Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TERRITORIO Y MOVILIDAD
Núm. 282951
Resolución de la Directora General de Movilidad por la cual se corrige el error detectado en Resolución de la Directora General de Movilidad de 23 de abril de 2024 por la que se convocan pruebas para la obtención o renovación del certificado de capacitación profesional de los Consejeros de Seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera
Hechos
1. El día 27 de abril de 2024 se publicó en el BOIB la Resolución de 23 de abril de 2024 por la que se convocan pruebas para la obtención o renovación del certificado de capacitación profesional de los Consejeros de Seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera.
2. Se ha observado un error en la publicación del punto 9 del anexo 1, relativo al tribunal calificador.
3. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que las administraciones públicas pueden, así mismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos.
Fundamentos de derecho
1. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas
2. La Resolución de 23 de abril de 2024 por la que se convocan pruebas para la obtención o renovación del certificado de capacitación profesional de los Consejeros de Seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1.- Corregir el error advertido en el punto del anexo 1, relativo al tribunal calificador.
Donde dice:
Titulares
Secretaria: Mercedes Riera López
Tiene que decir:
Titulares
Secretaria: Maria Verger Fullana
2.- Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante la Consejera de Vivienda, Territorio y Movilidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación o publicación de la resolución en el Boletín Oficial de les Islas Baleares y cualquier otro recurso o acción que se considere oportuna, en aplicación del artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y de los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Palma, 30 de abril de 2024
La directora general de Movilidad María Lorena del Valle Alonso