Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA
Núm. 266205
Propuesta de resolución provisional del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático por la que se revocan las subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, en el sector servicios y otros sectores productivos de la economía; y para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (Programas 1, 2 y 3)
Hechos
1. El 11 de septiembre de 2021, en el BOIB nº125, se publicó la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, en el sector servicios y otros sectores productivos de la economía; y para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo mediante la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021, modificada por la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 19 de octubre de 2022 (BOIB núm.137, de 22 de octubre de 2022).
2. La Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático concedió una subvención a las personas o entidades que figuran en el anexo de esta Propuesta en el marco de la convocatoria para instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable.
3. Las personas o entidades que figuran en el anexo han aportado la documentación requerida para la justificación de la realización de las actuaciones subvencionadas.
4. Los técnicos de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático han examinado la documentación aportada y han emitido informe desfavorable a la justificación de los expedientes descritos en el anexo con la motivación que figura en este anexo.
Fundamentos de derecho
1. El consejero de Empresa, Empleo y Energía es el órgano competente para resolver este procedimiento dada la estructura orgánica del Gobierno de les Illes Balears y de acuerdo con la Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía.
2. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
3. El Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
4. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).
5. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el que se despliegan determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears (BOIB núm. 122, de 2 de septiembre de 2004).
6. El Real decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas ya las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de varios programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo.
7. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, en el sector servicios y otros sectores productivos de la economía; y para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (BOIB núm. 125, de 11 de septiembre de 2021).
8. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática por la que se modifica y amplía el crédito de la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, en el sector de servicios y otros sectores productivos de la economía, y para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector de servicios y otros sectores productivos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo NextGenerationEU (BOIB núm.137, de 22 de octubre de 2022).
9. La Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como por la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la cual se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las entidades del sector público para el seguimiento del cumplimiento de los logros y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia .
Propuesta de resolución
Propongo al consejero de Empresa, Empleo y Energía que dicte resolución en los siguientes términos:
1. Revocar la concesión de las subvenciones detalladas en el anexo y por los importes que en él se indican.
2. Autorizar y disponer negativamente el gasto a favor de los beneficiarios por los importes detallados en el anexo con cargo a la partida presupuestaria que también se indica.
3. Declarar concluido el procedimiento y, por tanto, archivar los expedientes indicados en el anexo.
4. Publicar esta Propuesta en el Boletín Oficial de les Illes Balears.
Contra esta Propuesta de resolución puede alegar lo que considere conveniente en el plazo máximo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de les Illes Balears. En caso contrario, se entenderá que está conforme con el contenido de la Propuesta.
Palma, 25 de abril de 2024
El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez
ANEXO I Lista de beneficiarios propuestos para revocarles la subvención (NEXTG123)
Expediente |
Solicitante |
NIF |
Partida presupuestaria |
Tipo de inversión |
Importe subvención (€) |
CONCE |
Motivo de revocación |
---|---|---|---|---|---|---|---|
NEXTG123-152/2021 |
OLITE INVERSIONES S.L. |
***7684** |
2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación FV 6.37 kWp conectada a red y baterías de Litio con capacidad de almacenamiento de 11 kWh |
6.980,40 |
0000008030 |
De acuerdo con el artículo 4 apartado a) de la convocatoria, las actuaciones objeto de ayuda deben realizarse dentro del período desde la fecha de registro de la solicitud hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento . En este caso, la fecha de la factura A540 es 13/10/2021 y existe un pago con fecha de 15/10/2021, siendo esto anterior a fecha de registro de la solicitud, 19/10/2021. |
NEXTG123-204/2021 |
F2011 INVERSIONES E INMUEBLES SLU |
***3566** |
2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación FV 32.4 kWp conectada a red |
9.989,74 |
0000015704 |
De acuerdo con el artículo 4 apartado a) de la convocatoria, las actuaciones objeto de ayuda deben realizarse dentro del período desde la fecha de registro de la solicitud hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento . En este caso, la fecha de la factura FAC-21000433 es 04/11/2021, siendo esto anterior a fecha de registro de la solicitud, 08/03/2022. No se acepta el escrito realizado por la empresa instaladora cambiando el concepto y detalles de la factura FAC-21000433, porque en la primera versión se pagaba una parte de toda la instalación y en caso de cambiarla la instalación no queda totalmente en porcentaje pagada. |
NEXTG123-296/2021 |
Trialuxor, SLU |
***2594** |
2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación FV 29.7 kWp conectada a red |
9.084,34 |
0000000352 |
De acuerdo con el artículo 4 apartado a) de la convocatoria, las actuaciones objeto de ayuda deben realizarse dentro del período desde la fecha de registro de la solicitud hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento . En este caso, uno de los pagos, con fecha 26/11/2021, es anterior a fecha de registro de la solicitud, 16/12/2021. |
NEXTG123-297/2021 |
Vimlab 2021, SLU |
***8796** |
2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación FV 7.2 kWp conectada a red |
3.450,40 |
0000000353 |
De acuerdo con el artículo 4 apartado a) de la convocatoria, las actuaciones objeto de ayuda deben realizarse dentro del período desde la fecha de registro de la solicitud hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento . En este caso, uno de los pagos, con fecha 26/11/2021, es anterior a fecha de registro de la solicitud, 16/12/2021. |
NEXTG123-300/2021 |
Zekium, SLU |
***5143** |
2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación FV 9 kWp conectada a red |
4.397,48 |
0000000355 |
De acuerdo con el artículo 4 apartado a) de la convocatoria, las actuaciones objeto de ayuda deben realizarse dentro del período desde la fecha de registro de la solicitud hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento . En este caso, uno de los pagos, con fecha 26/11/2021, es anterior a fecha de registro de la solicitud, 17/12/2021. |
NEXTG123-309/2021 |
REGAMASA 14 |
***9242** |
2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación fotovoltaica de 32,40 kWp |
10.319,40 |
0000015813 |
De acuerdo con el artículo 4 apartado a) de la convocatoria, las actuaciones objeto de ayuda deben realizarse dentro del período desde la fecha de registro de la solicitud hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento . En la documentación justificativa contabilidad separada se indica una factura con fecha de día 30/09/2021, otra factura de día 15/10/2021 y transferencia de día 29/10/2021, además se ha aportado el justificante de pago de fecha de 29/10/2021, todo esto es anterior a la fecha de registro de la solicitud, 22/12/2021. |
NEXTG123-312/2021 |
BODEGAS CAN VIDALET SL |
***0608** |
2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación FV 22.95 kWp conectada a red |
7.309,58 |
0000000356 |
De acuerdo con el artículo 4 apartado a) de la convocatoria, las actuaciones objeto de ayuda deben realizarse dentro del período desde la fecha de registro de la solicitud hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento . En este caso, la fecha de la factura CR-95174 es 21/12/2021, siendo esto anterior a fecha de registro de la solicitud, 22/12/2021. |
NEXTG123-330/2021 |
BARTOLOMÉ JAUME NADAL SA |
***4071** |
2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación FV 30 kWp conectada a red |
8.371,07 |
0000015823 |
De acuerdo con el artículo 4 apartado a) de la convocatoria, las actuaciones objeto de ayuda deben realizarse dentro del período desde la fecha de registro de la solicitud hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento . En este caso, el proyecto de la instalación objeto de la ayuda está firmado el día 27/12/2021 y el certificado de dirección de obra de instalación de producción de energía eléctrica de pequeña potencia, el cual indica que las instalaciones están terminadas ajustándose al proyecto, tiene fecha del día 12/11/2021 y también está firmado día 27/12/2021, siendo esto anterior a la fecha de registro de la solicitud, 29/ 12/2021. |
NEXTG123-341/2021 |
MARIN SOMETIMES CB |
***7318** |
2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación fotovoltaica de 4,05 kWp |
1.202,85 |
0000015829 |
De acuerdo con el artículo 4 apartado a) de la convocatoria, las actuaciones objeto de ayuda deben realizarse dentro del período desde la fecha de registro de la solicitud hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento . En este caso, la fecha de la factura 210139 es 20/05/2021 y existe un pago con fecha de 18/05/2021, siendo esto anterior a fecha de registro de la solicitud, 04/01/2022. |
NEXTG123-420/2021 |
CONSTRUCCIONES DANISOL SL |
***3360** |
2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación FV 12.6 kWp conectada a red |
2.866,50 |
0000004194 |
De acuerdo con el artículo 4 apartado a) de la convocatoria, las actuaciones objeto de ayuda deben realizarse dentro del período desde la fecha de registro de la solicitud hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento . En este caso, la fecha de la factura #F210323 es 27/08/2021 y existe un pago con fecha de 26/08/2021, siendo esto anterior a fecha de registro de la solicitud, 23/09/2021. |
NEXTG123-469/2021 |
GUILLERMO DURAN SA |
***6192** |
2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación fotovoltaica de 70,20 kWp |
15.970,50 |
0000015743 |
De acuerdo con el artículo 4 apartado a) de la convocatoria, las actuaciones objeto de ayuda deben realizarse dentro del período desde la fecha de registro de la solicitud hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento , el apartado c) Dado el carácter incentivador de las ayudas, sólo se admitirán las actuaciones que los beneficiarios hayan iniciado con posterioridad al registro de la solicitud de la ayuda. En este caso, la fecha de la factura S22004 es 15/02/2022 y existe un pago con fecha de 22/02/2022 a las 00:00:23 horas, siendo esto anterior al registro de la solicitud, 22 /02/2022 a las 11:45 horas. No se aceptan las justificaciones de la empresa de haber realizado la factura antes, entre otras cosas, se han facturado elementos de la instalación, se considera un compromiso incondicional y jurídicamente vinculante, no siendo esto trámites preparatorios. |
NEXTG123-484/2021 |
SOL BAHIA SA |
***1980** |
2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación fotovoltaica de autoconsumo de 46,80 kWp en cubierta. |
14.905,80 |
0000015745 |
De acuerdo con el artículo 4 apartado a) de la convocatoria, las actuaciones objeto de ayuda deben realizarse dentro del período desde la fecha de registro de la solicitud hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento . En este caso, la fecha de la factura #F220022 es 18/01/2022 y existe un pago con fecha de 15/01/2022, siendo esto anterior a fecha de registro de la solicitud, 03/03/2022. |
NEXTG123-485/2021 |
SA VINYA DEN PALERM SL |
***5143** |
2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación fotovoltaica de autoconsumo de 14.4 kWp sin almacenamiento |
4.586,40 |
0000015746 |
De acuerdo con el artículo 4 apartado a) de la convocatoria, las actuaciones objeto de ayuda deben realizarse dentro del período desde la fecha de registro de la solicitud hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento . En este caso, uno de los pagos, con fecha 23/02/2022, es anterior a fecha de registro de la solicitud, 03/03/2022. |
NEXTG123-494/2021 |
GOOD LACK SL |
***2438** |
2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación fotovoltaica de autoconsumo de 8.1 kWp con almacenamiento de 10kWh sobre cubierta. |
6.535,26 |
0000015752 |
De acuerdo con el artículo 4 apartado a) de la convocatoria, las actuaciones objeto de ayuda deben realizarse dentro del período desde la fecha de registro de la solicitud hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento . En este caso, la fecha de la factura #F210499 es 29/11/2021, existe un pago con fecha de 26/11/2021 y otro pago con fecha de 18/02/2022, siendo esto anterior a fecha de registro de la solicitud, 04/03/2022. |
NEXTG123-502/2021 |
FLACALCO SL |
***6610** |
2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación FV 32.7 kWp conectada a red |
9.996,75 |
0000003549 |
De acuerdo con el artículo 4 apartado a) de la convocatoria, las actuaciones objeto de ayuda deben realizarse dentro del período desde la fecha de registro de la solicitud hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento. En este caso, la fecha de la factura 22F/40 es 18/02/2022 y existe un pago con fecha de 21/02/2022, siendo esto anterior a fecha de registro de la solicitud, 08/03/2022. No se acepta el escrito de la empresa de fecha 27/12/2023, ya que en la factura 22F740 se especifica claramente que es factura parte del presupuesto de la instalación. |
NEXTG123-505/2021 |
HOTEL TORRE DEL MAR S.A. |
***0437** |
2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación fotovoltaica de 53,10 kWp |
4.076,80 |
0000015757 |
De acuerdo con el artículo 4 apartado a) de la convocatoria, las actuaciones objeto de ayuda deben realizarse dentro del período desde la fecha de registro de la solicitud hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento . En este caso, la fecha de la factura #F220021 es 18/01/2022, la fecha de la factura #F220104 ´´es 04/03/2022 y hay un pago con fecha de 15/01/2022, siendo esto anterior a fecha de registro de la solicitud, 09/03/2022. |
NEXTG123-525/2021 |
HOTEL TORRE SON REBASSA SLU |
***0351** |
2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación fotovoltaica de 11,20 kWp en municipio de menos de 5.000 habitantes o municipios de reto demográfico |
12.080,25 |
0000003551 |
De acuerdo con el artículo 4 apartado a) de la convocatoria, las actuaciones objeto de ayuda deben realizarse dentro del período desde la fecha de registro de la solicitud hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento . En este caso, la fecha de la factura S22008 es 11/03/2022, siendo esto anterior a fecha de registro de la solicitud, 17/03/2022. |
NEXTG123-541/2021 |
XARINSA |
***1169** |
2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación FV 5.4 kWp conectada a red |
2.880,28 |
0000003553 |
De acuerdo con el artículo 4 apartado a) de la convocatoria, las actuaciones objeto de ayuda deben realizarse dentro del período desde la fecha de registro de la solicitud hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento . En este caso, la fecha de la factura es 14/05/2021, la fecha de la puesta en servicio es 17/08/2021 y las de los pagos son 25/03/2021 y 18/05/2021. siendo todo lo anterior a la fecha de registro de la solicitud, 21/03/2022. |
NEXTG123-595/2021 |
PROJECTES EUROTURISME S.L. |
***8153** |
2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación FV 9.45 kWp conectada a red en municipio en reto demográfico |
5.433,44 |
0000003554 |
De acuerdo con el artículo 4 apartado a) de la convocatoria, las actuaciones objeto de ayuda deben realizarse dentro del período desde la fecha de registro de la solicitud hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento . En este caso, existe un pago con fecha de 29/03/2022, siendo esto anterior a fecha de registro de la solicitud, 05/04/2022. |
NEXTG123-649/2021 |
CRESCENTIA VENTURES S.L. |
***0988** |
2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación fotovoltaica de 9 kWp |
4.811,40 |
0000015714 |
De acuerdo con el artículo 4 apartado a) de la convocatoria, las actuaciones objeto de ayuda deben realizarse dentro del período desde la fecha de registro de la solicitud hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento . En este caso, la fecha de la factura #F220073 es 14/02/2022 y existe un pago con fecha de 14/02/2022, siendo esto anterior a fecha de registro de la solicitud, 22/04/2022. |
NEXTG123-651/2021 |
DAEJUCLA SL |
***9481** |
2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación fotovoltaica de 13,50 kWp en marquesinas |
5.955,29 |
0000015715 |
De acuerdo con el artículo 4 apartado a) de la convocatoria, las actuaciones objeto de ayuda deben realizarse dentro del período desde la fecha de registro de la solicitud hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento . En este caso, uno de los pagos, con fecha 15/03/2022, es anterior a fecha de registro de la solicitud, 22/04/2022. |
NEXTG123-653/2021 |
POSEIDON DEL MAR SL |
***6554** |
2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación fotovoltaica de 25,38 kWp |
8.063,20 |
0000015716 |
De acuerdo con el artículo 4 apartado a) de la convocatoria, las actuaciones objeto de ayuda deben realizarse dentro del período desde la fecha de registro de la solicitud hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento . En este caso, la fecha de la factura #F220112 es 07/03/2022, la fecha de la factura #F220202 es 13/04/2022 y hay un pago con fecha de 03/03/2022, siendo esto anterior a fecha de registro de la solicitud, 25/04/2022. |
NEXTG123-707/2021 |
ODECON S.A |
***1429** |
2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación FV 2.7 kWp conectada a red |
1.443,42 |
0000003561 |
De acuerdo con el artículo 4 apartado a) de la convocatoria, las actuaciones objeto de ayuda deben realizarse dentro del período desde la fecha de registro de la solicitud hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento . En este caso, la fecha de la factura SO-6946 es 28/04/2022 y hay tres pagos con fechas de 23/02/2022, 26/04/2022 y 03/05/2022, respectivamente, siendo esto anterior a fecha de registro de la solicitud, 19/05/2022. |
NEXTG123-752/2021 |
KUSCO BALEARES SL |
***2283** |
2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación FV 11.7 kWp conectada a red |
3.726,45 |
0000005332 |
De acuerdo con el artículo 4 apartado a) de la convocatoria, las actuaciones objeto de ayuda deben realizarse dentro del período desde la fecha de registro de la solicitud hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento . En este caso, dos de los pagos, con fechas 17/05/2022 y 18/05/2022, respectivamente, son anteriores a fecha de registro de la solicitud, 10/06/2022. |
NEXTG123-820/2021 |
ESCORIZA GIL, MARIANO |
***24108** |
2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación FV 5.4 kWp conectada a red |
2.886,84 |
0000000442 |
De acuerdo con el artículo 4 apartado a) de la convocatoria, las actuaciones objeto de ayuda deben realizarse dentro del período desde la fecha de registro de la solicitud hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento . En este caso, uno de los pagos, se realiza con fecha 08/07/2022, es anterior a fecha de registro de la solicitud, 11/07/2022. |
NEXTG123-835/2021 |
RESTAURANTE ES CANYÍS, S.L |
***8326** |
2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación fotovoltaica de 10 kWp |
5.346,00 |
0000000461 |
De acuerdo con el artículo 4 apartado a) de la convocatoria, las actuaciones objeto de ayuda deben realizarse dentro del período desde la fecha de registro de la solicitud hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento . La empresa instaladora ha certificado que la factura 2022/2210078 es de la instalación objeto de la ayuda, siendo la fecha de ella 11/07/2022, la cual es anterior a la fecha de registro de la sol solicitud, 19/07/2022. |
NEXTG123-975/2021 |
ITICKETING SL |
***6108** |
2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación fotovoltaica de 7,20 kWp |
3.849,12 |
0000005335 |
De acuerdo con el artículo 4 apartado a) de la convocatoria, las actuaciones objeto de ayuda deben realizarse dentro del período desde la fecha de registro de la solicitud hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento . En este caso, uno de los pagos, con fecha 08/09/2022, es anterior a fecha de registro de la solicitud, 24/09/2022. |