Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTES
Núm. 266323
Resolución de la directora general de Cultura de modificación del anexo 2 de la Resolución del director general de Cultura de 19 de octubre de 2023 por la que se convocan las pruebas del año 2024 para obtener los certificados oficiales de conocimientos de lengua catalana
De acuerdo con el artículo 6 del Decreto 21/2019, de 21 de marzo, de Evaluación y Certificación de Conocimientos de Catalán, corresponde actualmente a la directora general de Cultura convocar las pruebas para obtener los certificados oficiales de lengua catalana. La convocatoria debe hacerse siempre mediante una resolución que debe publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Mediante la Resolución del director general de Cultura de 19 de octubre de 2023 (BOIB n. º 145, de 26 de octubre), se convocaron las pruebas del año 2024 para obtener los certificados oficiales de conocimientos de lengua catalana.
El día 19 de marzo de 2024, la directora general de Cultura dictó una resolución en la que, entre otros aspectos, se modificaba la composición de los miembros suplentes del Tribunal de nivel C2 que constaban en el anexo 2 de la resolución de convocatoria de las pruebas del año 2024.
Debido a diversas circunstancias relacionadas con las tareas del Consejo Insular de Mallorca resulta necesario modificar la composición del tribunal en el que consta como titular una persona adscrita actualmente a dicho organismo.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
Modificar la composición del Tribunal de nivel C2 que consta en el anexo 2 de la Resolución del director general de Cultura de 19 de octubre de 2023, de forma que quede compuesto por los miembros siguientes:
Tribunal del nivel C2
Miembros titulares
Presidente: David Sintes Mateu
Secretaria: Antònia Fullana Miralles
Vocal primera: Elisenda Farré Secall
Vocal segunda: Maria Teresa Juan Garcia
Vocal tercero: David Jordi Llobet Martín
Interposición de recursos
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, puede interponerse un recurso de alzada ante el consejero de Turismo, Cultura y Deportes en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
(Firmado electrónicamente: 25 de abril de 2024)
La directora general de Cultura Ricarda Margarita Vicens Schluhe