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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

UNIVERSIDAD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 269275
Resolución del día 25 de abril 2024 de la Universidad de las Illes Balears por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en diversas escalas de la Universidad de las Illes Balears de cuerpos generales y cuerpos específicos de esta universidad, por el sistema de promoción interna

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Texto

En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta universidad, aprobados por el Decreto 64/2010, de 14 de mayo (Boletín Oficial de las Illes Balears, núm. 76, de 22 de mayo), este Rectorado, en uso de las competencias que tiene atribuidas en el artículo 91.1 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, acuerda convocar pruebas selectivas para el ingreso en diversas escalas de la Universidad de las Illes Balears de cuerpos generales y cuerpos específicos de esta universidad, por el sistema general de promoción interna, de conformidad con las siguientes:

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 44 plazas de personal funcionario de carrera, técnico de gestión y de administración y servicios de la Universidad de las Illes Balears, de los cuerpos generales y cuerpos específicos de esta universidad, que constan en el anexo I, por el sistema general de promoción interna, ninguna de las cuales generará vacante cuando sea cubierta.

Del total de plazas convocadas en esta convocatoria, se reservarán dos para que sean cubiertas por personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en las ofertas públicas de empleo debe reservarse un cupo no inferior al 7 por ciento de las vacantes para que sea cubierta por personas con discapacidad, siempre que estas superen los procesos selectivos y acrediten la discapacidad y la compatibilidad con el ejercicio de las tareas.

Esta reserva debe desglosarse en:

a) Un mínimo del 5 por ciento de las plazas vacantes para que sean cubiertas por personas con discapacidad física, sensorial o psíquica que no presenten discapacidad intelectual moderada, ligera o límite.

b) Un mínimo del 2 por ciento de las plazas vacantes para que sean cubiertas por personas con discapacidad que presenten discapacidad intelectual moderada, ligera o límite, o con sordera prelocutiva profunda, severa o media.

Por otro lado, el acceso a las plazas correspondientes al cupo mínimo del 2 por ciento de reserva prevista en el punto b), si la hubiese, debe llevarse a cabo por el sistema de concurso-oposición mediante convocatorias independientes.

1.2. A estas pruebas selectivas, les son aplicables la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears,  los Estatutos de esta universidad, aprobados por el Decreto 64/2010, de 14 de mayo (Boletín Oficial de las Illes Balears, núm. 76, de 22 de mayo), lo que se dispone en esta convocatoria y el resto de normativa vigente que resulte aplicable.

1.3. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece, en el artículo 14, apartado 3, que «Reglamentariamente, las administraciones podrán establecer la obligación de relacionarse con ellas a través de medios electrónicos para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios».

En virtud de lo anterior, el Acuerdo normativo 14427/2022, del día 23 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento para la implantación de la administración electrónica en la Universidad de las Illes Balears, en el artículo 4, apartado d, obliga a relacionarse electrónicamente con la UIB a «Las personas que cumplan la condición de interesados en procedimientos que puedan dar lugar a su incorporación como miembros de la comunidad universitaria o que sean causa de su anterior condición de miembros de la comunidad universitaria».

Teniendo en cuenta esta normativa y que el artículo 56 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, exige que, para participar en los procesos selectivos, entre otros requisitos, se debe tener la capacidad funcional para desarrollar las tareas, se considera conveniente que la convocatoria establezca la obligatoriedad de que los aspirantes se relacionen con la Administración por medios electrónicos en determinadas fases del procedimiento, dado que el desarrollo adecuado de las funciones de los trabajadores públicos exige disponer de habilidades relacionadas con la administración electrónica, las cuales presuponen los conocimientos necesarios para llevar a cabo los trámites telemáticos previstos en esta convocatoria.

1.4. De acuerdo con el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dado que se trata de un procedimiento de concurrencia competitiva, los actos administrativos que lo integran y que deban notificarse a las personas interesadas, así como los de cualquier procedimiento que se derive de esta convocatoria, se publicarán en la sede electrónica de la UIB, <https://seu.uib.cat/>, en el Tablón electrónico oficial (TEO).

En todo caso, solo tienen efectos jurídicos las comunicaciones enviadas por los medios de publicación previstos en esta convocatoria.

1.5. La convocatoria debe cumplir el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres en el acceso al empleo público, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la Constitución española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

1.6. De acuerdo con lo previsto en el artículo 91.1 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, esta convocatoria debe publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB).

1.7. El desarrollo del puesto de trabajo convocado queda sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas, y al Real Decreto 598/1985, de 30 de abril.

1.8. A efectos de plazos, el mes de agosto es inhábil.

2. Requisitos de los aspirantes

2.1. Para ser admitidos en las pruebas selectivas, los aspirantes tienen que cumplir los requisitos siguientes:

a) Tener la titulación oficial académica requerida para el acceso al cuerpo o escala de acuerdo con el artículo 76 del Real Decreto 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público:

- Para acceder a los cuerpos y escalas del subgrupo A1: título universitario de grado, licenciatura, ingeniería o arquitectura.

- Para acceder a los cuerpos y escalas del subgrupo A2: título universitario de grado, diplomatura, ingeniería técnica o arquitectura técnica, en el ámbito correspondiente al perfil de la plaza.

- Para acceder a los cuerpos y escalas del subgrupo C1: título de bachillerato, título de técnico en formación profesional o equivalente.

Para acceder a los cuerpos y escalas del subgrupo C1, también pueden participar en las pruebas los funcionarios que, según lo previsto en la disposición adicional novena del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, posean, en lugar de la titulación, una antigüedad de diez años en el cuerpo o escala del subgrupo C2 o una antigüedad de cinco años y hayan superado un curso específico de formación.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se debe estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

b) Pertenecer, como funcionario de carrera, el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, a los cuerpos y escalas de la Universidad de las Illes Balears indicadas en el anexo II y haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años en la misma escala.

c) Tener el nivel de conocimientos de lengua catalana exigible para el acceso a los cuerpos y escalas, de conformidad con el Acuerdo normativo 12595/2017, de 20 de diciembre, por el que se aprueban diversas modificaciones del catálogo de puestos de trabajo del personal funcionario y laboral de administración y servicios de la UIB:

 - Subgrupo A1/A2: nivel C1

 - Subgrupo C1: nivel B2

d) Haber satisfecho las tasas de participación en la forma establecida en el punto 4.4.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas ni estar inhabilitado para desarrollar las funciones públicas.

2.2. Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deben tenerse el día que acabe el plazo de presentación de solicitudes y deben mantenerse hasta el momento de tomar posesión.

3. Reserva para personas con discapacidad y adaptación de las pruebas

3.1. Las personas que accedan a las pruebas por el turno de reserva del punto 1.2 de estas bases, además de los requisitos generales de la base 2. Requisitos de los aspirantes, deben tener reconocida la condición legal de discapacidad en un nivel igual o superior al 33 por ciento y presentar el informe de aptitud del equipo de valoración y orientación de la dirección general competente en materia de personas con discapacidad, que debe ser emitido antes del comienzo de las pruebas selectivas.

3.2. La falta de aportación del informe supone la no admisión del aspirante en el turno de reserva, que pasará al turno general, y la imposibilidad de llevar a cabo adaptaciones para la realización de las pruebas. En caso de que el informe especifique que el aspirante no cumple las condiciones de aptitud personal para llevar a cabo las tareas fundamentales del puesto de trabajo al que aspira, este quedará excluido del procedimiento selectivo.

3.3. Los aspirantes deben indicar en la solicitud que participan en las pruebas por el turno de reserva y, en su caso, la petición de las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios, para las que se tendrá en cuenta el informe de aptitud y/o adaptación de los equipos multiprofesionales competentes.

3.4. Por otra parte, el certificado acreditativo del reconocimiento de la condición legal de discapacidad en un nivel igual o superior al 33 por ciento expedido por la dirección general de dependencia o el organismo público equivalente, solo deben presentarlo los aspirantes que superen las pruebas selectivas, de acuerdo con la base 11. Presentación de documentos.

3.5. En caso de que el aspirante con discapacidad que se haya presentado por el cupo de reserva haya superado los ejercicios correspondientes, pero no haya obtenido plaza, y tenga una puntuación superior a la obtenida por los aspirantes del sistema general, será incluido por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.

3.6. Si las plazas reservadas a personas con discapacidad no se cubren, se acumularán al turno general de promoción interna.

3.7. Los aspirantes únicamente pueden participar en uno de los dos turnos establecidos.

4. Solicitudes

4.1. Las personas que quieran participar en este proceso selectivo deben solicitarlo telemáticamente y cumplimentar, obligatoriamente, la solicitud de admisión disponible en la sede electrónica de la UIB, <https://seu.uib.cat/>, en el procedimiento «Pruebas selectivas por el sistema de promoción interna», que se encuentra en el apartado Catálogo de procedimientos, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Acuerdo normativo 14427/2022,  de 23 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento para la implantación de la administración electrónica en la Universidad de las Illes Balears.

4.2. Para presentar la solicitud de admisión, el interesado debe disponer de un certificado electrónico emitido por una autoridad de certificación reconocida por el Estado español para poder firmarla.

Para poder acceder al trámite, se debe utilizar alguno de los navegadores que se indican en la sede electrónica, <https://seu.uib.cat/>, apartado Sobre la sede, requerimientos técnicos.

4.3. El plazo para presentar las solicitudes es de diez días, contados a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears, y deben dirigirse al Magnífico Señor Rector de la Universidad de las Illes Balears.

4.4. Procedimiento de abono de las tasas de participación

El abono de las tasas del derecho de participación en este procedimiento selectivo se realizará de forma telemática a través del trámite de presentación de solicitudes:

- Para el acceso a plazas para las que se exige el título universitario de grado (subgrupos A1 y A2): 14,45 euros.

- Para el acceso a plazas para las que se exijan otras titulaciones de nivel inferior al título universitario de grado (subgrupo C1): 7,21 euros

El asistente de tramitación muestra el modelo correspondiente a la liquidación de la tasa y el aspirante debe rellenar el formulario con los datos de la operación que se le soliciten.

El pago debe efectuarse mediante tarjeta bancaria, de débito o de crédito.

Una vez finalizado el proceso de pago, el justificante estará disponible en la carpeta ciudadana de la sede electrónica de la UIB.

La falta de pago en el plazo de presentación de solicitudes, el pago incompleto de la tasa o la no acreditación a efectos de exención comporta, en caso de que no se enmiende en los términos de la base 5.1, la exclusión del aspirante respecto del proceso de selección en el que haya solicitado la participación, y quedarán sin efectos los derechos asociados a su participación.

4.5. Documentación

En el plazo de presentación de solicitudes de admisión, se debe adjuntar a la solicitud la siguiente documentación obligatoria:

a) De acuerdo con lo previsto en el artículo 59 bis de la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, quedan exentas del pago de la tasa las personas con discapacidad igual o superior al 33 por ciento. Las personas afectadas deben presentar el justificante correspondiente.

b) Los aspirantes con discapacidad que soliciten adaptaciones deben adjuntar el informe de aptitud y/o adaptación de los equipos multiprofesionales de la dirección general competente en materia de personas con discapacidad o acreditar que han solicitado dicho informe.

c) Los documentos acreditativos de los requisitos indicados en los puntos 2.1.a y 2.1.c, si no constan en la hoja de servicios.

4.6. La persona que firma la solicitud declarará que son ciertos los datos que consigna y que reúne los requisitos exigidos para el ingreso, y en especial los señalados en la convocatoria. El aspirante debe acreditar los requisitos en caso de que figure en la lista definitiva de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, de acuerdo con la base 11. Presentación de documentos.

4.7. La autoridad convocante, por sí misma o a propuesta del presidente del tribunal, puede solicitar, a los efectos que sean procedentes, que los interesados acrediten los puntos en los que se supone que han incurrido en inexactitud o falsedad a la hora de formular la solicitud correspondiente.

4.8. Los errores de hecho que puedan advertirse a las solicitudes pueden corregirse en cualquier momento, de oficio o a petición de la persona interesada.

5. Admisión de los aspirantes

5.1. Acabado el plazo para presentar solicitudes y en el plazo máximo de un mes, el Rector de la Universidad de las Illes Balears dictará y hará pública la resolución por la que declarará aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas, con expresión de la causa de exclusión u omisión, si procede.

Los aspirantes deben comprobar que no figuran en la relación de personas excluidas y que, además, constan en la de admitidas. Para enmendar el posible defecto o presentar los documentos que sean preceptivos, las personas excluidas u omitidas deben utilizar la solicitud habilitada para realizar enmiendas, disponible en la sede electrónica de la UIB, <https://seu.uib.cat/>, en el procedimiento «Pruebas selectivas por el sistema de promoción interna», que se encuentra en el apartado Catálogo de procedimientos, en el plazo de tres días, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución.

Acabado el plazo al que se refiere el párrafo anterior, y enmendadas las solicitudes, el Rector dictará resolución en la que declarará aprobada la lista definitiva de admitidos y excluidos, en la que se hará pública la determinación del lugar y la fecha de comienzo del primer ejercicio de la fase de oposición.

5.2. Cualquier notificación anterior a las pruebas se hará pública mediante la sede electrónica de la UIB.

5.3. Contra la resolución que declare aprobada la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Palma, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución o, potestativamente, recurso de reposición ante el Rector en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.

5.4. Devolución de los derechos de examen

De acuerdo con el artículo 62.3 de la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, «quan per causes no imputables al subjecte passiu l'activitat que constitueix el fet imposable de la taxa no es faci, és procedent la devolució de l'import corresponent. Per tant, no és procedent cap devolució de la taxa en els supòsits d'exclusió de les proves selectives per causes imputables a la persona interessada».

6. Tribunal

6.1. El procedimiento de actuación del tribunal debe ajustarse en todo momento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

 6.2. El tribunal calificador de estas pruebas se hará público con la resolución del Rector en la que se declare aprobada la lista definitiva de personas admitidas y excluidas.

El tribunal estará formado por cinco miembros: un presidente designado por el Rector, dos vocales designados por la Gerencia y dos vocales designados por sorteo entre trabajadores que no ocupen puestos de trabajo con forma de provisión de libre designación. Se debe garantizar su composición equilibrada en cuanto a número de mujeres y hombres.

Debe constituirse un órgano de selección para cada grupo o subgrupo de titulación, para acceder a cuerpos, escalas y especialidades, teniendo en cuenta si son de administración general o de administración especial.

6.3. El tribunal puede decidir incorporar a sus tareas asesores especialistas para las pruebas correspondientes a los ejercicios que estime pertinentes, así como para valorar los méritos. Estos asesores deben limitarse a prestar colaboración en sus especialidades técnicas y tendrán voz, pero no voto. La designación de los asesores debe comunicarse al Rector de la Universidad.

Asimismo, habrá dos miembros del PTGAS designados por los representantes de los trabajadores públicos que colaborarán en las funciones de vigilar y velar por el buen desarrollo del procedimiento selectivo.

6.4. Los miembros del tribunal deben abstenerse de intervenir, y deben notificarlo al Rector de la Universidad, si concurren circunstancias de las previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si han realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El presidente puede solicitar a las personas que forman parte del tribunal declaración expresa de no encontrarse sometidas a alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Asimismo, los aspirantes pueden recusar, de conformidad con el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, a los miembros del tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

6.5. Antes de que comiencen las pruebas selectivas, la autoridad convocante publicará la resolución por la que se nombran los nuevos miembros del tribunal que deban sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 6.4. o por otras causas.

6.6. El tribunal calificador debe adoptar las medidas necesarias para que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 36/2004, los aspirantes con discapacidad disfruten de condiciones similares para hacer los ejercicios a las del resto de los participantes. En este sentido, se establecerán, para las personas con discapacidad que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para realizar los ejercicios.

6.7. Con la convocatoria previa del presidente, se constituirá el tribunal, con asistencia del presidente, el secretario y los vocales titulares. Si falta algún titular, será sustituido por el suplente correspondiente.

El tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan con vistas al desarrollo correcto de las pruebas selectivas.

A partir de la constitución del tribunal, este, para actuar válidamente, requerirá la presencia del presidente, del secretario y de dos vocales.

Los acuerdos se adoptarán por mayoría de asistentes, y dirimirá los empates el voto del presidente.

Durante el desarrollo de las pruebas selectivas, el tribunal resolverá las dudas que puedan surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que deba hacerse en los casos que no se prevén en ellas.

6.8. A efectos de comunicaciones y otras incidencias, el tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de las Illes Balears, ctra. de Valldemossa, km 7.5, Son Lledó, Palma. El tribunal dispondrá que, en esta sede, al menos una persona, miembro o no del tribunal, atienda las cuestiones que sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

6.9. El tribunal que actúe en estas pruebas selectivas se regulará por el Acuerdo normativo 11963/2016, de 21 de julio (FOU núm. 434), por el que se modifica el Acuerdo normativo 11216/2014, de 17 de diciembre, por el que se regulan las indemnizaciones por razón del servicio del personal al servicio de la Universidad de las Illes Balears.

6.10. En ningún caso el tribunal puede declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contradiga esta norma será nula de pleno derecho, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 52.3 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

7. Procedimiento selectivo

El sistema de selección de los aspirantes constará de dos fases: una primera fase de oposición y una segunda fase de concurso.

7.1. Fase de oposición: esta fase se desarrollará con los ejercicios y calificaciones que se especifican en el anexo III. El temario que debe regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo IV.

7.2. Fase de concurso: valoración de méritos. Solo pueden participar en ella los aspirantes que hayan superado la fase de oposición. El tribunal llevará a cabo la valoración de los méritos de acuerdo con el baremo que se indica en el anexo V.

7.3. Valoración final: la puntuación global será la suma de las dos fases, teniendo en cuenta que la fase de oposición tendrá un peso del 75 por ciento y la fase de concurso, un peso del 25 por ciento. En caso de igualdad en la puntuación total, se dará prioridad al aspirante con:

a) Más puntuación en la fase de oposición.

b) Más puntuación en la valoración de los méritos de la fase de concurso según el siguiente orden: a), b), c) y d). Si una vez aplicadas las reglas no se ha dirimido el empate, este se resolverá finalmente por sorteo entre los aspirantes elegidos.

8. Calendario y desarrollo de los ejercicios

8.1. El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará durante el último trimestre de 2024, y el lugar y la fecha se determinarán en la resolución que se indica en el párrafo cuarto del punto 5.1 de estas bases.

8.2. En cuanto al orden de actuación de los aspirantes de las pruebas selectivas, comenzará por aquellos cuyo primer apellido empiece por la letra W, de acuerdo con la Resolución de 27 de julio de 2023 de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo al que se refiere el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado.

En cualquier momento, los aspirantes pueden ser requeridos por los miembros del tribunal con la finalidad de que acrediten su identidad.

8.3. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único y deben ir provistos del DNI u otro documento con validez jurídica que acredite su identidad de manera fehaciente y quedarán excluidos de la oposición quienes no puedan identificarse o no comparezcan, excepto en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y libremente valorados por el tribunal.

8.4. Acabado el primer ejercicio, el tribunal hará pública, en el Tablón electrónico oficial (TEO) y en el espacio habilitado para convocatorias de selección de personal de la sede electrónica de la UIB, la relación provisional de aspirantes que lo hayan superado, con indicación de la nota obtenida. En la relación, se anunciará cuándo tendrá lugar el ejercicio siguiente, y así sucesivamente.

Los anuncios de los ejercicios se harán públicos con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas a la hora señalada para que comiencen.

8.5. En cualquier momento del proceso selectivo, si el tribunal tiene conocimiento de que algún aspirante no está en posesión de la totalidad de los requisitos exigidos por esta convocatoria, una vez oída la persona interesada, debe proponer su exclusión al Rector de esta universidad, y debe comunicarle, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, para que tenga los efectos que correspondan.

8.6. Desde la fecha de realización del primer ejercicio hasta la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears del nombramiento de los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo no pueden transcurrir más de nueve meses, teniendo en cuenta que, entre la finalización de un ejercicio y el comienzo del siguiente, debe transcurrir un plazo mínimo de tres días y un máximo de dos meses. No obstante, mediante resolución motivada del presidente del tribunal, se puede ampliar el plazo del proceso selectivo.

8.7. En el supuesto de que los aspirantes no estén de acuerdo con la puntuación obtenida en algún ejercicio y quieran revisarla, pueden solicitarlo en el plazo de tres días a partir del día siguiente de la publicación de las puntuaciones provisionales de cada ejercicio, mediante la solicitud habilitada para presentar enmiendas, disponible en la sede electrónica de la UIB, en el apartado Catálogo de procedimientos, en el procedimiento «Pruebas selectivas por el sistema de promoción interna», <https://seu.uib.cat/>, dirigida al presidente del tribunal, que contestará a la persona interesada. El tribunal tendrá un plazo máximo de siete días, a partir del día siguiente del plazo de presentación de solicitudes, para resolver las reclamaciones.

9. Lista de aprobados en la fase de oposición

9.1. Una vez terminada la fase de oposición, el tribunal hará pública la lista provisional de personas que la hayan superado, con indicación del DNI y de la puntuación obtenida por orden de mayor a menor.

Para efectuar las reclamaciones oportunas, las personas interesadas disponen de un plazo de tres días, contados a partir del día siguiente al de la publicación, mediante la solicitud de enmienda o de reclamación, disponible en la sede electrónica de la UIB, en el apartado Catálogo de procedimientos, Gestión de recursos humanos, <https://seu.uib.cat/>.

El tribunal tendrá un plazo máximo de siete días, a partir del día siguiente al del plazo de presentación de solicitudes, para resolver las reclamaciones. Una vez resueltas las reclamaciones, el tribunal hará pública la lista definitiva de personas aprobadas en la fase de oposición.

10. Fase de concurso: valoración de los méritos

10.1. En el plazo de diez días contados a partir del día siguiente de la publicación de la lista definitiva de aprobados de la fase de oposición, los aspirantes que hayan superado esta fase deberán presentar la solicitud habilitada para la presentación de méritos disponible en la sede electrónica de la UIB, en el apartado Catálogo de procedimientos, en el procedimiento «Pruebas selectivas por el sistema de promoción interna», <https://seu.uib.cat/>.

La persona interesada tiene que comprobar en su hoja de servicios que los datos que figuran en ella son correctos. Si lo son, no debe aportar más documentación. Si no lo son, será necesario que adjunte a la solicitud, en formato electrónico, la documentación que falte.

Los méritos alegados deben tenerse el día que termina el plazo de presentación de esta solicitud.

10.2. El tribunal hará pública la lista provisional de valoraciones de la fase de concurso, en la que indicará la puntuación obtenida en cada apartado del baremo y la total, y concederá un plazo de tres días, contados a partir del día siguiente de la publicación, para poder realizar las reclamaciones y alegaciones que se estimen oportunas en relación con el baremo, mediante la solicitud disponible en la sede electrónica de la UIB.

Una vez acabado el plazo, el tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.

10.3. Obtenida la puntuación final por la suma de las fases de oposición y concurso, se efectuará la calificación final de los aspirantes por orden de puntuación.

10.4. El tribunal hará pública la lista definitiva de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo y elevará al Rector de la Universidad, en el plazo máximo de cinco días contados desde la publicación de la lista, la propuesta de nombramiento como funcionarios de carrera de los aspirantes que hayan obtenido más puntuación, en número que no exceda las plazas convocadas, de acuerdo con lo establecido en la base 5.10 de la presente convocatoria.

11. Presentación de documentos

11.1. De acuerdo con la base 4.4 la persona interesada deberá adjuntar a la solicitud de admisión los documentos acreditativos de los requisitos indicados en los puntos 2.1.a y 2.1.c que no consten en la hoja de servicios.

La acreditación de la condición del punto 2.1.b se realizará mediante el certificado expedido de oficio por el Servicio de Recursos Humanos.

11.2. Las personas que, en el plazo fijado, excepto casos de fuerza mayor, no presenten la documentación, o a las que, una vez examinada esta, se deduzca que falta algún requisito de los señalados en la base 2.1 no podrán ser nombradas funcionarios de carrera de la escala correspondiente y sus actuaciones quedarán anuladas, sin perjuicio de la responsabilidad en la que hayan incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

12. Nombramiento de funcionarios

12.1. Acabado el proceso selectivo, las personas que lo hayan superado y aporten la documentación requerida en el punto 11.1 serán nombradas por la autoridad convocante y a propuesta del tribunal calificador funcionarios de carrera de la escala correspondiente de la Universidad de las Illes Balears, mediante resolución del Rector que se publicará en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Una vez publicado el nombramiento en el Boletín Oficial de las Illes Balears, las personas interesadas tendrán un plazo de tres días para tomar posesión.

12.2. En los casos en los que la persona interesada lo solicite y, además, lo justifique debidamente, el Rector puede conceder una prórroga del plazo para tomar posesión.

13. Protección de datos de carácter personal

13.1. En cumplimiento del Reglamento 2016/679, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD), y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), se informa de que el responsable del tratamiento de los datos es la Universidad de las Illes Balears y que los datos personales de las personas que se presenten a la convocatoria serán tratados con el fin de gestionar la selección de personal y provisión de puestos de trabajo mediante convocatorias públicas.

13.2. Este tratamiento se realiza según las bases jurídicas recogidas en la cláusula 6.1.c del Reglamento, porque es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento; en concreto, lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y en el artículo 6.1.e del RGPD, dado que el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público.

13.3. No están previstas cesiones o transferencias internacionales de los datos tratados.

13.4. Se prevé la comunicación de datos mediante la publicación de listas y resultados conforme a lo que establecen las bases de esta convocatoria.

13.5. Los datos de carácter personal, los tratará y conservará la Universidad por el tiempo que sea necesario según la legislación vigente, incluyendo, si procede, la resolución de reclamaciones y recursos.

13.6. Si el aspirante lo desea, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad previstos, así como la limitación u oposición al tratamiento de los datos, mediante una solicitud a la Universidad de las Illes Balears, ctra. de Valldemossa, km 7.5, 07122 Palma (Illes Balears).

En caso de no haber obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos, los aspirantes pueden dirigirse a la delegada de protección de datos de la Universidad (dpo@uib.cat) o formular una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos a través de los formularios que esta entidad tiene habilitados al efecto y que son accesibles desde su página web: <https://sedeagpd.gob.es>.

14. Norma final

Esta convocatoria y todos los actos administrativos que se deriven de ella, tanto de esta como de la actuación del tribunal, pueden impugnarse en los casos y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica

El rector Jaume Carot

ANEXO  I Plazas convocadas

Cuerpo

Escala

Subgrupo

Plazas

Perfil

Cuerpos generales

Escala de técnicos de gestión de la UIB

A1

5

 

Cuerpo específico de otros servicios

Escala de técnicos superiores de la UIB

A1

7

 

Cuerpo específico de otros servicios

Escala de técnicos medios de la UIB

A2

1

En el ámbito de ciencias

Cuerpo específico de otros servicios

Escala de técnicos medios de la UIB

A2

1

En el ámbito de ingeniería industrial

Cuerpos generales

Escala de administrativos de la UIB

C1

30*

 

* 2 plazas para el turno de reserva del punto 1.2 de estas bases.

 

ANEXO II Acceso a los cuerpos y escalas

Para acceder a los cuerpos y escalas del subgrupo A1:

  •  Cuerpo general: pertenecer a la escala de gestión de la UIB, subgrupo A2.
  •  Cuerpo específico de otros servicios: pertenecer a la escala de técnicos medios de la UIB, subgrupo A2.

Para acceder a los cuerpos y escalas del subgrupo A2:

  •  Cuerpo específico de otros servicios: pertenecer a la escala de técnicos especialistas de la UIB, subgrupo C1.

Para acceder a los cuerpos y escalas del subgrupo C1:

  •  Cuerpo general: pertenecer a la escala de auxiliares administrativos de la UIB, subgrupo C2.

 

ANEXO III Ejercicios y calificaciones

Para el acceso a la escala de técnicos de gestión, subgrupo A1, de los cuerpos generales:

La fase de oposición constará de los ejercicios que se indican a continuación:

1. Primer ejercicio: de carácter obligatorio y eliminatorio. Consistirá en responder por escrito un cuestionario tipo test de 90 preguntas con cuatro respuestas alternativas, de las cuales solo una será correcta, basadas en el contenido del temario y que se plantearán, preferentemente, en proporción al temario.

Para superar este ejercicio es necesario tener un mínimo de 26 puntos. La puntuación máxima del ejercicio es de 65 puntos. Por cada respuesta errónea se restará una tercera parte del valor de una respuesta válida. Las preguntas no resueltas, tanto si figuran en blanco como si figuran con más de una respuesta, no se valorarán.

El tiempo para realizar este ejercicio es de 130 minutos.

2. Segundo ejercicio: de carácter obligatorio y eliminatorio. Consistirá en la resolución de un caso práctico con ordenador de un total de cuatro propuestos por el tribunal sobre los temas que se indican: 1, 2, 3, 4, 5, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 19, 24, 25, 27, 28, 29, 31, 32, 33, 34, 37, 38, 39 y 44, que figuran en el anexo IV de la convocatoria. Cada aspirante escogerá y desarrollará un supuesto práctico.

Para superar este ejercicio es necesario tener un mínimo de 12 puntos. La puntuación máxima del ejercicio es de 30 puntos.

El tiempo para realizar este ejercicio es de 90 minutos.

3. Tercer ejercicio: voluntario y de mérito. Comprensión de idioma. Consistirá en responder por escrito 10 preguntas sobre un texto escrito en inglés, francés o alemán, que facilitará el tribunal. La puntuación máxima del ejercicio es de 5 puntos.

El tiempo para realizar este ejercicio es de 60 minutos.

Para superar la fase de oposición será necesario haber alcanzado un mínimo de 47,5 puntos entre el primer y el segundo ejercicio.

La nota definitiva de la fase de oposición se obtendrá sumando las notas obtenidas en el primer, el segundo y el tercer ejercicio. La nota final será, como máximo, de 100 puntos.

Para el acceso a la escala de técnicos superiores, subgrupo A1, de los cuerpos específicos de otros servicios:

La fase de oposición constará de los ejercicios que se indican a continuación:

1. Primer ejercicio: de carácter obligatorio y eliminatorio. Consistirá en responder por escrito un cuestionario tipo test de 90 preguntas con cuatro respuestas alternativas, de las cuales solo una será correcta, basadas en el contenido del temario y que se plantearán, preferentemente, en proporción al temario.

Para superar este ejercicio es necesario tener un mínimo de 26 puntos. La puntuación máxima del ejercicio es de 65 puntos. Por cada respuesta errónea se restará una tercera parte del valor de una respuesta válida. Las preguntas no resueltas, tanto si figuran en blanco como si figuran con más de una respuesta, no se valorarán.

El tiempo para realizar este ejercicio es de 130 minutos.

2. Segundo ejercicio: de carácter obligatorio y eliminatorio. Consistirá en la resolución de un caso práctico con ordenador de un total de cuatro propuestos por el tribunal sobre el temario específico que figura en el anexo IV de la convocatoria. Cada aspirante escogerá y desarrollará un supuesto práctico.

Para superar este ejercicio es necesario tener un mínimo de 12 puntos. La puntuación máxima del ejercicio es de 30 puntos.

El tiempo para realizar este ejercicio es de 90 minutos.

3. Tercer ejercicio: voluntario y de mérito. Comprensión de idioma. Consistirá en responder por escrito 10 preguntas sobre un texto escrito en inglés, francés o alemán, que facilitará el tribunal. La puntuación máxima del ejercicio es de 5 puntos.

El tiempo para realizar este ejercicio es de 60 minutos.

Para superar la fase de oposición será necesario haber alcanzado un mínimo de 47,5 puntos entre el primer y el segundo ejercicio.

La nota definitiva de la fase de oposición se obtendrá sumando las notas obtenidas en el primer, el segundo y el tercer ejercicio. La nota final será, como máximo, de 100 puntos.

Para el acceso a la escala de técnicos medios, subgrupo A2, de los cuerpos específicos de otros servicios:

La fase de oposición constará de los ejercicios que se indican a continuación:

1. Primer ejercicio: de carácter obligatorio y eliminatorio. Consistirá en responder por escrito un cuestionario tipo test de 75 preguntas con cuatro respuestas alternativas, de las cuales solo una será correcta, basadas en el contenido del temario y que se plantearán, preferentemente, en proporción al temario.

Para superar este ejercicio es necesario tener un mínimo de 26 puntos. La puntuación máxima del ejercicio es de 65 puntos. Por cada respuesta errónea se restará una tercera parte del valor de una respuesta válida. Las preguntas no resueltas, tanto si figuran en blanco como si figuran con más de una respuesta, no se valorarán.

El tiempo para realizar este ejercicio es de 120 minutos.

2. Segundo ejercicio: de carácter obligatorio y eliminatorio. Consistirá en la resolución de un caso práctico con ordenador de un total de cuatro propuestos por el tribunal sobre el temario específico que figura en el anexo IV de la convocatoria. Cada aspirante escogerá y desarrollará un supuesto práctico.

Para superar este ejercicio es necesario tener un mínimo de 12 puntos. La puntuación máxima del ejercicio es de 30 puntos.

El tiempo para realizar este ejercicio es de 90 minutos.

3. Tercer ejercicio: voluntario y de mérito. Comprensión de idioma. Consistirá en responder por escrito 10 preguntas sobre un texto escrito en inglés, francés o alemán, que facilitará el tribunal. La puntuación máxima del ejercicio es de 5 puntos.

El tiempo para realizar este ejercicio es de 60 minutos.

Para superar la fase de oposición será necesario haber alcanzado un mínimo de 47,5 puntos entre el primer y el segundo ejercicio.

La nota definitiva de la fase de oposición se obtendrá sumando las notas obtenidas en el primer, el segundo y el tercer ejercicio. La nota final será, como máximo, de 100 puntos.

Para el acceso a la escala de administrativos, subgrupo C1, de los cuerpos generales:

La fase de oposición constará de los ejercicios que se indican a continuación:

1. Primer ejercicio: de carácter obligatorio y eliminatorio. Consistirá en responder por escrito un cuestionario tipo test de 60 preguntas con cuatro respuestas alternativas, de las cuales solo una será correcta, basadas en el contenido del temario y que se plantearán, preferentemente, en proporción al temario.

Para superar este ejercicio es necesario tener un mínimo de 26 puntos. La puntuación máxima del ejercicio es de 65 puntos. Por cada respuesta errónea se restará una tercera parte del valor de una respuesta válida. Las preguntas no resueltas, tanto si figuran en blanco como si figuran con más de una respuesta, no se valorarán.

El tiempo para realizar este ejercicio es de 110 minutos.

2. Segundo ejercicio: de carácter obligatorio y eliminatorio. Consistirá en la resolución de un caso práctico con ordenador de un total de cuatro propuestos por el tribunal sobre los temas que se indican: 1, 2, 3, 6, 10, 11, 12, 13, 19, 21, 24 y 25, que figuran en el anexo IV de la convocatoria. Cada aspirante escogerá y desarrollará un supuesto práctico.

Para superar este ejercicio es necesario tener un mínimo de 12 puntos. La puntuación máxima del ejercicio es de 30 puntos.

El tiempo para realizar este ejercicio es de 90 minutos.

3. Tercer ejercicio: voluntario y de mérito. Comprensión de idioma. Consistirá en responder por escrito 10 preguntas sobre un texto escrito en inglés, francés o alemán, que facilitará el tribunal. La puntuación máxima del ejercicio es de 5 puntos.

El tiempo para realizar este ejercicio es de 60 minutos.

Para superar la fase de oposición será necesario haber alcanzado un mínimo de 47,50 puntos entre el primer y el segundo ejercicio.

La nota definitiva de la fase de oposición se obtendrá sumando las notas obtenidas en el primer, el segundo y el tercer ejercicio. La nota final será, como máximo, de 100 puntos.

 

ANEXO  IV Temarios

Escala de técnicos de gestión, subgrupo A1, de los cuerpos generales

a) Procedimiento administrativo y administración electrónica

Tema 1. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. De los interesados en el procedimiento. De la actividad de las administraciones públicas. Términos y plazos. De los actos administrativos. Eficacia de los actos: notificación y publicación.

Tema 2. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Recursos administrativos: objeto y clases, recurso de alzada, recurso potestativo de reposición y recurso extraordinario de revisión.

Tema 3. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. De los órganos de las administraciones públicas. De la responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas.

Tema 4. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Objeto y ámbito de la Ley. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. Políticas públicas para la igualdad. Acción administrativa para la igualdad: la igualdad en el ámbito de la educación superior. El principio de igualdad en el empleo público. Criterios de actuación de las administraciones públicas.

Tema 5. Acuerdo normativo 7768/2007, de 7 de febrero, por el que se crea la Oficina para la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres.

Tema 6. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Disposiciones generales. Objeto y ámbito de la aplicación de la Ley. Contratos del sector público.

Tema 7. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Transparencia de la actividad pública. Derecho de acceso a la información pública.

Tema 8. Estatutos de la Universidad de las Illes Balears. De la estructura y el gobierno de la Universidad. De los órganos colegiados de la Universidad: funciones o competencias. De los órganos unipersonales de la Universidad: funciones o competencias.

Tema 9. Acuerdo normativo 9717/2011, de 25 de febrero, por el que se aprueba el régimen de gobierno de la Universidad de las Illes Balears.

Tema 10. Acuerdo normativo 14427/2022, de 23 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento para la implantación de la administración electrónica en la Universidad de las Illes Balears.

b) Gestión de recursos humanos

Tema 11. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Objeto y ámbito de aplicación. Personal al servicio de las administraciones públicas. Clases de personal. Derechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos. Derechos de los empleados públicos. Derecho a la carrera profesional y a la promoción interna. La evaluación del desempeño. Deberes de los empleados públicos. Código de conducta.

​​​​​​​Tema 12. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Adquisición y pérdida de la relación de servicio. Acceso al empleo público y adquisición de la relación de servicio: Principios rectores, Requisitos generales y Adquisición de la condición de funcionario de carrera. Pérdida de la relación de servicio. Situaciones administrativas. Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Nacimiento y extinción de la relación de servicio. Adquisición y pérdida de la condición de personal funcionario. Situaciones administrativas.

Tema 13. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Ordenación de la actividad profesional. Planificación de los recursos humanos. Estructuración del empleo público. Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Estructura y ordenación de la función pública. Instrumentos de ordenación de los puestos de trabajo. Instrumentos de ordenación y de planificación de los recursos humanos.

Tema 14. Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas, modificada por la Ley 14/2011, de 1 de junio. Principios generales. Ámbito de aplicación. Actividades públicas. Actividades privadas. Disposiciones comunes.

Tema 15. Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. El régimen disciplinario de los funcionarios públicos y el procedimiento sancionador: faltas y clases, sanciones, tramitación y efectos.

Tema 16. El sistema español de Seguridad Social. El régimen general. La acción protectora. Tipos y características de las prestaciones. Afiliación de trabajadores. Altas y bajas. Cotización. Acción protectora. El régimen especial de la Seguridad Social de los funcionarios civiles del Estado.

Tema 17. Acuerdo normativo 14797/2023, de 14 de febrero, por el que se modifica el Acuerdo normativo 10712/2013, de 24 de julio, por el que se aprueban las normas reguladoras de la jornada, los permisos, las licencias y las vacaciones del personal de administración y servicios de la UIB.

Tema 18. Acuerdo normativo 15139/2023, de 6 de noviembre, por el que se modifica el Acuerdo normativo 14430/2022, de 23 de marzo, por el que se regula la modalidad de teletrabajo para el personal técnico, de gestión y de administración y servicios de la Universidad de las Illes Balears.

Tema 19. Acuerdo normativo 9257/2009, de 17 de noviembre, por el que se modifica el Acuerdo normativo 8582/2008, de 10 de junio, por el que se aprueba la orden de funciones de los diferentes cuerpos y escalas del personal funcionario de la UIB.

Tema 20. El Servicio de Prevención de la UIB: estructura y servicios que se ofrecen a la comunidad universitaria. Protocolo de prevención y actuación frente a casos de acoso sexual, acoso por razón de sexo y acoso por motivo de la orientación sexual.

Tema 21. Acuerdo ejecutivo 8391/2008, de 26 de febrero, por el que se aprueba el plan de actuación de riesgo psicosocial de la Universidad de las Illes Balears.

Tema 22. Introducción a la cooperación universitaria al desarrollo (CUD) y la educación para el desarrollo (EpD). Conceptos básicos y principales programas en la Universidad de las Illes Balears.

Tema 23. El sistema retributivo del personal de la UIB: retribuciones del personal docente e investigador y del personal de administración y servicios, funcionario y laboral. Las indemnizaciones por razón del servicio.

c) Gestión académica

Tema 24. Acuerdo normativo 15416/2024, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento académico de la Universidad.

Tema 25. Acuerdo normativo 15417/2024, de 26 de marzo, por el que se aprueba la modificación de la normativa de permanencia y progresión de los estudiantes en la Universidad de las Illes Balears.

Tema 26. Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 19 de junio de 2023, por el que se aprueban los precios públicos de los servicios académicos y administrativos correspondientes a las enseñanzas oficiales de la Universidad de las Illes Balears.

Tema 27. Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento su la calidad. Disposiciones generales. Organización de las enseñanzas universitarias: títulos universitarios oficiales. Organización básica de las enseñanzas universitarias oficiales: grado, máster y doctorado.

Tema 28. Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de grado. Acceso a los estudios universitarios oficiales de grado. Admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de grado: principios generales, formas y procedimientos generales de admisión. Procedimientos específicos de acceso y admisión.

Tema 29. Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional. Objeto, ámbito de aplicación, concepto de crédito, asignación de créditos, sistema de calificaciones y adaptación al sistema.

Tema 30. El Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, modificado por el Real Decreto 43/2015, de 2 de febrero. Acuerdo normativo 13084/2019, de 10 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de las enseñanzas universitarias de doctorado de la Universidad de las Illes Balears.

d) Gestión económica y de investigación

Tema 31. Las normas de ejecución del presupuesto de la UIB 2024. El presupuesto de la UIB. Normas generales. Los créditos y sus modificaciones.

Tema 32. Las normas de ejecución del presupuesto de la UIB 2024. Normas de procedimiento de gestión presupuestaria. Presupuesto de gastos.

Tema 33. Las normas de ejecución del presupuesto de la UIB 2024. Normas de procedimiento de gestión presupuestaria. Presupuesto de ingresos.

Tema 34. Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril, por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Pública. Plan General de Contabilidad Pública. Primera parte. Marco conceptual de la contabilidad pública.

Tema 35. La contabilidad analítica. Documento de personalización de la UIB.

Tema 36. Factura electrónica. Especial referencia a su aplicación en la UIB.

Tema 37. Tratamiento de las indemnizaciones por razón del servicio. Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Determinación de la capacidad económica sometida a gravamen. Definición y determinación de la renta gravable. Perceptores no residentes: Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.

Tema 38. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, modificada por las leyes 15/2014, de 16 de septiembre, 3/2015, de 30 de marzo, y 40/2015, de 1 de octubre. Del ámbito de aplicación de la ley: concepto de subvención. Disposiciones comunes a las subvenciones públicas: principios generales y requisitos para la obtención de la condición de beneficiario de subvenciones. Procedimientos de concesión y gestión de las subvenciones. Del procedimiento de gestión y justificación de la subvención pública: justificación de las subvenciones públicas y gastos subvencionables. Del reintegro de subvenciones. Del reintegro: causas de reintegro.

Tema 39. Estructuras universitarias para la actividad en investigación: institutos, departamentos y grupos de investigación. La Comisión de Investigación de la UIB.

Tema 40. Transferencia de resultados de la investigación. Las empresas de base tecnológica y su regulación en la UIB. Acuerdo normativo 9005/2009, del día 17 de marzo, por el que se aprueba la normativa de empresas de base tecnológica en la Universidad de las Illes Balears a partir de la actividad de investigación universitaria (FOU núm. 310).

Tema 41. La contratación en base al artículo 60 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y su regulación en la UIB. Acuerdo normativo 9005/2009, de 17 de marzo, por el que se aprueba la normativa de empresas de base tecnológica en la Universidad de las Illes Balears a partir de la actividad de investigación universitaria. Acuerdo normativo 1151/2015, del día 29 de octubre, por el que se regula la gestión de los recursos generados procedentes de acciones de investigación e innovación con financiación externa.

e) Organización de la Administración

Tema 42. Agencias de evaluación de la educación superior. ANECA y AQUIB. Estructura, funcionamiento y servicios que ofrecen.

Tema 43. El liderazgo. Clases. Análisis y resolución de problemas. La dirección por objetivos. El proceso de toma de decisiones. Gestión de conflictos en las organizaciones. La negociación.

Tema 44. La comunicación interna en las organizaciones. El trabajo en equipo. La motivación. Trabajo por objetivos.

Escala de técnicos superiores, subgrupo A1, de los cuerpos específicos

Temario general

a) Procedimiento administrativo y administración electrónica

Tema 1. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. De los interesados en el procedimiento. De la actividad de las administraciones públicas. Términos y plazos. De los actos administrativos. Eficacia de los actos: notificación y publicación.

Tema 2. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Recursos administrativos: objeto y clases, recurso de alzada, recurso potestativo de reposición y recurso extraordinario de revisión.

Tema 3. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. De los órganos de las administraciones públicas. De la responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas.

Tema 4. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Objeto y ámbito de la Ley. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. Políticas públicas para la igualdad. Acción administrativa para la igualdad: la igualdad en el ámbito de la educación superior. El principio de igualdad en el empleo público. Criterios de actuación de las administraciones públicas.

Tema 5. Acuerdo normativo 7768/2007, de 7 de febrero, por el que se crea la Oficina para la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres.

Tema 6. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Disposiciones generales. Objeto y ámbito de la aplicación de la Ley. Contratos del sector público.

Tema 7. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Transparencia de la actividad pública. Derecho de acceso a la información pública.

b) Gestión de recursos humanos

Tema 8. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Objeto y ámbito de aplicación. Personal al servicio de las administraciones públicas. Clases de personal. Derechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos. Derechos de los empleados públicos. Derecho a la carrera profesional y a la promoción interna. La evaluación del desempeño. Deberes de los empleados públicos. Código de conducta.

Tema 9. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Adquisición y pérdida de la relación de servicio. Acceso al empleo público y adquisición de la relación de servicio: Principios rectores, Requisitos generales y Adquisición de la condición de funcionario de carrera. Pérdida de la relación de servicio. Situaciones administrativas. Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Nacimiento y extinción de la relación de servicio. Adquisición y pérdida de la condición de personal funcionario. Situaciones administrativas.

Tema 10. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Ordenación de la actividad profesional. Planificación de los recursos humanos. Estructuración del empleo público. Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Estructura y ordenación de la función pública. Instrumentos de ordenación de los puestos de trabajo. Instrumentos de ordenación y de planificación de los recursos humanos.

Tema 11. Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas, modificada por la Ley 14/2011, de 1 de junio. Principios generales. Ámbito de aplicación. Actividades públicas. Actividades privadas. Disposiciones comunes.

c) Gestión académica

Tema 12. Acuerdo normativo 15416/2024, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento académico de la Universidad.

Tema 13. Acuerdo normativo 15417/2024, de 26 de marzo, por el que se aprueba la modificación de la normativa de permanencia y progresión de los estudiantes en la Universidad de las Illes Balears.

Tema 14. Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad. Disposiciones generales. Organización de las enseñanzas universitarias: títulos universitarios oficiales. Organización básica de las enseñanzas universitarias oficiales: grado, máster y doctorado.

 

​​​​​​​d) Gestión económica y de investigación

Tema 15. Las normas de ejecución del presupuesto de la UIB 2024. El presupuesto de la UIB. Normas generales. Los créditos y sus modificaciones.

Tema 16. Las normas de ejecución del presupuesto de la UIB 2024. Normas de procedimiento de gestión presupuestaria. Presupuesto de gastos.

Tema 17. Las normas de ejecución del presupuesto de la UIB 2024. Normas de procedimiento de gestión presupuestaria. Presupuesto de ingresos.

e) Organización de la Administración

Tema 18. Agencias de evaluación de la educación superior. ANECA y AQUIB. Estructura, funcionamiento y servicios que ofrecen.

Temario específico

Tema 19. Las herramientas de comunicación de Moodle. Tipos de herramientas que incorpora. Usos educativos que se pueden llevar a cabo con estas herramientas.

Tema 20. Posibilidades de administración de un curso en la plataforma Moodle.

Tema 21. La evaluación en Moodle: herramientas, tipos de preguntas y usos.

Tema 22. Herramientas de Moodle para conocer la opinión de los estudiantes.

Tema 23. Acuerdo normativo 9492/2010, de 22 de julio, por el que se aprueba la normativa que regula los programas de intercambio de estudiantes de la Universidad de las Illes Balears.

Tema 24. Acuerdo normativo 9493/2010, de 22 de julio, por el que se aprueba la normativa que regula la movilidad del alumnado en la modalidad de alumno visitante, y Acuerdo normativo 10987/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueba el programa de ayudas para actividades relacionadas con convenios de la UIB.

Tema 25. Programa ERASMUS+. Movilidad del alumnado: estudios y prácticas. Movilidad del personal docente (PDI). Movilidad del personal técnico, de gestión y de administración y servicios (PTGAS).

Tema 26. El Manual de identidad visual institucional de la UIB: el escudo, el emblema, la tipografía, los colores y las identificaciones de unidades. La coexistencia con el de otras entidades.

Tema 27. La comunicación visual: concepto, elementos y tipología.

Tema 28. La cultura organizacional: características y principios fundamentales.

Tema 29. La accesibilidad en la señalización de edificios públicos.

Tema 30. Ley 13/2010, de 9 de diciembre, de publicidad institucional de las Illes Balears.

Tema 31. Acuerdo ejecutivo 14442/2022, de 7 de abril, por el que se modifica el Acuerdo ejecutivo 14388/2022, de 23 de febrero, por el que se constituye el gabinete de crisis de la Universidad de las Illes Balears.

Tema 32. Acuerdo normativo 12716/2018, de 21 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de usos lingüísticos de la Universidad de las Illes Balears.

Tema 33. Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual: título preliminar. Disposiciones generales. Título I. Principios generales de la comunicación audiovisual.

Tema 34. La normativa económica de los fondos FEDER.

Tema 35. La normativa económica de los fondos Next Generation.

Tema 36. El modelo de personalización de la contabilidad económica de la UIB.

Tema 37. Acuerdo normativo 11551/2015, de 29 de octubre, por el que se regula la gestión de los recursos generales procedentes de acciones de investigación e innovación con financiación externa.

Tema 38. La cultura en el ámbito universitario: tipología de las actividades culturales universitarias y modelos de gestión (Red Vives de Universidades y G-9).

Tema 39. Protocolos de organización de las actividades culturales en la UIB.

Tema 40. La actividad cultural en la UIB: convocatorias, normativa y documentación.

Tema 41. El pasaporte cultural de la UIB.

Tema 42. Acuerdo ejecutivo del día 23 de noviembre de 2022 por el que se crea la Oficina para el Programa de Orientación y Transición a la Universidad de las Illes Balears. 

Tema 43. La orientación universitaria personalizada dirigida a los estudiantes preuniversitarios.

Tema 44. Actividades Seràs UIB: tipología, destinatarios, objetivos y ámbitos de actuación. 

Escala de técnicos superiores, subgrupo A2, de los cuerpos específicos, ámbito de laboratorio

Temario general

a) Procedimiento administrativo y administración electrónica

Tema 1. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. De los interesados en el procedimiento. De la actividad de las administraciones públicas. Términos y plazos. De los actos administrativos. Eficacia de los actos: notificación y publicación.

Tema 2. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Recursos administrativos: objeto y clases, recurso de alzada, recurso potestativo de reposición y recurso extraordinario de revisión.

Tema 3. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. De los órganos de las administraciones públicas. De la responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas.

Tema 4. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Objeto y ámbito de la Ley. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. Políticas públicas para la igualdad. Acción administrativa para la igualdad: la igualdad en el ámbito de la educación superior. El principio de igualdad en el empleo público. Criterios de actuación de las administraciones públicas.

Tema 5. Acuerdo normativo 7768/2007, de 7 de febrero, por el que se crea la Oficina para la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres.

Tema 6. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Disposiciones generales. Objeto y ámbito de la aplicación de la Ley. Contratos del sector público.

Tema 7. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Transparencia de la actividad pública. Derecho de acceso a la información pública.

Tema 8. Acuerdo normativo 9717/2011, de 25 de febrero, por el que se aprueba el régimen de gobierno de la Universidad de las Illes Balears.

b) Gestión de recursos humanos

Tema 9. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Objeto y ámbito de aplicación. Personal al servicio de las administraciones públicas. Clases de personal. Derechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos. Derechos de los empleados públicos. Derecho a la carrera profesional y a la promoción interna. La evaluación del desempeño. Deberes de los empleados públicos. Código de conducta.

Tema 10. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Adquisición y pérdida de la relación de servicio. Acceso al empleo público y adquisición de la relación de servicio: Principios rectores, Requisitos generales y Adquisición de la condición de funcionario de carrera. Pérdida de la relación de servicio. Situaciones administrativas. Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Nacimiento y extinción de la relación de servicio. Adquisición y pérdida de la condición de personal funcionario. Situaciones administrativas.

Tema 11. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Ordenación de la actividad profesional. Planificación de los recursos humanos. Estructuración del empleo público. Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Estructura y ordenación de la función pública. Instrumentos de ordenación de los puestos de trabajo. Instrumentos de ordenación y de planificación de los recursos humanos.

Tema 12. Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas, modificada por la Ley 14/2011, de 1 de junio. Principios generales. Ámbito de aplicación. Actividades públicas. Actividades privadas. Disposiciones comunes.

Tema 13. Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. El régimen disciplinario de los funcionarios públicos y el procedimiento sancionador: faltas y clases, sanciones, tramitación y efectos.

c) Gestión académica

Tema 14. Acuerdo normativo 15416/2024, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento académico de la Universidad.

Tema 15. Acuerdo normativo 15417/2024, de 26 de marzo, por el que se aprueba la modificación de la normativa de permanencia y progresión de los estudiantes en la Universidad de las Illes Balears.

d) Gestión económica y de investigación

Tema 16. Las normas de ejecución del presupuesto de la UIB 2024. El presupuesto de la UIB. Normas generales. Los créditos y sus modificaciones.

Tema 17. Las normas de ejecución del presupuesto de la UIB 2024. Normas de procedimiento de gestión presupuestaria. Presupuesto de gastos.

Tema 18. Las normas de ejecución del presupuesto de la UIB 2024. Normas de procedimiento de gestión presupuestaria. Presupuesto de ingresos.

e) Organización de la Administración

Tema 19. Agencias de evaluación de la educación superior. ANECA y AQUIB. Estructura, funcionamiento y servicios que ofrecen.

Temario específico

Tema 20. Fundamentos de las técnicas espectroscópicas. Espectro electromagnético. Frecuencia y energía. Unidades. Espectroscopias de absorción y de emisión.

Tema 21. Espectroscopia ultravioleta visible I. Fundamentos básicos de la técnica. Interpretación de los espectros de UV. Desplazamientos hiper-, hipo-, bato- e hipsocrómicos. Medidas cuantitativas. Instrumentación y preparación de experimentos de UV.

Tema 22. Espectroscopia de fluorescencia. Fundamentos de la técnica. Interpretación de los espectros. Instrumentación y preparación de muestras.​​​​​​​

Tema 23. Espectroscopia de infrarrojo I. Fundamentos básicos de la técnica. Tipos de vibraciones. Frecuencias de utilidad diagnóstica. Interpretación de los espectros. Teoría del FT-IR. Instrumentación.

Tema 24. Espectroscopia de infrarrojo II. Tratamiento de muestras. Análisis de muestras sólidas. Análisis de líquidos y de muestras en disolución. Análisis de muestras gaseosas.

Tema 25. Cromatografía de gases I. Fundamentos básicos de la técnica. Componentes básicos instrumentales. Tipos de gases generalmente utilizados.

Tema 26. Cromatografía de gases II. Metodologías de inyección: con división (split), sin división (splitless), directa y a través de columna (on column). Sistemas de introducción de muestra: jeringa, headspace, purga y trampa (purge & trap), desorción térmica (TD), microextracción en fase sólida (SPME).

Tema 27. Cromatografía de gases III. Tipos de columnas. Principios de selección de una columna: fase estacionaria, longitud, diámetro, grosor de la película interior, polaridad. Tipos de detectores: FID, ECD, TCD, etc.

Tema 28. Cromatografía de líquidos de alta presión (HPLC) I. Fundamentos básicos de la técnica. Componentes básicos instrumentales. Tipos de disolventes generalmente utilizados.

Tema 29. Cromatografía de líquidos de alta presión (HPLC) II. Principios fundamentales de los diferentes tipos de cromatografía líquida: fase normal, fase inversa, HILIC, intercambio iónico, exclusión por tamaño.

Tema 30. Cromatografía de líquidos de alta presión (HPLC) III. Detectores utilizados en HPLC: UV-vis, índice de refracción, fluorescencia, conductividad, fotodiodo, electroquímico, etc.

Tema 31. Espectrometría de masa I. Teoría de la espectrometría de masa. Fragmentaciones típicas. Ion molecular y ion base.

Tema 32. Espectrometría de masa II. Métodos de ionización: EI, ESI, CI, APCI, MALDI etc.

Tema 33. Espectrometría de masa III. Analizadores de masa: TOF, orbitrap, sector magnético, cuadrupolo, trampa iónica, etc. Sistemas con dos analizadores en línea: tándem cuadrupolo, cuadrupolo - sector magnético, etc. Detectores.

Tema 34. Técnicas de laboratorio I. Técnicas para reacciones químicas. Técnicas de separación: cromatografía en columna, cromatografía de columna y de capa fina de adsorción (CCF) y otras. Técnicas de purificación. Medida de parámetros físico-químicos.

Tema 35. Técnicas de laboratorio II. Técnicas clásicas de digestión. Técnicas clásicas de extracción. Sistemas de cribado. Sistemas de molienda.

Tema 36. Seguridad en el laboratorio. Seguridad de las instalaciones. Seguridad en los laboratorios: reacciones en atmósfera controlada, manipulación de gases a presión, gestión de residuos químicos.

Tema 37. Los resultados de los análisis químicos. Validación de un método. Exactitud. Trazabilidad. Precisión e incertidumbre.

Tema 38. Calibrado de los métodos instrumentales. Curvas de calibrado. Utilización de patrones internos. Método de adición estándar. Método de matrix matching.

Tema 39. Sistemas de calidad. Métodos normalizados: normas UNE, ISO, etc. Manuales de calidad. Procedimiento de acreditación. Acreditación de los laboratorios según la norma ISO 17025.

Escala de técnicos medios, subgrupo A2, de los cuerpos específicos, ámbito ingeniería industrial

Temario general

a) Procedimiento administrativo y administración electrónica

Tema 1. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. De los interesados en el procedimiento. De la actividad de las administraciones públicas. Términos y plazos. De los actos administrativos. Eficacia de los actos: notificación y publicación.

Tema 2. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Recursos administrativos: objeto y clases, recurso de alzada, recurso potestativo de reposición y recurso extraordinario de revisión.

Tema 3. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. De los órganos de las administraciones públicas. De la responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas.

Tema 4. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Objeto y ámbito de la Ley. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. Políticas públicas para la igualdad. Acción administrativa para la igualdad: la igualdad en el ámbito de la educación superior. El principio de igualdad en el empleo público. Criterios de actuación de las administraciones públicas.

Tema 5. Acuerdo normativo 7768/2007, de 7 de febrero, por el que se crea la Oficina para la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres.

Tema 6. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Disposiciones generales. Objeto y ámbito de la aplicación de la Ley. Contratos del sector público.

Tema 7. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Transparencia de la actividad pública. Derecho de acceso a la información pública.

Tema 8. Acuerdo normativo 9717/2011, de 25 de febrero, por el que se aprueba el régimen de gobierno de la Universidad de las Illes Balears.

b) Gestión de recursos humanos

Tema 9. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Objeto y ámbito de aplicación. Personal al servicio de las administraciones públicas. Clases de personal. Derechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos. Derechos de los empleados públicos. Derecho a la carrera profesional y a la promoción interna. La evaluación del desempeño. Deberes de los empleados públicos. Código de conducta.

Tema 10. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Adquisición y pérdida de la relación de servicio. Acceso al empleo público y adquisición de la relación de servicio: Principios rectores, Requisitos generales y Adquisición de la condición de funcionario de carrera. Pérdida de la relación de servicio. Situaciones administrativas. Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Nacimiento y extinción de la relación de servicio. Adquisición y pérdida de la condición de personal funcionario. Situaciones administrativas.

Tema 11. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Ordenación de la actividad profesional. Planificación de los recursos humanos. Estructuración del empleo público. Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Estructura y ordenación de la función pública. Instrumentos de ordenación de los puestos de trabajo. Instrumentos de ordenación y de planificación de los recursos humanos.

Tema 12. Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas, modificada por la Ley 14/2011, de 1 de junio. Principios generales. Ámbito de aplicación. Actividades públicas. Actividades privadas. Disposiciones comunes.

Tema 13. Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. El régimen disciplinario de los funcionarios públicos y el procedimiento sancionador: faltas y clases, sanciones, tramitación y efectos.

c) Gestión académica

Tema 14. Acuerdo normativo 15416/2024, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento académico de la Universidad.

Tema 15. Acuerdo normativo 15417/2024, de 26 de marzo, por el que se aprueba la modificación de la normativa de permanencia y progresión de los estudiantes en la Universidad de las Illes Balears.

d) Gestión económica y de investigación

Tema 16. Las normas de ejecución del presupuesto de la UIB 2024. El presupuesto de la UIB. Normas generales. Los créditos y sus modificaciones.

Tema 17. Las normas de ejecución del presupuesto de la UIB 2024. Normas de procedimiento de gestión presupuestaria. Presupuesto de gastos.

Tema 18. Las normas de ejecución del presupuesto de la UIB 2024. Normas de procedimiento de gestión presupuestaria. Presupuesto de ingresos.

e) Organización de la Administración

Tema 19. Agencias de evaluación de la educación superior. ANECA y AQUIB. Estructura, funcionamiento y servicios que ofrecen.

Temario específico

Tema 20. Máquinas eléctricas I. Principales tipos de transformadores y autotransformadores. Funcionamiento y características.

Tema 21. Máquinas eléctricas II. Principales tipos de motores eléctricos. Principales tipos de generadores. Funcionamiento y características.

Tema 22. Componentes electrónicos pasivos y activos (electrónicos y fotónicos). Principales tipos de componentes y sus características.

Tema 23. Circuitos de electrónica analógica. Circuitos con diodos. Circuitos con transistores. Circuitos básicos con amplificadores operacionales. Funciones y principales características.

Tema 24. Instrumentación electrónica: transductores, actuadores y sensores. Funciones, características generales y aspectos prácticos.

Tema 25. Diseño de placas de circuitos impresos. Esquema. Distribución de componentes y pistas. Verificación de reglas fundamentales. Implementación práctica.

Tema 26. Fabricación de circuitos impresos. Principales tipos de prototipos. Procesos de fabricación. Implementación práctica. Software y hardware.

Tema 27. Metrología. Equipos de medida: pie de rey, micrómetros y relojes comparadores. Funciones y principales características.

Tema 28. Máquinas y herramientas I: torno, taladro y fresadora. Funciones, partes y elementos suplementarios. Manejo práctico de estos instrumentos.

Tema 29. Máquinas y herramientas II: bombas de vacío, compresores de aire comprimido y generadores de nitrógeno. Función y partes principales. Operaciones de mantenimiento.

Tema 30. Diseño CAD/CAM (Computer Aided Design / Computer Aided Manufacturing). Modelado de sólidos y superficies para la creación de un prototipo. Ensamblajes. Operaciones de mecanizado. Implementación práctica.

Tema 31. Sistemas de mecanizado basados en CNC (Computer Numerical Control) I. Programación cronológica. Elaboración de programas para el mecanizado en CNC.

Tema 32. Sistemas de mecanizado basados en CNC (Computer Numerical Control) II. Aplicación a un torno. Aplicación a una fresadora. Preparativos e implementación práctica.

Tema 33. Máquinas de fabricación aditiva: impresoras 3D. Principales tipos. Uso, instalación, configuración y mantenimiento. Procesos de modelado, laminado, perfiles de fabricación e implementación práctica.

Tema 34. Aeronaves no tripuladas (drones) I. Reglamento de ejecución de la UE 2019/947 relativo a las normas y los procedimientos aplicables a la utilización de aeronaves no tripuladas. Características generales de los drones. Diferentes tipos. Aplicaciones en investigación. Funcionamiento general.

Tema 35. Aeronaves no tripuladas (drones) II. Operación con drones en trabajos de investigación en categoría abierta y específica. Estaciones de tierra, sensores embarcados y software para el tratamiento de datos.

Tema 36. Materiales compuestos. Diferentes tipos de materiales compuestos. Procesos de fabricación: diseño de moldes y piezas. Implementación práctica.

Tema 37. Sistemas de protección en una instalación eléctrica. Fusibles, interruptores magnetotérmicos, interruptores diferenciales, relé electromagnético, relé térmico: funcionalidad y características generales.

Tema 38. Seguridad en el laboratorio. Seguridad de las instalaciones. Seguridad en los laboratorios: reacciones en atmósfera controlada, manipulación de gases a presión, gestión de residuos químicos.

Tema 39. Instrumentación de laboratorio: multímetro, generador de funciones y osciloscopio. Descripción y funciones. Procesos de medida.

Escala de administrativos de la UIB, subgrupo C1, de los cuerpos generales

a) Procedimiento administrativo y administración electrónica

Tema 1. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. De los interesados en el procedimiento. De la actividad de las administraciones públicas. Términos y plazos. De los actos administrativos. Eficacia de los actos: notificación y publicación.

Tema 2. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Recursos administrativos: objeto y clases, recurso de alzada, recurso potestativo de reposición y recurso extraordinario de revisión.

Tema 3. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. De los órganos de las administraciones públicas. De la responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas.

Tema 4. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Objeto y ámbito de la Ley. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. Políticas públicas para la igualdad. Acción administrativa para la igualdad: la igualdad en el ámbito de la educación superior. El principio de igualdad en el empleo público. Criterios de actuación de las administraciones públicas.

Tema 5. Acuerdo normativo 7768/2007, de 7 de febrero, por el que se crea la Oficina para la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres.

Tema 6. Acuerdo normativo 14427/2022, de 23 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento para la implantación de la administración electrónica en la Universidad de las Illes Balears.

Tema 7. Estatutos de la Universidad de las Illes Balears. De la estructura y el gobierno de la Universidad. De los órganos colegiados de la Universidad: funciones o competencias. De los órganos unipersonales de la Universidad: funciones o competencias.

Tema 8. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Transparencia de la actividad pública. Derecho de acceso a la información pública.

Tema 9. Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario. Disposiciones generales. Funciones del sistema universitario y autonomía de las universidades.

b) Gestión de recursos humanos

Tema 10. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Objeto y ámbito de aplicación. Personal al servicio de las administraciones públicas. Clases de personal. Derechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos. Derechos de los empleados públicos. Derecho a la carrera profesional y a la promoción interna. La evaluación del desempeño. Deberes de los empleados públicos. Código de conducta.

Tema 11. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Adquisición y pérdida de la relación de servicio. Acceso al empleo público y adquisición de la relación de servicio: Principios rectores, Requisitos generales y Adquisición de la condición de funcionario de carrera. Pérdida de la relación de servicio. Situaciones administrativas. Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Nacimiento y extinción de la relación de servicio. Adquisición y pérdida de la condición de personal funcionario. Situaciones administrativas.

Tema 12. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Ordenación de la actividad profesional. Planificación de los recursos humanos. Estructuración del empleo público. Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Estructura y ordenación de la función pública. Instrumentos de ordenación de los puestos de trabajo. Instrumentos de ordenación y de planificación de los recursos humanos.

Tema 13. Acuerdo normativo 14797/2023, de 14 de febrero, por el que se modifica el Acuerdo normativo 10712/2013, de 24 de julio, por el que se aprueban las normas reguladoras de la jornada, los permisos, las licencias y las vacaciones del personal de administración y servicios de la UIB.

Tema 14. Acuerdo normativo 15139/2023, de 6 de noviembre, por el que se modifica el Acuerdo normativo 14430/2022, de 23 de marzo, por el que se regula la modalidad de teletrabajo para el personal técnico, de gestión y de administración y servicios de la Universidad de las Illes Balears.

Tema 15. Acuerdo normativo 9257/2009, de 17 de noviembre, por el que se modifica el Acuerdo normativo 8582/2008, de 10 de junio, por el que se aprueba la orden de funciones de los diferentes cuerpos y escalas del personal funcionario de la UIB.

Tema 16. El Servicio de Prevención de la UIB: estructura y servicios que se ofrecen a la comunidad universitaria. Protocolo de prevención y actuación frente a casos de acoso sexual, acoso por razón de sexo y acoso por motivo de la orientación sexual.

Tema 17. Acuerdo ejecutivo 8391/2008, de 26 de febrero, por el que se aprueba el plan de actuación de riesgo psicosocial de la Universidad de las Illes Balears.

Tema 18. Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario. Régimen específico de las universidades públicas. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios de las universidades públicas.

c) Gestión académica

Tema 19. Acuerdo normativo 15416/2024, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento académico de la Universidad.

Tema 20.  Acuerdo normativo 15417/2024, de 26 de marzo, por el que se aprueba la modificación de la normativa de permanencia y progresión de los estudiantes en la Universidad de las Illes Balears.

Tema 21. Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad. Disposiciones generales. Organización de las enseñanzas universitarias: títulos universitarios oficiales. Organización básica de las enseñanzas universitarias oficiales: grado, máster y doctorado.

Tema 22. Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de grado. Acceso a los estudios universitarios oficiales de grado. Admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de grado: principios generales, formas y procedimientos generales de admisión. Procedimientos específicos de acceso y admisión.

d) Gestión económica y de investigación

Tema 23. Las normas de ejecución del presupuesto de la UIB 2024. El presupuesto de la UIB. Normas generales. Los créditos y sus modificaciones.

Tema 24. Las normas de ejecución del presupuesto de la UIB 2024. Normas de procedimiento de gestión presupuestaria. Presupuesto de gastos.

Tema 25. Las normas de ejecución del presupuesto de la UIB 2024. Normas de procedimiento de gestión presupuestaria. Presupuesto de ingresos.

Tema 26. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, modificada por las leyes 15/2014, de 16 de septiembre, 3/2015, de 30 de marzo, y 40/2015, de 1 de octubre. Del ámbito de aplicación de la ley: concepto de subvención. Disposiciones comunes a las subvenciones públicas: principios generales y requisitos para la obtención de la condición de beneficiario de subvenciones.

Tema 27. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, modificada por las leyes 15/2014, de 16 de septiembre, 3/2015, de 30 de marzo, y 40/2015, de 1 de octubre. Procedimientos de concesión y gestión de las subvenciones. Del procedimiento de gestión y justificación de la subvención pública: justificación de las subvenciones públicas y gastos subvencionables. Del reintegro de subvenciones. Del reintegro: causas del reintegro.

Las referencias a las normas jurídicas incluidas en el temario se entienden como realizadas al texto vigente en el momento de la publicación de la convocatoria.

 

ANEXO V Baremo de méritos

Se estructura en dos bloques (bloque I y bloque II) y la puntuación máxima de la suma de ambos bloques es de 100 puntos.

Bloque I. Máximo 60 puntos

a) Antigüedad. Se valorará de acuerdo con los criterios siguientes (no se tendrán en cuenta los servicios prestados como profesor):

  • 0,16 puntos por mes o fracción superior a 15 días por servicios prestados en la UIB, en el mismo subgrupo o superior como servicios reconocidos.
  • 0,12 puntos por mes o fracción superior a 15 días por servicios prestados en la UIB, en cualquier subgrupo inferior como servicios reconocidos.
  • 0,08 puntos por mes o fracción superior a 15 días por servicios prestados en el sector público y fundaciones de la UIB en el mismo subgrupo o superior como servicios reconocidos.
  • 0,04 puntos por mes o fracción superior a 15 días por servicios prestados en el sector público y fundaciones de la UIB en un subgrupo inferior como servicios reconocidos.

b) Grado personal. Se valorará el último grado consolidado o adquirido según la tabla siguiente:

Nivel                    Puntos

12 a 14:                    4

15:                             5

16:                             6

17:                             7

18:                             8

19:                             10

20:                            12

21:                             15

22:                            19

23:                            23

24:                            26

25:                            28

26:                            29

27 a 30:       30

Bloque II. Máximo 60 puntos

c) Titulación académica oficial. Máximo 10 puntos. No se tendrá en cuenta la titulación que dé acceso al cuerpo/escala.

Titulación

Subgrupo C1

Subgrupo A2

Subgrupo A1

Doctorado, reconocido como nivel MECES 4

10

10

10

Máster oficial, licenciatura, grado, ingeniería o arquitectura reconocidos como nivel MECES 3

10

10

10

Diplomatura, grado, ingeniería técnica o arquitectura técnica, reconocidos como nivel MECES 2

10

5

5

Técnico superior de formación profesional reconocido como nivel MECES 1 o equivalente académico

8

-

-

Cuando una licenciatura, una ingeniería o una arquitectura esté formada por un primer y un segundo ciclo, solo se tendrá en cuenta como una única titulación.

d) Actividades de formación y perfeccionamiento. Máximo 40 puntos. Se valorarán las actividades formativas (cursos, jornadas, congresos, conferencias o seminarios) de las que se aporte diploma o certificado de asistencia o aprovechamiento, así como los títulos propios de posgrado de las universidades españolas en la regulación de enseñanzas propias, según los siguientes criterios:

1. Se valorarán todas las dirigidas al personal técnico, de gestión y de administración y servicios de la UIB del Plan de formación de la UIB, excepto las excluidas en el punto 2.c).

2. Las siguientes actividades formativas se valorarán siempre que el tribunal considere que tienen relación con las funciones generales asignadas a los cuerpos del personal de administración y servicios de la UIB:

a) Actividades ofrecidas por otras unidades de la UIB, escuelas de administraciones públicas u otros organismos públicos.

b) Actividades ofrecidas por empresas o entidades que el tribunal considere que son de prestigio reconocido en la temática de la actividad formativa.

c) Actividades ofrecidas por empresas o entidades (sindicatos, organizaciones empresariales, etc.), siempre que tengan financiación pública (cursos impartidos en el marco de los acuerdos de formación continua con la Administración, Fundación Tripartita, Fondo Social Europeo, etc.).

Antigüedad de la acción formativa

Menos de 10 años

Más de 10 años

Impartida

0,100 x hora

0,070 x hora

Aprovechamiento

0,067 x hora

0,047 x hora

Asistencia

0,033 x hora

0,023 x hora

* No se valorarán los cursos y las asignaturas que formen parte de un título propio de posgrado.

Para fijar la valoración que corresponde a cada curso, se tendrá en cuenta la fecha de finalización. En caso de que en el certificado no conste la fecha en que se haya impartido, se tendrá en cuenta la de expedición.

Los certificados en los que no conste el número de horas de duración del curso se valorarán igual que los cursos de una hora. En cuanto a otras actividades formativas (jornadas, seminarios, etc.) para las que no conste el número de horas realizadas, se valorarán a razón de una hora por día de duración de la actividad.

Los certificados de competencias participativas y personales expedidos por CertiUni, siempre que estén valorados con un nivel mínimo de «medio», se valorarán como un curso de formación de 20 horas de aprovechamiento.

Títulos propios de posgrado de universidades europeas

Puntos

Máster

1

Especialista universitario

0,50

Experto universitario

0,25

Actualización universitaria, diploma universitario y diploma

0,12

Solo se tendrá en cuenta un único título propio. En caso de presentar más de un título propio de una misma titulación, solo se valorará el título propio superior.

e) Conocimientos de catalán: máximo 5 puntos. Solo se valorará el nivel más alto que el exigido para acceder al subgrupo. En caso de presentar más de uno, se valorará el superior. El certificado LA se sumará al nivel más alto.

Nivel

Subgrupo C1

Subgrupo A2

Subgrupo A1

C1

2

C2

4

2

2

LA

1

f) Otros idiomas: máximo 6 puntos. Solo se valorará el nivel más alto para cada idioma.

Nivel

Inglés

Otros idiomas

A1

0,5

0,5

A2

1

1

B1

1,5

1,25

B2

2

1,5

C1

3

1,75

C2

4

2

g) Otros méritos: máximo 2 puntos

Mérito

Hasta 5 años

De 5 a 10 años

Más de 10 años

Por estancias en otras universidades / Estancias Solidarias

0,2

0,1

0,05

Haber superado el último proceso selectivo para acceder al subgrupo superior convocado en la UIB sin haber obtenido plaza

1 punto