Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 299457
Notificación de Resolución de Revocación Total a los beneficiarios de las ayudas, exps. 006 y 007 de fecha 28 de abril de 2024, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 18 de noviembre de 2020 por la que se convocan ayudas para dar apoyo a proyectos piloto y al desarrollo de nuevos productos, prácticas, procesos y tecnologías, para el año 2020
El apartado 9.3. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 29 de agosto de 2018 por la que se convocan, ayudas para dar apoyo a proyectos piloto y al desarrollo de nuevos productos, prácticas, procesos y tecnologías, para el años 2020, especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas
El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, con fecha 28 de abril de 2024, firmó la siguiente resolución,
"INFORME PROPUESTA Y RESOLUCIÓN DE REVOCACIÓN TOTAL
Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020
Medida 16.2- Apoyo para proyectos piloto y para al desarrollo de nuevos productos, prácticas, procesos y tecnologías
Convocatoria: COPPI2020_1
Código SIA: 2352533
Código BDNS: 534339
Antecedentes
1.Con fecha 21 de noviembre de 2020 se publicó, en el BOIB nº198, la Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan subvenciones para apoyar proyectos piloto y al desarrollo de nuevos productos, prácticas, procesos y tecnologías para el 2020.
2. En fecha 10/09/2021 El vicepresidente del FOGAIBA resolvió favorablemente la concesión de la ayuda a favor de los interesados que figuran en el Anexo I con las fechas e importes que figuran en el citado anexo, financiado 100% por el ITS 2021.
3. Dada la mencionada Resolución de concesión de la ayuda, y de acuerdo con lo que establece el apartado décimo de la convocatoria antes mencionada, el beneficiario se obliga, entre otros, a realizar las actuaciones auxiliadas dentro del plazo establecido ya justificar los gastos relacionados con la inversión para la recepción de los fondos comunitarios en la forma y plazos determinados en la convocatoria.
4. Una vez finalizado el plazo para realizar y justificar las inversiones aprobadas, en las fechas detalladas en el Anexo I se notifica a los interesados un trámite de audiencia, requiriéndoles la presentación de la solicitud de pago por el proyecto concedido, concediéndoles 15 días hábiles para presentar la documentación justificativa, y comunicándoles que una vez transcurrido el plazo sin subsanar la deficiencia, se revocará la ayuda, de acuerdo con el artículo 92.1 del Reglamento de la Ley de subvenciones citado.
5. El artículo 43 del Texto refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, dispone que “Pertoca la revocación de la subvención cuando, posteriormente a la resolución de concesión válida y ajustada a derecho , el beneficiario incumple total o parcialmente las obligaciones o compromisos contraídos a los que está condicionada la eficacia del acto de concesión de la subvención. Como consecuencia de la revocación de la subvención, queda sin efecto, total o parcialmente, el acto de concesión y procede el reintegro de las cantidades indebidamente percibidas”.
6. A fecha de hoy, las personas beneficiarias que figuran en el Anexo I no han presentado la solicitud de pago ni han justificado las inversiones objeto de la subvención, por lo que procede la revocación de la ayuda concedida.
Fundamentos de derecho
1.Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se convocan subvenciones para apoyar proyectos piloto y el desarrollo de nuevos productos, prácticas, procesos y tecnologías para el año 2020.
2.Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
3.Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
4.Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones.
5.Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.
6.Orden del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears 2014-2020.
7.Ley 39/2015, de régimen jurídico de las administraciones públicas.
Propuesta de Resolución
Por todo ello, se propone al vicepresidente del FOGAIBA que dicte resolución en los siguientes términos:
1.Proceder a la revocación total de las resoluciones de ayuda concedidas a los beneficiarios finales por los importes y con los plazos detallados en el Anexo I, que son un total de 2 expedientes y 8 beneficiarios finales, y que comienza con GREGAL SAT BA- 106 y termina con SABINAS CALA D' HORT SL, que suma un total de 259.677,89 €, correspondiente a los expedientes COPPI 2020_1/006 y COPPI 2020_1/007, debido al incumplimiento de la obligación de realizar y justificar las inversiones concedidas en el plazo establecido y no haber presentado la solicitud de pago.
2.Declarar concluido el procedimiento y archivar los expedientes COPPI 2020_1/006 y COPPI 2020_1/007.
3.Notificar esta resolución mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Contra esta resolución -que no agota la vía administrativa- se puede interponer recurso de alzada ante el consejero de Agricultura, Pesca y Medio Natural, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución , de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears, y los artículos 121 y 122, de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Palma, a fecha de la firma electrónica |
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La jefe de la Sección I |
La jefe del Servicio de Ayudas al Desarollo Rural |
María Angeles Pérez Ribas |
Gema Canós Franch |
Conforme con la Propuesta , dicto Resolución El vicepresidente del FOGAIBA |
Fernando Fernández Such” |
ANEXO I: RELACIÓN DE BENEFICIARIOS COPPI 2020_1
Medida 16.2 Subvenciones para proyectos piloto y apoyo al desarrollo de nuevos productos, prácticas, procesos y tecnologías
EXPT. |
COORDINADOR Beneficiario directo |
NIF |
BOIB concesión |
Plazo |
BENEFICIARIO FINAL |
NIF |
Importe ayuda concedida |
Ayuda a revocar ITS (100% CAIB) |
Ayuda a revocar por expediente |
MOTIVO REVOCACIÓN |
COPPI20_1/006 |
GREGAL SAT BA-106 |
V57824054 |
Núm.128 de 16/9/21 (PRO1) Resolució del vicepresident del FOGAIBA de dia 10 de setembre de 2021. |
24 m |
GREGAL SAT BA-106 |
V57824054 |
94.719,61 |
94.719,61 |
181.911,61 € |
En data 08/03/24 se li notifica que presenti la sol·licitud de pagament. A data d'avui no l'ha presentat. |
MALLORCAN NEW POTATOES, SAT |
V57373540 |
60.912,00 |
60.912,00 |
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AGRONATURA SAT BA-01 |
V07803919 |
26.280,00 |
26.280,00 |
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COPPI20_1/007 |
MARIA ISABEL JUAN TORRES |
**4599*** |
Núm.128 de 16/9/21 (PRO1) Resolució del vicepresident del FOGAIBA de dia 10 de setembre de 2021. |
24 m |
M ISABEL JUAN TORRES |
**4599*** |
7.539,33 |
7.539,33 |
77.766,28 € |
En data 11/03/24 se li notifica que presenti la sol·licitud de pagament. A data d'avui no l'ha presentat. |
JESSICA DUNLOP |
**0397*** |
36.676,89 |
36.676,89 |
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ISIDRO RAMIS PRATS |
**4577*** |
15.495,00 |
15.495,00 |
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JOSEFA PRATS CRUZ |
**4605*** |
14.507,34 |
14.507,34 |
|||||||
SABINAS CALA D'HORT SL |
B87219812 |
3.547,72 |
3.547,72 |
|||||||
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2 |
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8 |
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259.677,89 |
259.677,89 |
259.677,89 |
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N.º EXPEDIENTES |
N.º BENEFICIARIOS FINALES |
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TOTAL AJUDA |
TOTAL CAIB |
Palma, a fecha de la firma electrónica (10 de mayo de 2024)
El director gerent del FOGAIBA Joan Josep Coll Bibiloni