Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
PUERTOS DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 263542
Resolución del director gerente de Puertos de las Illes Balears por el que se modifica la lista de aspirantes que han superado el concurso extraordinario de méritos del Grupo A y se les adjudica un puesto de trabajo
Antecedentes
1. En el BOIB n.º 91, de 6 de julio de 2023, se publicó la Resolución del director gerente de Puertos de les Illes Balears por el que se aprueba la lista de aspirantes que han superado el concurso extraordinario de méritos del Grupo A y se les adjudica un puesto de trabajo, de acuerdo con las bases específicas del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para la cobertura de las plazas de personal laboral de Puertos de les Illes Balears, publicadas en el BOIB n.º 166, de 22 de diciembre de 2022.
2. La persona con DNI 43084126C de la categoría de facultativo/iva superior, especialidad jurídico/a para la isla de Mallorca de la lista mencionada, dentro del plazo de tres días establecido para la firma del contrato, ha renunciado a la plaza adjudicada, por lo que hay que adjudicar el puesto de trabajo a la siguiente persona de la lista definitiva de puntuaciones.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 4 del Decreto Ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en la ocupación pública de las Islas Baleares, regula el proceso excepcional de estabilización de plazas ocupadas de manera temporal de larga duración en conformidad con la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en la ocupación pública. Estas disposiciones prevén que las administraciones públicas convoquen, con carácter excepcional y por una sola vez mediante el sistema de concurso, las plazas que, cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1 de la Ley 20/2021, hayan sido ocupadas con carácter temporal de manera ininterrumpida con anterioridad al 1 de enero de 2016. Esta disposición se complementa con la disposición adicional octava, que establece que, adicionalmente, los procesos de estabilización previstos en la disposición adicional sexta tendrán que incluir en las convocatorias las plazas vacantes de naturaleza estructural ocupadas de manera temporal por personal con una relación, de esta naturaleza, anterior al día 1 de enero de 2016.
2. El artículo segundo del Decreto Ley 2/2022, de 7 de febrero, por el que se establecen medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en la ocupación pública en las Islas Baleares, ha modificado la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, añade una nueva disposición adicional decimoctava. Mediante esta nueva disposición adicional se constituye la Mesa General del Sector Público Instrumental Autonómico, como órgano de desarrollo de las condiciones de trabajo comunes que puedan afectar al personal del conjunto de los entes del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
3. El 4 de julio de 2022, la Mesa General del Sector Público Instrumental aprobó unas bases generales con los criterios comunes que regirán los procesos selectivos de estabilización, para el ingreso o el acceso como personal laboral fijo de los entes del Sector Público Instrumental de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, sin perjuicio de las bases específicas que determine cada convocatoria.
4. El apartado 3 del artículo 2 del Decreto Ley 6/2022, de 13 de junio, para evitar dilaciones en estos nuevos procesos, dispone que la publicación de las convocatorias de los procesos selectivos para la cobertura de las plazas incluidas en las ofertas de ocupación pública de estabilización se producirá antes del 31 de diciembre de 2022. Así mismo, dispone que la resolución de estos procesos selectivos finalice antes del 31 de diciembre de 2024.
Por todo esto, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Modificar la lista de personas que han superado el proceso selectivo del concurso de la categoría de facultativo/iva superior, especialidad jurídico/a, y adjudicar el puesto de trabajo con código L03200006, destino Palma, a la persona con DNI 43085067H, de acuerdo con su petición efectuada y la puntuación obtenida en el proceso selectivo, conformo la lista definitiva de puntuaciones aprobada por el Órgano de Selección el 12 de junio de 2023.
2. La firma del contrato y toma de posesión se tiene que efectuar en el plazo de tres días hábiles a contar a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, previo cumplimiento de las formalidades preceptivas y presentación de documentación correspondiente.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el Consejo de Administración de Puertos de las Islas Baleares en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente de su publicación, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 5 de los Estatutos de Puertos de las Illes Balears, aprobados por el Decreto 134/2005, de 28 de diciembre.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (24 de abril de 2024)
El director gerente Francisco José Villalonga Cañellas