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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ

Núm. 272728
Corrección de errores advertidos en el reglamento del procedimiento de selección del personal funcionario interino al servicio del Ayuntamiento de Calvià

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Decreto de Alcaldía

Hechos

1. En el BOIB n.º 16, de 6 de febrero 2021, se publicó el reglamento del procedimiento de selección del personal funcionario interino al servicio del Ayuntamiento de Calvià.

2. En la referida Resolución se ha advertido un error en el punto C.1) del Anexos I y II  “Titulaciones académicas” y en concreto en la valoración de “Otros estudios de Posgrado (Máster, Especialista Universitario o Experto Universitario)” que en lugar de valorar los estudios de posgrado a razón 0,0025 puntos por crédito se estableció por error 0,0025 puntos por hora.

3. En la reunión de fecha 26 de marzo de 2024 de la Mesa General de Negociación se aprobó, por unanimidad de los tres sindicatos presentes, STEI, UGT, SPPME y de la propia Administración, la corrección de errores del reglamento del procedimiento de selección del personal funcionario interino al servicio del Ayuntamiento de Calvià

Fundnamentos de derecho

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que se pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos que haya en sus actos.

2. Por otro lado, el artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dispone que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hechos en actas y disposiciones administrativas corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición.

En virtud del que establece el art. 21.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, dicto la siguiente

Resolución

1. Rectificar el error material detectado en el punto C.1) “Titulaciones académicas” de los anexos I y II del reglamento del procedimiento de selección del personal funcionario interino al servicio del Ayuntamiento de Calvià.

Donde dice:

“Estudios de Posgrado:

- Título de doctor/a: 2 puntos.

- Otros estudios de Posgrado (Máster, Especialista Universitario o Experto Universitario): se puntuarán según el n.º de créditos de que consten, a razón de 0,0025 puntos por hora.”

Tiene que decir:

“Estudios de Posgrado:

- Título de doctor/a: 2 puntos.

- Otros estudios de Posgrado (Máster, Especialista Universitario o Experto Universitario): se puntuarán según el n.º de créditos de que consten, a razón de 0,0025 puntos por crédito.”

2. Publicar la presente Resolución en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

 

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 25 de abril de 2024)

La teniente de alcalde delegada de Servicios Generales, Informática e innovación, Comunicación, Transparencia, Coordinación Municipal y Educación (Delegación por resolución de Alcaldíade 21/11/2023) Isabel Bonet Saum