Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE ES MERCADAL

Núm. 285258
Extracto de la Resolución de Alcaldía núm. 412 de 2 de Mayo de 2024, por la que se aprueban la convocatoria y las bases de las ayudas para la colaborar con las entidades comerciales sin ánimo de lucro que realicen actividades en su ámbito de actuación en el término municipal des Mercadal

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/758820):

Primero. Beneficiarios:

1. Las personas o entidades solicitantes que se quieran acoger a estas ayudas tendrán que reunir los siguientes requisitos: 

a) Ser entidades privadas sin ánimo lucrativo y legalmente constituidas

b) Realizar actuaciones en el ámbito comercial dentro del término de Es Mercadal

c) No incurrir en ninguno de los supuestos del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones (LGS).

d) No estar incursas en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, así como en el artículo 30.4. de la misma.

2. Quedan expresamente excluidas:

a) Entidades con finalidad lucrativa, en particular todas las sociedades mercantiles y civiles.

b) Cooperativas

c) Centros docentes o de enseñanza.

d) Entidades políticas o sindicales.

e) Entidades culturales, deportivas y artísticas

Segundo. Finalidad:

Colaborar con las entidades comerciales sin ánimo de lucro que realicen actividades en su ámbito de actuación dentro del término municipal de Es Mercadal.

Tercero. Bases reguladoras:

Las bases de la convocatoria y la Ordenanza general reguladora de la concesión de subvenciones, aprobada inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento de Es Mercadal de día 11 de octubre de 2005 y publicada la aprobación definitiva y el texto íntegro en el BOIB n º. 189, de 17 de diciembre de 2005.

Cuarto. Importe:

1. Las ayudas concedidas serán atendidas con cargo a la aplicación presupuestaria 70.4313.48300 del Presupuesto General de 2024, con un importe máximo conjunto de 14.000 euros.

2. Cuando el importe de las solicitudes de ayudas sea superior a la cantidad máxima fijada en el punto anterior, estas se priorizaran según los principios y criterios establecidos en el artículo 7 de las bases.

 

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

Hasta el día 10 de Mayo de 2024

 

(Firmado electrónicamente: 6 de mayo de 2024)

El alcalde del Ayuntamiento de Es Mercadal Joan Palliser Riudavets