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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 269295
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 26 de abril de 2024 por el cual se aprueba el Programa anual de Estadística 2024 en desarrollo del Plan de Estadística de las Illes Balears 2022-2025

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Texto

La Ley 3/2002, de 17 de mayo, de Estadística de las Illes Balears, establece, en su artículo 18, que el Plan de Estadística se debe desarrollar mediante programas anuales, que son el instrumento que permite conocer, durante cada ejercicio, las operaciones estadísticas que se deben llevar a cabo. Los programas anuales aportan una visión muy completa sobre cuál es el contenido específico de cada actividad, tanto con respecto a quien lo debe ejecutar como a los objetivos, la metodología utilizada, la información que debe incluir o la disponibilidad de los datos en cuanto a su calendario de difusión.

Este programa desarrolla el Plan de Estadística 2022-2025, cuarto plan aprobado por el Decreto 41/2022, de 21 de noviembre, y tiene como objetivo, entre otros, seguir avanzando en la consolidación del Sistema Estadístico de las Illes Balears (SESTIB). Eso significa que el Instituto de Estadística de las Illes Balears (IBESTAT), las unidades estadísticas de las consejerías del Gobierno y de los consejos insulares, así como también el resto de entidades territoriales, una vez que se incorporen al Sistema Estadístico de las Illes Balears, deben llevar a cabo una tarea estable que se caracterice por el rigor metodológico de sus productos y por la optimización de los recursos existentes.

La actividad productiva del IBESTAT está determinada principalmente por la demanda de información, en el ámbito balear o insular, de las variables que contienen los ficheros estadísticos de las grandes operaciones de referencia y por la realización de estadísticas significativas de carácter turístico y empresarial mediante encuestas participadas por el Instituto.

Como elemento más relevante de este programa, debe mencionarse la operación estadística «Censos de población», que es fruto de un cambio de paradigma en las estadísticas demográficas, ya que la metodología utilizada en el censo de 2021, basada por primera vez en el tratamiento y la explotación de decenas de registros administrativos, permite reproducir cada año el proceso para proporcionar censos de población anuales. Así, los censos de población anuales constituyen a partir de ahora la fuente de información de referencia para determinar la población residente en las Illes Balears.

También podemos incidir en la introducción de una nueva operación cuyo objetivo principal es conocer, con periodicidad anual, la situación de la población de personas con discapacidad y su integración en el mercado laboral.

Igualmente, tenemos que hacer mención a la incorporación de estadísticas referentes a las migraciones y cambios de residencia; defunciones según las causas de muerte; las bases de cotización a la Seguridad Social; así como un estudio socioeconómico del servicio del taxi y VTC en las Illes Balears.

Por su parte, las unidades estadísticas de las consejerías del Gobierno seguirán centrando su actividad en las explotaciones estadísticas de los registros administrativos de los que son titulares, con el refuerzo técnico que implica la sistematización de los documentos metodológicos y gracias a un acceso más fácil a los datos que generen sus operaciones. Con todo esto, se pretende garantizar que este plus de información que generan la Comunidad Autónoma y los consejos insulares de Mallorca, de Menorca, de Eivissa y de Formentera contribuya a hacer posible un conocimiento más real del territorio y de las actividades que en él se desarrollan, lo que es imprescindible a la hora de analizar o de emprender cualquier tipo de actuación en lo referente a las demandas y potencialidades de los diversos ámbitos que definen la sociedad de las Illes Balears en sus diferentes aspectos.

El Programa Anual de Estadística 2024 se concreta en un total de 290 operaciones estadísticas, las cuales se distribuyen de la siguiente manera:

— La Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas asume la gestión de 12 operaciones estadísticas, que proceden de la antigua Consejería de Presidencia, Función Pública e Igualdad.

— La Consejería de Turismo, Cultura y Deportes asume la gestión de 8 operaciones estadísticas, 4 de las cuales proceden de la antigua Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, 3 de la antigua Consejería de Asuntos Sociales y Deportes y 1 de la antigua Consejería de Fondos Europeos, Universidad y Cultura.

— La Consejería de Educación y Universidades asume la gestión de 3 operaciones estadísticas, las cuales proceden de la antigua Consejería de Educación y Formación Profesional.

— La Consejería de Economía, Hacienda e Innovación asume la gestión de 13 operaciones estadísticas, 4 de las cuales proceden de la antigua Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores, 6 de la antigua Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo y 3 de la antigua Consejería de Fondos Europeos, Universidad y Cultura.

— La Consejería de la Mar y del Ciclo del Agua asume la gestión de 9 operaciones estadísticas, 7 de las cuales proceden de la antigua Consejería de Medio Ambiente y Territorio y 2 de la antigua Consejería de Movilidad y Vivienda.

— La Consejería de Familias y Asuntos Sociales asume la gestión de 31 operaciones estadísticas, 26 de las cuales proceden de la antigua Consejería de Asuntos Sociales y Deportes y 5 de la antigua Consejería de Presidencia, Función Pública e Igualdad.

— La Consejería de Salud asume la gestión de 16 operaciones estadísticas, que proceden de la antigua Consejería de Salud y Consumo.

— La Consejería de Empresa, Empleo y Energía asume la gestión de 30 operaciones estadísticas, 5 de las cuales proceden de la antigua Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática, 3 proceden de la antigua Consejería de Medio Ambiente y Territorio y 22 de la antigua Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo.

— La Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural asume la gestión de 26 operaciones estadísticas, 17 de las cuales proceden de la antigua Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación y 9 de la antigua Consejería de Medio Ambiente y Territorio.

— La Consejería de Vivienda, Territorio y Movilidad asume la gestión de 15 operaciones estadísticas, 12 de las cuales proceden de la antigua Consejería de Movilidad y Vivienda, 2 de la antigua Consejería de Medio Ambiente y Territorio y 1 que es de nueva incorporación y que no estaba prevista en el Plan.

— El Consejo Insular de Mallorca asume la gestión de 23 operaciones estadísticas.

— El Consejo Insular de Menorca asume la gestión de 7 operaciones estadísticas.

— El Consejo Insular de Ibiza asume la gestión de 8 operaciones estadísticas.

— El Consejo Insular de Formentera asume la gestión de 8 operaciones estadísticas.

Por otra parte, el IBESTAT debe llevar a cabo un total de 81 operaciones estadísticas, de las cuales 5 son de nueva incorporación y no estaban previstas en el Plan.

De estas 290 operaciones estadísticas previstas en el Programa 2024, 7 son de nueva incorporación y decaen 2 de las previstas en el Programa 2023. El Programa 2023 aprobó un total de 285 operaciones.

De esta manera, con referencia al Plan 2022-2025, se incorporan estas 6 nuevas operaciones, y 1 que decae del Programa 2024, también se da de baja del Plan.

La configuración del Programa Anual de Estadística para el ejercicio 2024 figura en los siguientes anexos, que lo integran:

Anexo 1: relación de actividades ordenadas por área y sección temática.

Anexo 2: relación de actividades ordenadas por órgano y departamento responsable.

Anexo 3: principales características identificativas y técnicas de cada operación estadística ordenadas por órgano responsable.

Anexo 4: calendario de difusión de datos correspondiente a cada operación estadística ordenado por la unidad estadística responsable.

Anexo 5: relación consolidada de operaciones que integran el Plan de Estadística de las Illes Balears 2022-2025, de acuerdo con las modificaciones introducidas por este programa, en que se indican las que se dan de alta.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Economía, Hacienda e Innovación, en la sesión del día 26 de abril de 2023, adoptó, entre otros, el Acuerdo siguiente:

Primero.Aprobar el Programa Anual de Estadística 2024, que desarrolla el Plan de Estadística de las Illes Balears 2022-2025, en los términos establecidos en los anexos de este acuerdo, el cual contiene las estadísticas de interés de la Comunidad Autónoma que deben llevar a cabo los servicios que integran el Sistema Estadístico de las Illes Balears.

Segundo.Ordenar a los responsables de las unidades estadísticas y de las operaciones que lo ejecuten de acuerdo con los parámetros que fija este Programa, el Plan de Estadística de las Illes Balears 2022-2025 y la Ley 3/2002.

Tercero.Disponer que este acuerdo sea efectivo desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears hasta que se apruebe el nuevo programa anual de estadística. En caso de que se tengan que prorrogar sus efectos, se tendrán que considerar las adaptaciones a las disponibilidades del nuevo ejercicio que correspondan.

Cuarto.Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 26 de abril de 2024

La secretaria del Consejo de Gobierno Antònia Maria Estarellas Torrens

Documentos adjuntos