Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
Núm. 295937
Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se autoriza la modificación de la configuración, con el aumento de dos unidades de educación especial básica (EEB), del centro privado concertado de educación especial Joan XXIII
Hechos
1. El 3 de mayo de 2023 (GOIBE292709/2023), el Patronato de la Agrupación Prominusválidos Psíquicos de la Comarca de Inca, con CIF G07064199, presentó una solicitud de modificación de la autorización con la ampliación de una unidad de educación especial básica, en el edificio del centro específico Joan XXIII, con efectos del curso 2023-2024. Adjuntó a la solicitud, los planos de planta del centro, a escala 1/100.
2. El 6 de septiembre de 2023, el arquitecto del servicio de Centros, emitió informe favorable para la configuración solicitada, dado que la documentación presentada cumplía con la normativa de aplicación vigente en materia de espacios.
3. El 14 de septiembre de 2023, recibido el informe del Servicio de Centros, la directora del CCEE Joan XXIII con código 07008326, solicitó una visita de obras para justificar que las instalaciones se ajustaban a los planos aprobados.
4. La Resolución del consejero de Educación y Universidad de 22 de enero de 2024 (BOIB nº11 de 23 de enero) autorizó el cambio de denominación del centro privado concertado de educación especial (CCEE) Joan XXIII, con código de centro 07008326, en CCEE Joan XXIII y el cambio de la titularidad del centro, que pasó a ser de la Fundación Patronato J23, de Inca. Con esta autorización, el centro quedó configurado de la siguiente forma:
Código de centro: 07008326
Denominación genérica: centro privado concertado de educación especial
Denominación específica: Joan XXIII
Titular: Fundació Patronat J23 d'Inca (CIF G72519879)
Domicilio: c. Menorca,55
Municipio: Inca
CP: 07300
5. El 29 de enero de 2024, la Fundació Patronat J23 d'Inca con CIF G72519879, presentó, una nueva solicitud (GOIBE55326/2024) de modificación de la autorización con la ampliación de una unidad más de educación especial básica. Con esta solicitud y la anterior, el total de unidades para el curso 2024-2025 será de 13 unidades. Adjuntó los planos de planta del centro.
6. El 4 de abril de 2024, el arquitecto del servicio de Centros, emitió informe favorable de la visita realizada al centro día 27 de marzo de 2024, dado que se constató la adecuación de los espacios donde se ubican las nuevas unidades de EEB y la documentación presentada cumplía con la normativa de aplicación vigente en materia de espacios.
7. El 29 de abril de 2024, la jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió informe favorable sobre la modificación de la configuración, con el aumento de dos unidades de educación especial básica (EEB), del centro privado concertado de educación especial Joan XXIII y que había sido informado favorablemente por la Jefa del Servicio de Centros.
8. En el 7 de mayo de 2024, la directora general de Planificación y Gestión Educativas, propuso la autorización de la modificación de la configuración, con el aumento de dos unidades de educación especial básica (EEB), del centro privado concertado de educación especial Joan XXIII.
Fundamentos de derecho
1. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la Educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).
2. La Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, (BOE núm. 340, de 30 de diciembre), por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, (BOIB núm. 106, de 4 de mayo).
3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril).
4. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de Educación de las Illes Balears, (BOIB núm. 38 de 17 de marzo), que establece en el artículo 102, punto 2, de creación de centros que la creación, supresión y transformación de centros privados debe someterse a la autorización administrativa correspondiente.
5. El Decreto 39/2011, de 29 de abril, por el que se regula la atención a la diversidad y la orientación educativa en los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos (BOIB núm. 67, de 5 de mayo).
6 . La Resolución del consejero de Educación y Universidad de 5 de julio de 2018 por la que se modifica la Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidad de día 13 de mayo de 2015, por la que se establecen con carácter provisional los requisitos mínimos de espacio en los centros específicos de educación especial (CEE) y en las aulas sustitutorias de centro específico (ASCE) ubicadas en centros ordinarios (BOIB núm. 95, 2 de agosto).
7. La Resolución del consejero de Educación y Universidad de 2 de mayo de 2018 por la que se modifica la Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades, de día 25 de marzo de 2015 por la que se regulan los ratios en los centros específicos de educación especial, y se establecen los ratios de los programas de formación para la transición de la vida adulta (TVA) para los alumnos escolarizados en los centros específicos de educación especial (CEE) y en las aulas ASCE (aulas sustitutorias de centro especial), (BOIB núm. 61, de 17 de mayo).
8. La Resolución del consejero de Educación y Universidad de 19 de octubre de 2017 por la que se establecen los tipos de unidades de cada una de las etapas de la educación especial para los centros sostenidos total o parcialmente con fondos públicos al nivel de la educación especial (BOIB núm. 133, de 31 de octubre).
9. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 1 de marzo), que establece, en el artículo 36.2, que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.
10. Decreto 1/2024, de 4 de enero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura Orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio, y por el Decreto 17/2023, de 23 de agosto. (BOIB núm. 3, de 5 de enero).
Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas con fecha 7 de mayo de 2024, dicto la siguiente
Resolución
1. Autorizar, con efectos desde el inicio del curso escolar 2023-2024, la modificación de la configuración, con el aumento de una unidad de educación especial básica (EEB), del centro privado concertado de educación especial Joan XXIII.
Educación especial básica (EEB): 12 unidades, distribuidas de la siguiente manera:
2. Autorizar, con efectos desde el inicio del curso escolar 2024-2025, la modificación de la configuración, con el aumento de una unidad más de educación especial básica (EEB), del centro privado concertado de educación especial Joan XXIII.
Educación especial básica (EEB): 13 unidades, distribuidas de la siguiente manera:
3. Determinar que, como consecuencia de estas autorizaciones, el centro queda configurado de la siguiente forma:
Código de centro: 07008326
Denominación genérica: centro privado concertado de educación especial
Denominación específica: Joan XXIII
Titular: Fundació Patronat J23 d'Inca (CIF G72519879)
Domicilio: c. Menorca, 55
Municipio: Inca
CP: 07300
Enseñanzas autorizadas
4. Inscribir esta autorización en el Registro estatal de centros docentes (RCD) del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y en el Registro Autonómico de la Consejería de Educación y Formación Profesional (Repositorio).
5. Poner en conocimiento del citado centro que queda obligado a cumplir la legislación vigente y a solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando deba modificarse cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución. De lo contrario, se revocará la autorización otorgada.
6. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al día en que se publique en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, a fecha de la firma electrónica (8 de mayo de 2024)
El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany