Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 253951
Acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 25 de marzo de 2024, relativo a la aprobación del incremento de la partida destinada a las ayudas a jóvenes de 18 a 35 años para alquilar una vivienda (exp. 5228-2023- 000001)
Con fecha 3 de abril de 2023 el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca aprobó las bases y la convocatoria de ayudas a jóvenes de 18 a 35 años para alquilar una vivienda (exp. 5228-2023-000001).
El crédito presupuestario destinado a estas ayudas había aumentado en 2023 respecto al año anterior, pasando de una dotación de 50.000 a 75.000 €, en previsión de un aumento de las solicitudes motivado por las siguientes razones:
En la convocatoria 2023 existía la posibilidad de emitir resoluciones de concesión de forma periódica, pero distintas circunstancias sobrevenidas entre el personal administrativo del Departamento y la entidad colaboradora INJOVE han alterado el procedimiento previsto de tramitación de las ayudas y han retrasado los distintos trámites administrativos a realizar. La gestión simultánea de 5 líneas de ayudas en el Departamento, con los recursos humanos y materiales disponibles, han imposibilitado poder emitir resoluciones parciales.
Por este motivo, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicó una única lista provisional con 52 personas admitidas y 52 personas excluidas. Una vez finalizado el período de enmiendas se ha comprobado que un total de 74 solicitudes cumplen los requisitos establecidos en la convocatoria. Estas 74 solicitudes suponen un gasto total de 104.828,51€, es decir 29.828,51€ de más respecto al total inicial disponible de la convocatoria.
Dado que el objeto de estas ayudas es la prestación de ayudas a jóvenes de entre 18 a 35 años para los gastos derivados del alquiler de la vivienda habitual, con el fin de facilitar mantener trayectorias sólidas de emancipación por parte de la gente joven y superar las dificultades socioeconómicas actuales;
Dado que el objetivo del Consejo Insular es mejorar la eficiencia de la gestión pública, facilitando la utilización conjunta de medios y servicios públicos cumpliendo los principios de la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera;
Dado que el acuerdo segundo a) de la convocatoria de ayudas dice:
“a) Importe global máximo de las ayudas y crédito presupuestario. Las ayudas concedidas serán atendidas con cargo a las partidas presupuestarias y con los importes máximos que se indican más abajo, sin perjuicio de que los importes puedan ser ampliados de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias "
Dada la excepcionalidad tanto del procedimiento como del desarrollo de la instrucción que se ha manifestado en la gran cantidad de peticiones recibidas y el número de comprobaciones de diferentes datos necesarios para la resolución;
Encontrándonos ya en el ejercicio 2024 y dado que en estos momentos existe saldo suficiente en el capítulo 4 de vinculación de las partidas del Departamento que permite hacer frente a este incremento de gasto y que de este modo se podrá cumplir con el compromiso de atender todas las solicitudes que se han aceptado;
Dada la propuesta del consejero ejecutivo del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes, en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 33 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, en relación con el Decreto de Presidencia núm. 227/2023, de 17 de noviembre, de extinción de un departamento y reestructuración del resto de departamentos (BOIB núm. 158 de 21 de noviembre de 2023);
El Consejo Ejecutivo, por unanimidad y en votación ordinaria, adopta los siguientes acuerdos:
Primero. Aprobar una ampliación del importe global máximo del crédito presupuestario destinado a las ayudas para alquiler de viviendas para jóvenes de la partida 4.33450.4890001 por importe de 29.828,51 €, para poder conceder la ayuda a todas las solicitudes que cumplen los requisitos.
Segundo. Aprobar esta ampliación de crédito del saldo de la vinculación del capítulo 4 del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes para el año 2024.
Contra este acuerdo, que no agota la vía administrativa, puede interponerse un recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno, por delegación del Pleno del Consejo Insular de Menorca (Acuerdo de 31-7-2023, BOIB núm. 109 de 5-8-2023), en el plazo de un mes a partir del día siguiente en que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses des de su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.
Maó, 19 de abril de 2024
Por delegación del presidente El secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón (Decreto 129/2023, de 27 de julio) (BOIB núm. 106 de 29-07-2023)