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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 283587
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 3 de mayo de 2024 por el que se aprueba el calendario de fiestas para el año 2025 en el ámbito de las Illes Balears

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Texto

De conformidad con el Real Decreto 98/1996, de 26 de enero, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de trabajo —ejecución de la legislación laboral— (BOE n.º 52, de 29 de febrero), y con el Decreto 31/1996, de 7 de marzo, de asunción y distribución de competencias transferidas por la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de trabajo —ejecución de la legislación laboral— (BOIB n.º 35, de 19 de marzo), corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la determinación de las fiestas laborales de ámbito local y la substitución de las fiestas a que se refiere el artículo 45 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, de regulación de jornadas, horas extraordinarias y descansos (BOE n.º 180, de 29 de julio), según la redacción dada por el Real Decreto 1346/1989, de 3 de noviembre (BOE n.º 267, de 7 de noviembre).

Asimismo, el artículo 2 del Decreto 75/1998, de 31 de julio, por el que se regula el calendario de fiestas de la comunidad autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 105, de 15 de agosto), dictado al amparo de lo dispuesto con carácter necesario en la normativa del Estado, determina que el Consejo de Gobierno, mediante un acuerdo, puede substituir las fiestas señaladas en la letra d del artículo 1 por otras que, por tradición, le sean propias, así como la posibilidad de substituir el descanso laboral del lunes de las fiestas que coinciden en domingo por otras que sean tradicionales en las Illes Balears.

Por otra parte, la Mesa Social Tripartita de las Illes Balears, en la reunión de fecha 29 de abril de 2024 ha dado la conformidad al calendario de fiestas que se acuerda.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Empresa, Trabajo y Energía, en la sesión de 3 de mayo de 2024, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:

Primero. Aprobar, de conformidad con lo dispuesto en la normativa estatal y autonómica vigente, el calendario de los días festivos para el año 2025 en el ámbito de las Illes Balears, que son los que se relacionan a continuación:

1

1 de enero

Año Nuevo

Miércoles

2

6 de enero

Epifanía del Señor

Lunes

3

1 de marzo

Día de las Illes Balears

Sábado

4

17 de abril

Jueves Santo

Jueves

5

18 de abril

Viernes Santo

Viernes

6

1 de mayo

Día del Trabajo

Jueves

7

15 de agosto

Asunción de la Virgen

Viernes

8

1 de noviembre

Todos los Santos

Sábado

9

6 de diciembre

Día de la Constitución

Sábado

10

8 de diciembre

Inmaculada Concepción

Lunes

11

25 de diciembre

Día de Navidad

Jueves

12

26 de diciembre

Segunda fiesta de Navidad

Viernes

Segundo. Dar cuenta del presente Acuerdo al Ministerio de Trabajo y Economía Social, de conformidad con la disposición final segunda del Decreto 75/1998, de 31 de julio, por el que se regula el calendario de fiestas de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

Tercero. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Palma, 3 de mayo de 2024

La secretaria del Consejo de Gobierno Antònia Maria Estarellas Torrens