde del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

— En cuanto a las actividades de Navidad de 2024 y Semana Santa de 2025, desde el 2 de septiembre al 11 de octubre de 2024, teniendo en cuenta lo previsto en el punto 10.1.

 

Palma, (firmado electrónicamente: 26 de abril de 2024)

La consejera de Familias y Asuntos Sociales Catalina Cirer Adrover