Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA Y MEDIO NATURAL
Núm. 296855
Resolución del consejero de Agricultura, Pesca y Medio Natural por la que se ordena el archivo de las actuaciones del procedimiento de elaboración del Decreto por el que se regula la actividad de agroestancias en explotaciones agrarias preferentes en la isla de Mallorca
Antecedentes
1. En fecha 10 de marzo de 2021, se sustanció el trámite de consulta previa relativa al proyecto de Decreto por el que se regula la actividad de agroestancias en explotaciones agrarias preferentes en la isla de Mallorca.
2. En fecha 2 de mayo de 2024, el director general de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural emitió la Propuesta de archivo de las actuaciones del procedimiento de elaboración del Decreto por el que se regula la actividad de las agroestancias en explotaciones agrarias preferentes en la isla de Mallorca.
3. Cabe considerar el tiempo transcurrido desde la consulta previa, así como la falta de regulación de la figura de las agroestancias en la ley en materia turística, que hizo inviable continuar el procedimiento de elaboración normativa.
Consideraciones jurídicas
1. El artículo 55.1 de la Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears, prevé que, previamente a la elaboración del anteproyecto de ley o del proyecto de reglamento, se sustanciará una consulta pública, de acuerdo con la normativa básica estatal. A tal efecto, el consejero competente para iniciar el procedimiento tiene que ordenar el inicio de una consulta pública a través del sitio web, con el fin de que la ciudadanía pueda emitir su opinión durante un plazo adecuado a la naturaleza de la materia y, en todo caso, no inferior a diez días.
2. El artículo 49,1 de la Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears, prevé que, en el ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria, el Gobierno de las Illes Balears actuará de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, eficiencia, calidad y simplificación, establecidos en la normativa estatal básica. La exposición de motivos o el preámbulo, según se trate, tienen que informar, respectivamente, sobre la adecuación de los anteproyectos de ley o de los proyectos de reglamento a estos principios.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1. Dar por finalizado el procedimiento de elaboración del Decreto por el que se regula la actividad de las agroestancias en explotaciones agrarias preferentes en la isla de Mallorca.
2. Ordenar el archivo de las actuaciones del procedimiento de elaboración del Decreto por el que se regula la actividad de las agroestancias en explotaciones agrarias preferentes en la isla de Mallorca.
3. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 9 de mayo de 2024
El consejero de Agricultura, Pesca y Medio Natural Joan Simonet Pons