Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA
Núm. 295296
Resolución del Consejero de Empresa, Empleo y Energía por la cual se corrige el error observado en el anexo de la Resolución del del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 15 de febrero de 2023 por la que se conceden subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (Programas 4 y 5)
Hechos
1. El 11 de septiembre de 2021, en el BOIB n.º 125, se publicó la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021 por la cual se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo, modificada por la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 19 de octubre de 2022 (BOIB núm.137, de 22 de octubre de 2022).
2. El 15 de febrero de 2023, se emitió la Resolución del del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática por la que se conceden subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (Programas 4 y 5) (BOIB núm.26, de 28 de febrero de 2023).
3. Con posterioridad, se ha detectado un error en el anexo de la Resolución mencionada en cuanto al NIF de uno de los beneficiarios que figuran en él.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
2. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dispone que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actas y disposiciones administrativas corresponde al órgano que ha dictado el acto o la disposición.
Así mismo, la rectificación de errores tiene que especificar, si procede, los efectos jurídicos que se derivan y se tiene que notificar o publicar preceptivamente cuando haga referencia a actas que han sido notificados o publicados.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1. Corregir el error advertido en el anexo de la Resolución del del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 15 de febrero de 2023 por la que se conceden subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (Programas 4 y 5) (BOIB núm.26, de 28 de febrero de 2023), en los términos siguientes:
Donde dice:
ANEXO Lista de beneficiarios propuestos para otorgarles la subvención
Expediente |
fecha registro de entrada |
Solicitante |
NIF |
Partida presupuestaria |
Tipo de inversión |
Importe inversión (€) |
Importe subvención (€) |
---|---|---|---|---|---|---|---|
NEXTG45-2024/2021 |
13/12/2021 |
MORA SORELL, JUAN |
***2686** |
2023/G/731A01/78000/00/19701/MR021 |
Instalación FV 5.94 kWp conectada a red |
8.507,80 |
3.564,00 |
Debe decir:
ANEXO Lista de beneficiarios propuestos para otorgarles la subvención
Expediente |
fecha registro de entrada |
Solicitante |
NIF |
Partida presupuestaria |
Tipo de inversión |
Importe inversión (€) |
Importe subvención (€) |
---|---|---|---|---|---|---|---|
NEXTG45-2024/2021 |
13/12/2021 |
MORA SORELL, JUAN |
***4966** |
2023/G/731A01/78000/00/19701/MR021 |
Instalación FV 5.94 kWp conectada a red |
8.507,80 |
3.564,00 |
Palma, 6 de mayo de 2024
El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez Por delegación del consejero de Empresa, Empleo y Energía (BOIB núm. 103, de 22/07/2023)