Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE INCA
Núm. 296868
Rectificación de la convocatoria y las bases para la cobertura de una plaza vacante de personal funcionario de carrera Administrativo (Grupo C1) del Ayuntamiento de Inca mediante sistema de concurso-oposición por turno libre
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Inca, en su sesión de día 8 de mayo de 2024, adoptó los siguientes acuerdos:
«La Junta de Gobierno, a su sesión de día 24 de abril de 2024 aprobó la convocatoria y las bases para la cobertura de 1 plaza vacante de personal funcionario de carrera Administrativo (Grupo C Subgrupo C1) del Ayuntamiento de Inca intermediando sistema de concurso-oposición y por turno libre.
Una vez publicadas estas bases en el BOIB n.º 59 de 4 de mayo, se ha detectado que por error no se incorporaron las modificaciones aprobadas en la mesa de negociación de personal funcionario de días 22 y 24 de abril de 2024 y que hacían referencia a las bases décima y duodécima y a su anexo II, por lo cual se tiene que proceder a la rectificación de las bases para incorporarlas.
Por todo aquello expuesto, se elevan a la consideración de la Junta de Gobierno las siguientes PROPUESTAS De ACUERDO:
Primero.- Rectificar las bases de la convocatoria por el motivo expuesto, de forma que su redacción quedaría de la siguiente manera:
- En la base décima, donde dice:
«B.2. Estar en posesión de una titulación académica distinta a la que se acredita como requisito, y del mismo nivel o de un nivel superior. Hasta 3 puntos.»
tiene que decir:
«B.2. Estar en posesión de una titulación académica de un nivel superior a la que se acredita como requisito. Hasta 3 puntos.»
- En la base duodécima, donde dice:
«La calificación final del proceso que será la suma aritmética de la calificación definitiva de la fase de oposición y de la calificación definitiva del concurso, y se publicará en la página web del Ayuntamiento.»
tiene que decir:
«La calificación final del proceso que será la suma aritmética de la calificación definitiva de la fase de oposición y de la calificación definitiva del concurso, y se expondrá en la página web del Ayuntamiento. En caso de que se produzca empate en la puntuación, se tiene que resolver teniendo en cuenta, sucesivamente, los siguientes criterios:
1. Quién tenga la nota más alta a la fase de oposición.
2. Quién tenga la puntuación más alta del tipo test.
3. Si el empate persiste, se realizará un sorteo.»
- En el anexo II, relativo al modelo de instancia, se tiene que incorporar un apartado para escoger la lengua en la cual se quieren hacer los ejercicios de la fase de oposición:
Donde dice:
"Por todo lo expuesto,
SOLICITO:
Ser admitido/a al correspondiente proceso selectivo."
Tiene que decir:
"Por todo lo expuesto,
SOLICITO:
Ser admitido/a al correspondiente proceso selectivo,
y MANIFIESTO: (marca con una cruz una opción):
____ Que tengo intención de realizar los ejercicios que figuran en la fase de oposición en lengua catalana.
____ Que tengo intención de realizar los ejercicios que figuran en la fase de oposición en lengua castellana.)"
Segundo.- Publicar esta rectificación en el BOIB y en la página web del Ayuntamiento.»
(Firmado electrónicamente: 9 de mayo de 2024)
El alcalde presidente Virgilio Moreno Sarrió