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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ALGAIDA

Núm. 288062
Aprobación establecimiento del acuerdo regulador del precio público de la prestación de servicio docente de la Escuela de Música Municipal de Algaida

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

​​​​​Se hace público por el general conocimiento que el Plenario del Ayuntamiento, en la sesión ordinaria celebrada en fecha 6 de mayo de 2024, aprobó el Acuerdo Regulador del precio público de la prestación de servicio docente de la Escuela de Música Municipal de Algaida.

Según prevé el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, el texto íntegro del Acuerdo Regulador se publicará en el BOIB y será de aplicación a partir del día siguiente de su publicación en el BOIB.

Se inserta el texto íntegro del acuerdo regulador del precio público.

 

Algaida, (firmado electrónicamente: 6 de mayo de 2024)

La alcaldesa Margarita Fullana Arrom

 

ACUERDO REGULADOR DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DOCENTES DE LA ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA DE ALGAIDA

Artículo 1.- Fundamentos y naturaleza

De acuerdo con el que prevén los artículos 127 y 41 del Texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales (Real decreto legislativo 2/2004), el Ayuntamiento de Algaida establece el precio público por la prestación de los servicios docentes de la Escuela Municipal de Música de Algaida.

Artículo 2.- Obligación de pago

La obligación de pagar el precio público nace desde que se inicia la prestación de los servicios en la Escuela Municipal de Música de Algaida.

Artículo 3.- Obligados al pago

Están obligados a pagar el precio público quienes se beneficien de los servicios prestados o, en su caso, los padres, madres o tutores legales si el beneficiario es menor.

Artículo 4. Servicios

Los servicios educativos docentes que se ofrecen en la Escuela Municipal de Música de Algaida son los siguientes:

- Introducción en el mundo de la música (música y movimiento) para niños y niñas a partir de los 3 años.

- Sensibilización municipal para niños de 4 y 5 años.

- Lenguaje musical: desde iniciación hasta cuarto curso para los niños y jóvenes.

- Lenguaje musical por adultos: alumnos de más de 18 años que quieran iniciarse o completar estudios de esta materia.

- Banda infantil/juvenil: los alumnos aprenden a tocar en una formación musical siguiendo un director e interpretando conjuntamente una partitura. Esta asignatura es obligatoria a partir del segundo curso de un instrumento.

- Canto coral/conjunto vocal: los alumnos aprenden que técnicas de voz y el canto en una formación vocal. Esta asignatura es obligatoria a partir de los cursos de sensibilización, hasta 1.º de lenguaje musical.

A partir de 2.º de lenguaje musical, el alumnado tiene que seguir, o bien cursando canto coral, o bien cursando banda infantil/juvenil, o bien ambas asignaturas.

- Piano.

- Percusión.

- Guitarra y otros instrumentos de cuerdas pulsadas.

- Instrumentos de viento-metal: trompeta, trombón, bombardino, trompa y tuba.

- Instrumento de viento-madera: clarinete, saxófono, flauta y oboe.

- Instrumentos tradicionales: flautín, tamboril, xeremías.

- Armonía musical.

- Música de cámara/combo: prácticas en pequeño grupo instrumental.

- Perfeccionamiento y práctica vocal: clase específica individual de perfeccionamiento de la práctica vocal.

- Canto coral para padres/adultos

En todo caso, la realización de las asignaturas en cada curso escolar quedará condicionado a la demanda y será fijado por la dirección del centro.

Artículo 5.- Cuantía

La cuantía del precio público será la fijada a las tarifas contenidas en los apartados siguientes.

Matrícula anual: 35,00 € (a abonar en el momento de la matriculación)

 

 

CURSO EMMA

CURSO ESCOLAR

AÑOS

CLASE GRUPAL/LENGUAJE MUSICAL

CANTO CORAL

CLASE INDIVIDUAL (INSTRUMENTO/VOZ)

BANDA JOVEN

COMBO/CAMBRA

TOTAL

Familia numerosa o monoparental (20%)

Miembro de la Banda de Música d'Algaida (10%)

Duración semanal

Música i movimiento 3 años

Infantil 3

3-4

29,00 €

 

 

 

 

29,00 €

23,20 €

26,10 €

50 min

Sensibilización 4 años

Infantil 4

4-5

29,00 €

 

 

 

 

29,00 €

23,20 €

26,10 €

50 min

Sensibilización 5 años

Infantil 5

5-6

29,00 €

 

 

 

 

29,00 €

23,20 €

26,10 €

50 min

Iniciación A

1r primero

6-7

33,00 €

15,00 €

 

 

 

48,00 €

38,40 €

43,20 €

90+60 min

Iniciación B

2n primero

7-8

33,00 €

15,00 €

29,00 €

 

 

77,00 €

61,60 €

69,30 €

90+60+30 min

1r

3r primero

8-9

33,00 €

15,00 €

40,00 €

 

 

88,00 €

70,40 €

79,20 €

90+60+45 min

2n A

4t primero

9-10

33,00 €

15,00 €

40,00 €

15,00 €

 

103,00 €

82,40 €

92,70 €

90+60+45+60 min

2n B

5è primero

10-11

33,00 €

15,00 €

40,00 €

15,00 €

 

103,00 €

82,40 €

92,70 €

90+60+45+60 min

3r

6è primero

11-12

33,00 €

15,00 €

40,00 €

15,00 €

 

103,00 €

82,40 €

92,70 €

90+60+45+60 min

4t

1r ESO

12-13

33,00 €

15,00 €

40,00 €

15,00 €

40,00 €

143,00 €

114,40 €

128,70 €

90+60+45+60+45 min

Curso examen Grado Elemental

2n ESO

13-14

33,00 €

15,00 €

40,00 €

15,00 €

40,00 €

143,00 €

114,40 €

128,70 €

90+60+45+60+45 min

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Coral

 

+6

 

15,00 €

 

 

 

15,00 €

 

 

60 min

Lenguaje (adulto)

 

+18

33,00 €

 

 

 

 

33,00 €

 

 

90 min

Iniciación instrumento (adulto)

 

+18

 

 

40,00 €

 

 

40,00 €

 

 

45 min

Avance instrumento (adulto)

 

+18

 

 

70,00 €

 

 

70,00 €

 

 

75 min

No obstante lo anterior, para incentivar y promocionar los estudios de determinados instrumentos, el Ayuntamiento se reserva la posibilidad de establecer al inicio de cada curso, una o varias bonificaciones del precio público.

Artículo 6.- Normas de gestión

1. Las tarifas mensuales se tienen que abonar dentro de los quince primeros días del mes siguiente por domiciliación bancaria al número de cuenta corriente indicado por los usuarios en la hora de llevar a cabo la matriculación.

2. En los meses de septiembre y junio, si el servicio no se presta durando más de la mitad del mes, se llevará a cabo el prorrateo de las tarifas en un 50%.

3. La bonificación por familia numerosa, por familia monoparental y para formar parte de la Banda de Música de Algaida no es acumulable. En caso de que concurran ambas circunstancias, únicamente se aplicará la más beneficiosa para el interesado/ada. La matrícula no es en ningún caso bonificable.

4. Las altas que se produzcan dentro de los quince primeros días de cada mes abonarán la cuota mensual. Si el alta se produce del día 16 de un mes por adelantado, se abonará el 50% de aquella mensualidad.

5. Las bajas definitivas en la prestación del servicio o las modificaciones del régimen que se curse, tienen que ser comunicadas con anterioridad en el día 20 del mes anterior en que tengan que producir efecto, y tienen que ser presentadas al registro general del Ayuntamiento de Algaida, presencial o telemáticamente, así como comunicarlo al equipo directivo de la Escuela de Música Municipal de Algaida.

Si la baja se produce con posterioridad en el día 20, tendrá efecto a partir del segundo mes posterior.

6. La inscripción como alumno en la Escuela Municipal de Música de Algaida es por todo el curso, de forma que aquellos alumnos que dejen temporalmente las clases tendrán que hacer efectivo el importe de las mensualidades correspondientes.

7. Los alumnos que se den de baja durante el curso, podrán reiniciarlo siempre y cuando haya plazas vacantes.

8. Para poderse llevar a cabo la matriculación en un curso de la Escuela Municipal de Música de Algaida, se tendrá que estar al corriente de pago de las cuotas de cursos anteriores. No se podrá llevar a cabo la matriculación de ningún alumno hasta que no haya satisfecho las mensualidades pendientes.

9. En el caso de devolución de recibos domiciliados, se llevará a cabo un aviso a los usuarios, que dispondrán de un mes para regularizar la situación. En caso de no hacerlo, aparte de la posible baja definitiva, estos recibos serán enviados por su cobro en vía ejecutiva a la Agencia Tributaria de las Islas Baleares.

10. En todo caso, implicará la baja definitiva del servicio docente el impago de los recibos en el plazo establecido durante dos meses consecutivos.

11. Si, por motivos debidamente justificados, un usuario no asiste en la Escuela de Música Municipal de Algaida durante un mes entero, se podrá solicitar la devolución del 50% de la mensualidad que le corresponda. Esta se llevará a cabo siempre que exista informe de la dirección del centro donde quede acreditado la no asistencia del usuario. De este descuento tan solo se podrán beneficiar una vez a lo largo del curso.

12. Para la aplicación de la bonificación contemplada para familias numerosas o monoparentales, se tendrá que aportar el carné de familia numerosa o familia monoparental en vigor. Para la aplicación de la bonificación para formar parte de la Banda de Música, tendrá que existir una declaración jurada que así lo declare, pudiendo la Administración llevar a cabo las comprobaciones oportunas en forma de solicitud de certificación en la dirección de la Escuela de Música Municipal de Algaida.

13. En caso de haberse efectuado el pago de la matrícula, esta no será devuelta si finalmente los usuarios no inician el curso o si se dan de baja una vez ya iniciado. Únicamente se devolvería este importe en caso de que, por motivos de la demanda, no se haya podido llevar a cabo la asignación de plaza dentro de ningún curso.

14. Las especificidades que puedan existir cada curso en relación en el calendario escolar, serán comunicadas a los usuarios con antelación. En este sentido, hay que señalar que, con carácter general, los días festivos o no lectivos no son recuperables.

15. En caso de que el número de plazas disponible en algún curso sea inferior al número de demandantes, se dará prioridad en primer lugar al hecho de que sean usuarios empadronados en el municipio y, en segundo lugar, a la fecha y hora de la realización de la matrícula del curso.

16. De forma general, todo el que no se prevé en este acuerdo se tiene que atener a aquello dispuesto en el Reglamento de régimen interno de la Escuela Municipal de Música de Algaida.

Artículo 7.- Infracciones y sanciones

Las infracciones y las sanciones en materia tributaria se tienen que regir por el que dispone la Ley general tributaria y la normativa que la despliega.

La imposición de sanciones no impide, en ningún caso, la liquidación y cobro de las cuotas defraudadas no prescritas.

DISPOSICIÓN FINAL

Esta ordenanza entra en vigor a partir del curso 2024-2025 y continuará hasta que se modifique o se derogue expresamente.