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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 266340
Resolución del presidente del Fondo de Garantia Agrária y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la cual se incrementa el crédito de la Resolución de la presidenta del FOGAIBA por la que se aprueba, para el año 2023, la convocatoria de ayudas destinada al fomento y protección de variedades autóctonas con riesgo de erosión genética

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Texto

Con fecha 20 de abril de 2023 se publicó en el BOIB núm. 50 la Resolución de la presidenta del FOGAIBA por la que se aprueba, para el año 2023, la convocatoria de ayudas destinada al fomento y protección de variedades autóctonas con riesgo de erosión genética.

Esta convocatoria ha sido modificada por la Resolución de la Presidenta del FOGAIBA de 25 de mayo de 2023, por la que se modifica la Resolución de la Presidenta del FOGAIBA de 27 de febrero de 2023, de convocatoria, para el año 2023, de las ayudas correspondientes a las intervenciones en forma de pagos directos que prevé el Plan Estratégico de la PAC (PEPAC), así como otras resoluciones de convocatoria de ayudas que prevén intervenciones al desarrollo rural, publicada en el BOIB núm. 71 de 30 de mayo de 2023; por la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 23 de junio, por la que se modifica la Resolución de la Presidenta del FOGAIBA, de 18 de abril, por la que se aprueba, para el año 2023, la convocatoria de las ayudas destinadas al fomento y a la protección de variedades autóctonas en riesgo de erosión genética, publicada en el BOIB núm. 87 de 27 de junio de 2023; por la Resolución del Presidente del FOGAIBA de 5 de diciembre de 2023, por la que se modifican diversas convocatoria de subvenciones del FOGAIBA, correspondientes a las intervenciones que prevé el PEPAC para la ayuda de la Unión financiada por el FEAGA y por el FEADER, publicada en el BOIB núm. 167 de 9 de diciembre de 2023 y por la Resolución del presidente del FOGAIBA para la que se modifican diversas convocatorias de subvenciones del FOGAIBA, correspondientes a las intervenciones que prevé el PEPAC, para la ayuda de la Unión financiada por el FEAGA y por el FEADER, publicada en el BOIB núm. 12 de 25 de enero de 2024.

En vista de lo anterior, la convocatoria señalada destina un importe máximo de un millón de euros (1.000.000,00 €), con cargo a los presupuestos del FOGAIBA correspondientes a las anualidades del 2024, 2025, 2026, 2027 y 2028, con la posibilidad de incrementarse con una financiación con cargo a los porcentajes en ella indicados de cofinanciación a cargo del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) y de la Comunitat Autònoma de les Illes Balears (CAIB).

Por todo ello, y, debido a que esta línea de ayudas está en proceso de tramitación y que la demanda de ayudas destinadas al fomento y protección de las variedades autóctonas en riesgo de erosión genética se ha incrementado respecto del que se preveía inicialmente, y, atendiendo a la disponibilidad presupuestaria, se estima conveniente  incrementar la cuantía destinada a esta convocatoria

Por todo ello, en virtud de las competencias que tengo atribuidas y a propuesta del Director Gerente del FOGAIBA, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero

Incrementar en tres millones quinientos mil euros (3.500.000,00 €) el crédito previsto en la Resolución de la Presidenta del FOGAIBA de 18 de abril de 2023, por la que se aprueba, para el año 2023, la convocatoria de ayudas destinadas al fomento y la protección de variedades autóctonas en riesgo de erosión genética, por lo que queda destinado un crédito final para esta línea de ayudas de cuatro millones quinientos mil euros (4.500.000,00 €).

Segundo

Modificar el apartado segundo de la Resolución de la presidenta del FOGAIBA por la que se aprueba, para el año 2023, la convocatoria de ayudas destinada al fomento y protección de variedades autóctonas con riesgo de erosión genética, quedando redactado de la siguiente forma:

“1. Para la presente convocatoria se destinará un importe máximo cuatro millones quinientos mil euros (4.500.000,00 €) con posibilidad de ampliar los créditos, con cargo a los presupuestos del FOGAIBA. Este importe estará distribuido de la siguiente forma:

  • Año 2024: 900.000,00 €
  • Año 2025: 900.000,00 €
  • Año 2026: 900.000,00 €
  • Año 2027: 900.000,00 €
  • Año 2028: 900.000,00 €

2. Dichas ayudas se cofinanciarán de la siguiente manera:

- Hasta un importe de 900.000,00 €, en un 54,00% a cargo del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en un 10,80% a cargo del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) y en un 35,20% a cargo de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (CAIB).

- Hasta un importe de 3.600.000,00 €, en un 100% a cargo de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (CAIB).

3. No obstante lo previsto en el punto 1 anterior, esta convocatoria queda sujeta a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar el cumplimiento de las obligaciones generadas en las anualidades 2025 a 2028 por un importe conjunto de 3.600.000,00 €”.

Tercer

Esta resolución se debe de notificar a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y publicar al Butlletí Oficial de les Illes Balears

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (25 de abril de 2024)

El presidente del  FOGAIBA Joan Simonet Pons