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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE TERRITORIO, MOVILIDAD E INFRAESTRUCTURAS

Núm. 283411
Aprobación inicial de la modificación puntual de las Normas subsidiarias de planeamiento del municipio de Ses Salines para incluir el uso extractivo en el ámbito de la explotación minera Salinas de s’Avall 1003

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La Comisión Insular de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en sesión de día 26 de abril de 2024, ha tomado el acuerdo siguiente:

«Visto el expediente relativo a la subrogación del Consejo Insular de Mallorca en la competencia municipal para la redacción y tramitación de la modificación puntual de las Normas subsidiarias de Planeamiento de Ses Salines para incluir el uso extractivo, se propone que la Comisión Insular de Ordenación del Territorio y Urbanismo previa propuesta de la Ponencia Técnica acuerde lo siguiente:

1. Aprobar inicialmente la documentación redactada por el Servicio de Planeamiento de modificación puntual de las Normas subsidiarias de Ses Salines, para la incorporación del ámbito de suelo delimitado en la autorización minera con la calificación que sólo admita el uso extractivo, de acuerdo con la resolución del consejero de Transición Energética y Sectores Productivos de regularización de los datos de la explotación minera Salinas de s'Avall 1003.

2. De conformidad con los apartados 2, 3 y 4 del artículo 51 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Illes Balears, esta aprobación determina por ella misma y, dentro del ámbito de la modificación, la suspensión de la tramitación de procedimientos así como el otorgamiento de toda clase de autorizaciones y licencias urbanísticas y la posibilidad de presentar autorizaciones previas. Todo eso, sin perjuicio que puedan otorgarse las licencias o presentar las comunicaciones previas que se basen en el régimen vigente y sean compatibles con las determinaciones del nuevo planeamiento inicialmente aprobado.

3. En cumplimiento de lo que dispone el artículo 55 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre de urbanismo de las Illes Balears, someter el proyecto a información pública por el plazo de treinta días, mediante la publicación del anuncio en el BOIB, en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia y en la sede electrónica del Consejo Insular de Mallorca.

4. Solicitar los informes que correspondan a los organismos afectados por razón de la materia.»

En cumplimiento del acuerdo mencionado, se somete a información pública la propuesta aprobada inicialmente durante un plazo de treinta días mediante anuncio en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la dirección electrónica del Consejo Insular de Mallorca, con publicación íntegra de la documentación en este medio telemático. Durante el mencionado plazo, todas las personas que se muestren interesadas podrán consultar la documentación en horario de oficina (de 9 h. a las 14 h.) en las dependencias administrativas del Departamento de Territorio, Movilidad y Infraestructuras situadas en la calle General Riera, 113 (Llar de la Infància) de Palma, y se podrán hacer las alegaciones que correspondan dentro del mismo plazo.

El texto completo de la modificación se puede consultar en el siguiente localizador:

https://cloud3.conselldemallorca.net/index.php/s/BHq9GsPtrXfBrG6

 

Palma, en la fecha de firma electrónica (30 de abril de 2024)

La secretaria Francisca Serra Mas