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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

AGENCIA DE DEFENSA DEL TERRITORIO DE MALLORCA

Núm. 261617
Solicitud de encargo de gestión en el Consejo de Mallorca del expediente de contratación de los servicios postales para la Agencia de Defensa del Territorio de Mallorca (ADTM)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

1. De acuerdo con el artículo primero de los Estatutos, la Agencia de Defensa del Territorio de Mallorca es un organismo autónomo del Consejo Insular de Mallorca, dotada de personalidad jurídica, patrimonio y presupuestos propios, con capacidad de actuación en el cumplimiento de sus funciones, para el desarrollo, por parte de la administración del Consejo de Mallorca, de las tareas de inspección, restauración de la legalidad y sanción en materia de urbanismo y litoral, así como de todas las otras competencias que le asignan sus Estatutos.

2. De conformidad con el artículo 14.1.d) de los Estatutos de la Agencia, es función del Consejo de dirección la contratación “de obras, servicios, concesiones, suministros y asistencias técnicas por cuantía igual o superior a 30.000 euros”.

3. En fecha 29 de septiembre de 2017, el Consejo de dirección adoptó el acuerdo siguiente:

“Delegar a favor del Director Gerente de la Agencia, la facultad de contratar obras y servicios por cuantía igual o superior a 30.000 euros”.

4. Para llevar a cabo su actividad ordinaria del ADTM, se hace necesaria la contratación de los servicios postales, esencialmente para practicar las notificaciones previstas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, a aquellas personas no obligadas a relacionarse electrónicamente con la administración.

5. El artículo 11.3.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del régimen jurídico del sector público prevé la posibilidad de formalizar encomiendas de gestión entre órganos administrativos o entidades de derecho público pertenecientes a la misma administración.

6. El artículo 115.2 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, prevé que la encomienda no puede comportar la atribución a los consejos insulares de facultades de resolución, si bien estos podrán realizar las actuaciones materiales y de gestión que sean inherentes al objeto de lo encomienda.

7. Dado que el Consejo de Mallorca está tramitando la contratación de los servicios postales y paquetería de los diferentes departamentos del Consejo de Mallorca, se considera que es más beneficioso y eficiente por ambas instituciones, llevar a cabo el procedimiento de contratación de los servicios de la Agencia por parte del Consejo de Mallorca.

RESUELVO

1r. Encargar la gestión de la tramitación del expediente de contratación de los servicios postales para la Agencia de Defensa del Territorio de Mallorca al Consejo de Mallorca. De acuerdo con la propuesta de la Mesa de Contratación del Consejo de Mallorca en cuanto al expediente de referencia, el órgano de contratación del ADTM adjudicará el contrato y procederá a su formalización.

2n. Comunicar este acuerdo al Servicio Jurídico y de Administración Económica de la Secretaría Técnica del Departamento de Hacienda y Función Pública del Consell Insular de Mallorca.

 

(Firmado electrónicamente: 19 de abril de 2024

El secretario delegado Jaume Adrover Cánaves)